Guía para Organizar Programas Alternativos a la Privación de Libertad para Adolescentes Infractores en el Nivel Local
Enviado por Paola129214 • 30 de Mayo de 2018 • Reseña • 9.591 Palabras (39 Páginas) • 208 Visitas
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Guía para Organizar Programas Alternativos a la Privación de Libertad para Adolescentes Infractores en el Nivel Local
Contenido
Introducción 3
I. Conceptos, principios y preceptos legales aplicables 5
II. Aspectos generales de los programas no privativos de libertad para adolescentes infractores 9
a. Que son los Programas No Privativos de la Libertad 9
b. Objetivos 9
c. Población sujeta a los programas 10
d. Beneficios de los programas 10
III. Medidas y sanciones no privativas de libertad que pueden cumplirse en programas locales 11
a. Medidas cautelares 11
b. Sanciones judiciales. 12
IV. Organizaciones y servicios locales que pueden desarrollar programas no privativos de libertad para adolescentes infractores 16
a. Tipos de organizaciones locales y requisitos; 16
Requisitos 17
b. Tipos de servicios que pueden ejecutarse como medidas o sanciones no privativas de libertad 17
c. Tipos de servicios que No pueden formar parte de un Programa Alternativo 20
d. Estructura organizativa básica para un programa no privativo de libertad 20
V. Etapas del proceso de ejecución de un programa alternativo a la privación de libertad 21
a. Recepción y documentación 21
b. Plan de ejecución de la medida; 23
c. Supervisión de la ejecución 23
d. Evaluación del cumplimiento 24
e. Cesación de la medida y cierre del expediente 25
VI. Derechos que deben respetarse durante el cumplimiento de las medidas y sanciones 26
VII. Anexos 27
VIII. Bibliografía 31
Introducción
Veinticuatro años han transcurrido desde que Honduras ratificó la Convención sobre los Derechos del Niño, normativa internacional que recoge todo el catálogo de derechos y libertades fundamentales de los niños y niñas.
La Convención significó el cambio de un paradigma en la materia, pues se produjo un salto cualitativo de la doctrina de "situación irregular" a la doctrina de “protección integral”; la primera se caracterizó por mantener una relación vertical y de dependencia entre las instituciones y las y los niños beneficiados, donde aquellos con problemas de conducta se internaban en centros con la idea de enmendar su comportamiento desviado de lo socialmente aceptado, en cambio la doctrina de "Protección integral" concibe a las niñas y niños como sujetos “plenos” de derecho y consecuentemente sujetos de protección sin discriminación de ningún tipo.
Para armonizar la legislación nacional en materia de niñez a los estándares internacionales y garantizar los derechos y libertades regulados en la Convención sobre los Derechos del Niño y demás Instrumentos Internacionales de los que Honduras es Alta Parte Contratante, el Congreso Nacional de la República aprueba el Decreto Legislativo No. 35-2013 de fecha 27 de febrero de 2013 y publicado en La Gaceta número 33,222 de fecha 6 de septiembre del mismo año, el que reforma varias leyes en materia de niñez y familia, introduciendo cambios sustanciales al Código de la Niñez y la Adolescencia especialmente al crear el Sistema Especial de Justicia para la niñez infractora en Honduras.
Con las reformas legales para regular la materia referente a la niñez infractora de la ley penal, se potencian las medidas alternativas a la privación de libertad y se imponen sanciones con la finalidad de reeducación y reinserción social de las y los sancionados, devolviendo a las familias su rol protagónico en la formación de las y los hijos, con la participación de las comunidades, las escuelas, instituciones públicas, Organizaciones No Gubernamentales y de Sociedad Civil, pues el fin que persiguen es reconstruir el tejido social y garantizar una adecuada inserción social de los infractores de la ley penal.
Esperamos que la presente Guía para Organizar Programas Alternativos a la Privación de Libertad para Adolescentes Infractores en el nivel Local, oriente la toma de decisiones de las autoridades responsables de las instituciones públicas que tienen el mandato legal de reconocer y garantizar los derechos de la niñez y particularmente los de la niñez infractora de la ley penal, así como a las instituciones privadas, organizaciones de sociedad civil, la comunidad y la familia, a través de los criterios que se presentan para arribar a una coordinación interinstitucional efectiva y jus humanista tanto para la creación y el funcionamiento de los Programas Alternativos a la Privación de Libertad para Adolescentes Infractores, como en la elaboración e implementación del plan de atención individual para toda niña o niño sancionado con miras a lograr su reeducación y reinserción familiar y social.
I. Conceptos, principios y preceptos legales aplicables
El personal que labore en los programas alternativos a la privación de la libertad sean instituciones/organizaciones públicas y privadas que colaboren con el Sistema Penal Especial mínimamente deben conocer los siguientes conceptos, precepto y principios básicos en materia de niñez infractora de la ley penal:
Niño o niña es toda persona menor de 18 años de edad.
Niña, niño o adolescente infractor de la ley penal es la persona mayor de 12 años y menor de 18 años de edad que ha infringido las leyes penales y por lo cual se le ha impuesto una sanción penal.
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