Guia de estudio examen de oposicion
Enviado por davidoso • 7 de Octubre de 2015 • Apuntes • 2.540 Palabras (11 Páginas) • 330 Visitas
GUÍA DE ESTUDIO
¿Qué artículo habla sobre la evaluación, promoción, certificación y acreditación? 696
¿Que menciona el artículo 592? Sobre la articulación de la educación básica (preescolar, primaria y secundaria).
¿Qué reformas se realizaron en el artículo tercero? Que debe ser una educación de calidad, inclusiva y debe involucrar a los padres de familia.
ARTÍCULOS REFORMADOS EL 26 DE FEBRERO 2013
DECRETO por el que se reforman los artículos 3o. en sus fracciones III, VII y VIII; y 73, fracción XXV, y se adiciona un párrafo tercero, un inciso d) al párrafo segundo de la fracción II y una fracción IX al artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
ARTÍCULO TERCERO
III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República.
VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas;
VIII. El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios,
FRACCIÓN II
d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos;
IX. Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa.
La coordinación de dicho sistema estará a cargo del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Reformulaciones de sus artículos
Artículo 2: deberá asegurar la participación activa de todos lo involucrados, privilegiando la participación de los educandos, padres y docentes.
Artículo tercer: Educación de calidad
Artículo seis: la educación será gratuita, las cuotas o donaciones voluntarias no condicionaran la prestación del servicio educativo.
Artículo ocho: transversalidad de criterios en los tres órdenes de gobierno
Artículo diez: los educandos, educadores y padres de familia, el servicio de profesional docente, la evaluación educativa, el sistema de información y gestión educativa, la infraestructura educativa.
Artículo once: (personas que integran la educación, (actores escolares)instituto nacional de la educación autoridades escolares, el personal que lleva a cabo funciones de dirección o supervisión en los sectores, zona o centros escolares.
Artículo doce. Para la actualización y formulación de los planes y programas. Lineamientos generales para formular los programas de gestión. Regular un sistema nacional de formación, actualización, capacitación, y superación profesional docente. Servicio profesional docente.
Artículo doce: crear, regular, coordinar, operar y mantener actualizado el sistema de información y gestión educativa.
Artículo trece: prestar los servicios de formación, actualización, capacitación y superación profesional para los maestros de educación básica. LGSPD (ley general de servicio profesional docente)
Coordinar y operar un padrón estatal de alumnos, docentes, instituciones y centros escolares.
Artículo catorce: servicio de profesional docente
Artículo veinte: Ley general del servicio profesional docente.
Artículo veinticuatro: La secretaria; establecerá los lineamientos para la regulación y prohibición de alimentos que no favorezcan la salud de los alumnos.
Artículo veintiocho: autonomía de la gestión, usar resultados de la evaluación, planeación anual de actividades, administración transparente.
Artículo veintinueve: Corresponde al instituto nacional para la evaluación de la educación (nuestra lupa INEE)
Artículo sesenta y cinco: de la participación de los padres de familia. Conocer: la capacidad profesional, la relación oficial, la observación a la evaluación docente, opinar a través del CPS (centro de participación social), conocer el presupuesto y su aplicación y presentar quejas.
Artículo sesenta y siete: Las cuotas serán de carácter voluntario y en ningún caso se entenderán como contraprestaciones del servicio educativo.
Artículo sesenta y nueve: Consejo de participación social, proponer estímulos a; alumnos, docentes, padres, directivos y empleados de la escuela decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad con base a los resultados de la evaluación.
Artículo treinta y uno: se dará a conocer los resultados de evaluación para medir el desarrollo y los avances de la educación nacional
Articulo treinta y tres: prestar a servicio para atender a quienes abandonaron el sistema regular, adultos, mujeres, etc., fortalecer la educación indígena e inicial, educación a distancia, cobertura, fortalecer enseñanza de padres, escuelas de 6 y 8 horas, suministro de alimentos nutritivos.
Artículo cuenta y uno: se brindaran cursos a los docentes sobre los derechos de los educandos y la obligación que tienen al estar bajo si custodia
Artículo cuarenta y ocho: la secretaria realizara revisiones y evaluaciones sistemáticas y continuas de los planes y programas cada cuatro años.
Artículo cincuenta y seis: serán publicados los nombres de los educadores que obtengan resultados suficientes, las autoridades educativas deberán entregar a las escuelas particulares un reporte de los resultados que hayan obtenido sus docentes y alumnos en las evaluaciones.
Artículo cincuenta y siete: las autoridades procuraran llevar a cabo una vista (visita) de inspección por lo menos una vez al año.
Artículo cincuenta y nueve: en el caso de la educación inicial deberán, además contar con personal que acredite la preparación adecuada para impartir educación.
Artículo setenta, setenta y uno y setenta y dos: Consejo Nacional de Participación Social Educativa.
Artículo setenta y cinco: contravenir las disposiciones.
Principios pedagógicos
Son condiciones esenciales para la implementación del currículo, la transformación de la práctica docente, el logro de los aprendizajes y la mejora de la calidad educativa.
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