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Impuesto A Las Ventas


Enviado por   •  14 de Octubre de 2013  •  1.391 Palabras (6 Páginas)  •  225 Visitas

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Concepto.

Es el impuesto que se cobra sobre el mayor valor generado, sobre el valor agregado. Aunque el impuesto se aplica sobre el precio de venta del bien o del servicio, en realidad, el impuesto corresponde solo al mayor valor que se agrega o genera por elcomerciante. Por ejemplo, un comerciante compra un producto en $10.0000 por el cual paga un Iva de $1.600, luego lo vende por $15.000 y cobra un Iva de $2.400., al momento de presentar su declaración de Iva, el comerciante solo pagara la diferencia entre el Iva que genero (2.400) y el Iva que pago inicialmente (1.600), lo que significa que el comerciante solo pagara la suma de $800, que es exactamente el Iva correspondiente al valor que el comerciante le agrego al producto vendido, ya que lo compro en $10.000 y lo vendió en $15.000, es decir, le agrego un valor de $5.000 que multiplicado por la tarifa general que es del 16% da un valor de $800.

Quien paga la totalidad el Iva es el consumidor final, pues al no poderlo vender o agregarle valor, no puede descontar el Iva pagado como en el caso del comerciante.

Hecho generador en el impuesto a las ventas

El Iva se genera al realizar una venta, al prestar un servicio, al realizar una importación, la realización de juegos de azar, etc. Es de anotar que el Iva sol se genera en las casos anteriores solo si se trata de un bien o servicio gravado, de lo contrario no se genera Iva.

Responsables del Impuesto a las ventas

Son responsables del Impuesto sobre las ventas todas las personas jurídicas y naturales que vendan productos o presten servicios gravados.

Los responsables del impuesto a las ventas se dividen en dos grupos:

1. Los responsables del Iva que pertenecen al Régimen simplificado

2. Los responsables del Iva que pertenecen al Régimen común

Los responsables que pertenecen al régimen simplificado son las personas jurídicas y las personas naturales que no cumplan con los requisitos para pertenecer al régimen simplificado.

Vale recalcar, que toda persona jurídica, por el solo hecho de ser jurídica pertenece al régimen común en el impuesto sobre las ventas. Pero en el caso de las personas naturales, solo pertenecen al Régimen común aquellas personas que no cumplen con uno de los requisitos para pertenecer al régimen simplificado, de modo pues que la definición mas sencilla y elemental de régimen común, es aquel responsable del impuesto a las ventas que no pertenezca al Régimen simplificado, por lo que si se quiere determinar si una persona natural pertenece o no al régimen común, primero debe observarse si se cumple con los requisitos establecidos para poder ser parte del Régimen simplificado, de lo contrario por descarte se concluye que se pertenece al régimen común. Lo anterior se da claro esta, siempre y cuando tanto las personas jurídicas como naturales vendan productos o presten servicios gravados con el impuesto a las ventas.

Base gravable en el impuesto sobre las ventas

La base gravable el valor total de la operación gravada con el impuesto a las ventas. Hacen parte de la base gravable elementos como gastos directos de financiación ordinaria, extraordinaria, o moratoria, accesorios, acarreos, instalaciones, seguros,comisiones, garantías y demás erogaciones complementarias, aunque se facturen o convengan por separado y aunque, considerados independientemente, no se encuentren sometidos a imposición (Art. 447 E.T).

Tarifas del Impuesto a las ventas

Con la expedición de la Ley 1607 de 2012, se dio un vuelco total en muchos aspectos al mundo tributario nacional, se dio una reforma integral en este aspecto, dentro de la cual, el IVA fue en muchos puntos modificado.

Existe una tarifa general del 16% y una serie de tarifas diferenciales, las cuales se sintetizaran a continuación:

las tarifas del 0% para productos de la canasta familiar y del 5% para entre otros ciertos productos y servicios del sector agrícola, como tarifas preferenciales, y la tarifa general del 16% para los productos y servicios que no clasifiquen dentro de las ya mencionadas.

Para servicios como el de la telefonía móvil, restaurantes y los vehículos, botes y aerodinos; el panorama también tomo otro tono; en el primero se da una disminución en la

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