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Inasistencias De Empleados


Enviado por   •  24 de Julio de 2012  •  1.481 Palabras (6 Páginas)  •  748 Visitas

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LAS INASISTENCIAS INJUSTIFICADAS EN EL CENTRO DE TRABAJO

La inasistencia injustificada es una causal directa de la suspensión del contrato de trabajo.

El artículo 37° del Decreto Supremo N° 001-96-TR, Reglamento de la Ley de Fomento al Empleo, determina, para que no se configure el abandono de trabajo, toda ausencia al centro de trabajo, debe ser puesta en conocimiento del empleador, exponiendo las razones que la motivaron, dentro del término del tercer día de producida, más el término de la distancia; el plazo se contará por días hábiles, entendiéndose como tales los laborables en el respectivo del centro de trabajo.

En ese sentido, la ausencia injustificada se da cuando el trabajador no expone a su empleador las razones que motivaron su ausencia en el centro de trabajo, conforme a lo señalado en el párrafo anterior.

Por otro lado, el artículo 25° del Decreto Legislativo N° 728°, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, determina que la falta grave es la infracción por el trabajador de los deberes esenciales que emanan del contrato de trabajo, de tal índole que hagan irrazonable la subsistencia de la relación laboral. En consecuencia, la falta grave se constituye como una causa justa de despido del trabajador, conforme a lo establecido en el artículo 24° de la LPCL.

El inciso h) del artículo 25° de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, señala lo siguiente:

“El abandono de trabajo por mas de tres días consecutivos, las ausencias injustificadas por mas de cinco días en un período de treinta días calendario o mas de quince días en un período de ciento ochenta días calendario, hayan sido o no sancionadas disciplinariamente en cada caso, la impuntualidad reiterada, si ha sido acusada por el empleador, siempre que se hayan aplicado sanciones disciplinarias previas de amonestaciones escritas y suspensiones”.

Si se exceden dichos plazos, se configuraría una falta grave que origina el despido, extinguiéndose definitivamente la relación laboral

Ejemplo Cálculo de Liquidación Laboral

Se nos pide realizar el cálculo de la Liquidación y Finiquito de un trabajador que laboró por sueldos y salarios por tiempo indeterminado, teniendo los siguientes:

Datos Generales

Nombre del trabajador Juan Davalos

Duración de la relación laboral Indeterminado

Fecha de ingreso 16 de abril de 2008

Fecha de separación 15 de febrero de 2010

Tiempo trabajado 1 año, 10 meses

Sueldo mensual $6,800.00

Vacaciones 8 días por 2do. año

Prima vacacional 25% del salario que corresponda al número de días de vacaciones al año

Indemnización 3 meses de salario

Prima de antigüedad 12 días de salario por año

Aguinaldo 15 días de salario Anual

Salario mínimo general zona económica “A” $57.46

Prestaciones Minimas de ley

1.- Determinación de salario diario integrado (Art 84 LFT)

Sueldo mensual $ 6,800.00 se divide entre 30 días = $ 226.66 sueldo diario

La prima vacacional es el 25% del salario que corresponda al número de días de vacaciones. El número de días de vacaciones se multiplica por el salario diario, después se multiplica por el % de la prima vacacional y se divide entre 356 días del año.

8 x 226.66 = $ 1,813.32 x 25% = $ 453.33 / 365 = $ 1.24 diarios

La gratificación anual es igual a 15 días de salario y se debe dividir entre 365 días.

15x 226.66 = $3,400 / 365 = $9.31diarios.

La suma de todos los conceptos detallados, da como resultado el salario diario integrado siguiente:

Sueldo diario $226.66

Prima vacacional $ 1.24

Aguinaldo $ 9.31

Salario diario integrado $ 237.21

Salario mensual integrado ($ 237.21 x 30) $ 7116.30

Liquidación

2. Cálculo de las indemnizaciones

Conforme al Art.50, fracc.II LFT, tratándose de relación laboral por tiempo indeterminado las indemnizaciones se integran por 3 meses de sueldo y 20 dias por cada año de servicio,

2.1 3 meses de sueldo

Salario mensual integrado x 3 meses de indemnización.

$ 7,116.30 x 3 = $21,348.90

2.2 20 días de sueldo por cada año de servicios prestados.

Salario diario integrado x 20 días por cada año de servicios, más la parte proporcional que corresponde a 300 días

$ 237.21 x 20 = $ 4,744.20

Para la parte proporcional de los 300 días tenemos:

237.21 x 20 / 360 = 13.1783 días proporcionales.

13.1783 x 300 = $ 3,953.49

20 días por año tenemos $4,744.20 + $3,953.49 = $8,697.70

2.3 Prima de antigüedad 12 días de salario por cada año de servicio

Salario diario integrado X 12 días por 1 año de servicio, más la parte proporcional correspondiente a 300 días.

En términos de lo dispuesto en el art 486 de la ley en la materia tenemos:

Salario minimo general zona geográfica “A” = $57.46 x 2 =$ 114.92

114.92

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