Introduccion Al Derecho
Enviado por Andreswish • 16 de Octubre de 2013 • 1.865 Palabras (8 Páginas) • 233 Visitas
DERECHO. CONJUNTO DE PRINCIPIOS REGLAS Y PRECEPTOS A QUE ESTAN SOMETIDAS LAS RELACIONES HUMANAS EN TODA SOCIEDAD CIVIL. TAMBIEN PODEMOS ESTABLECER QUE ES EL CONJUNTO DE NORMAS O REGLAS QUE RIGEN LA CONDUCTA EXTERNA DEL INDIVIDUO EN LA SOCIEDAD.
DISTINTOS RECTORES DE LA CONDUCTA HUMANA
NORMA MORAL. DIRIGE LA CONDUCTA DEL INDIVIDUO Y SON CREADAS DEACUERDO A LO QUE LE DICTA SU PROPIA CONCIENCIA; ES DECIR ESTABLECE DEBERES PARA CONSIGO MISMO.
CARACTERISTICAS. UNILATERAL, INCOERCIBLE, INTERNA, AUTONOMA
NORMA RELIGIOSA. DISPOSCICIONES CREADAS POR EL HOMBRE, A FIN DE QUE CON SU CUMPLIMIENTO PODAMOS RENDIR TRIBUTO A UN SER QUE CONSIDERAMOS SUPREMO.
CARACTERISTICAS. UNILATERAL, INCOERCIBLE, EXTERNA, HETERONOMA.
CONVENCIONALISMO SOCIAL. TODAS AQUELLAS REGLAS DE DECORO Y CORTESIA, EXIGENCIAS DE LA ETIQUETA Y LA MODA Y TODAS AQUELLAS NORMAS DE ORIGEN CONSUETUDINARIO ( DE LA COSTUMBRE ).
CARACTERISTICAS. UNILATERAL, INCOERCIBLE, EXTERNA, HETERONOMA.
NORMA JURIDICA. TODA AQUELLA REGLA QUE IMPONE DEBERES Y OBLIGACIONES Y QUE A LA VEZ ES CORRELATIVA DE FACULTADES O DERECHOS
CARACTERISTICAS. BILATERAL, COERCIBLE, EXTERNA, HETERONOMA.
CARACTERISTICAS DE LAS NORMAS
LA NORMA MORAL Y LA NORMA JURIDICA DIFIEREN EN TODAS Y CADA UNA DE SUS CARACTERISTICAS; EN CAMBIO EN LOS CONVENCIONALISMOS SOCIALES Y LAS NORMAS RELIGIOSAS VAMOS A ENCONTRAR ALGUNAS SIMILITUDES.
BILATERALIDAD. SIGNIFICA QUE TODO MOMENTO NOS VA A IMPONER DEBERES Y NOS VA A CONCEDER DERECHOS Y SIEMPRE EXISTIRA ALGUIEN AUTORIZADO A VIGILAR SU CUMPLIMIENTO.
HETERONOMIA. SIGNIFICA QUE CON ELLA RENUNCIAMOS A NUESTRA CAPACIDAD DE AUTOLEGISLARNOS, TODA VEZ QUE LAS NORMAS SON CREADAS POR SUJETOS DISTINTOS A QUIENES DEBEN DE CUMPLIRLAS.
EXTERIORIDAD. ESTA CARACTERISTICA INDICA LA FORMA DE ACTUAR DEL INDIVIDUO FRENTE A LA SOCIEDAD ENCUANTO A QUE CON ELLA AFECTE DERECHOS DE TERCEROS.
COERCIBILIDAD. EL ESTADO A FIN DE LOGRAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMA, PODRA HACER EXIGIBLE SU CUMPLIMIENTO AUN ENCONTRA DE LA VOLUNTAD DEL INDIVIDUO PUDIENDO PARA ELLO HACER USO DE LA FUERZA PUBLICA.
FUENTES DEL DERECHO
FUENTES FORMALES. ES EL PROCESO DE CREACION DE LAS NORMAS JURIDICAS. LEY, COSTUMBRE, JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA
LEY. REGLA DE ACCION IMPUESTA POR LA SUPREMA AUTORIDAD EN LA QUE SE PROHIBE ALGO EN CONCORDANCIA CON LA JUSTICIA Y PARA EL BIEN DE LOS GOBERNADOS.
JURISPRUDENCIA. ENSEÑANZA DOCTRINAL QUE DIMANA DE LOS FALLOS O DESICIONES DE AUTORIDADES JUDICIALES. INTERPRETACION DE LA LEY QUE HACE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION DE UNA MANERA UNIFORME Y REITERADAMENTE EN CINCO EJECUTORIAS EN UN MISMO SENTIDO, SIN UNA EN CONTRARIO.
COSTUMBRE. LA COSTUMBRE CONSTITUYE FUENTE DEL DERECHO CUANDO CREA UNA NORMA A LA QUE SE LE RECONOCE FUERZA OBLIGATORIA. EN NUESTRO PAIS EN LA MAYORIA DE LOS CASOS LA LEY ESTA EN PRIMER PLANO PARA RESOLVER CUALQUIER TIPO DE CONTROVERSIA, Y SOLAMENTE EN LOS JUICIOS DEL ORDEN CIVIL EN AUSENCIA DE ALGUN PRECEPTO JURIDICO PODRAN APLICARSE LOS PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO, A FALTA DE LA LEY SE APLIQUE LA COSTUMBRE.
DOCTRINA. EL CONJUNTO DE TESIS Y OPINIONES DE LOS TRATADISTAS Y ESTUDIOSOS DEL DERECHO, QUE EXPLICAN Y FIJAN EL SENTIDO DE LAS LEYES O SUGIEREN SOLUCIONES PARA CUESTIONES AUN NO LEGISLADAS.
FUENTES REALES. SE CONSIDERA TODOS LOS ELEMENTOS, FACTORES Y CIRCUNSTANCIAS DE LA VIDA EN SOCIEDAD QUE DETERMINAN EL CONTENIDO DE LAS NORMAS.
FUENTES HISTORICAS. TODOS AQUELLOS DOCUMENTOS, PAPIROS, INSCRIPCIONES, LIBROS, ORDENAMIENTOS, QUE SE HAN IDO DANDO ATRAVEZ DE LOS TIEMPOS.
PROCESO LEGISLATIVO
INICIATIVA. ACTO MEDIANTE EL CUAL UNO O VARIOS ORGANOS DEL ESTADO SOMETEN A LA CONSIDERACION DEL CONGRESO UN
PROYECTO DE LEY. CORRSPONDE EN PRIMER TÉRMINO AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, ENSEGUIDA A LOS DIPUTADOS Y SENADORES DEL CONGRESO DE LA UNION Y POR ULTIMO A LAS LEGISLATURAS DE LOS ESTADOS.
DISCUSIÓN. LA DELIBERACION QUE HACEN LOS LEGISLADORES REESPECTO DE LA INICIATIVA DE LEY QUE FUE PROPUESTA A SU CONSIDERACION A FIN DE DETERMINAR LA POSIBLE APROBACION. A LA CAMARA QUE CONOCE EN PRIMER LUGAR EL PROYECTO DE LEY SE LE DENOMINA CAMARA DE ORIGEN A LA OTRA SE LE LLAMA CAMRA REVISORA.
APROBACION. ACTO POR EL CUAL LOS LEGISLADORES ACEPTAN UNA VEZ DISCUTIDO EL PROYECTO DE LEY. ESTA APROBACION PUEDE SER DE MANERA TOTAL O PARCIAL.
SANCION. ACTO MEDIANTE EL CUAL EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONFIRMA UN ESTATUTO DE LEY. EL PODER EJECUTIVO PUEDE NEGAR SU SANCION A UN PROYECTO YA ADMITIDO POR EL CONGRESO EN USO DE SU DERECHO DE VETO.
PROMULGACION. ACTO POR EL CUAL EL PODER EJECUTIVO RECONOCE FORMALMENTE QUE LA LEY HA SIDO APROBADA; UNA VEZ QUE SE HAN LLENADO TODOS LOS REQUISITOS PARA LA CREACION DE LA MISMA.
PUBLICACION. ACTO POR EL CUAL SE DA A CONOCER LA LEY A QUIENES DEBAN DE CUMPLIRLA. SE PUEDE PUBLICAR EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION O EN EL BOLETIN OFICIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO.
INICIACION DE LA VIGENCIA. DESPUES DE QUE UNA LEY HA SIDO PROMULGADA Y PUBLICADA, EXISTE UN ESPACIO DE TIEMPO COMPRENDIDO ENTRE LA FECHA DE LA PUBLICACION Y LA FECHA EN QUE ENTRARA EN VIGENCIA, A ESE ESPACIO DE TIEMPO SE LE DENOMINA VACATIO LEGIS. EN MEXICO EXISTEN DOS FORMAS DE
INICIO DE LA VIGENCIA. SISTEMA SINCRONICO. ESTABLECE QUE TENDRAN EFECTO TRES DIAS DESPUES DE LA PUBLICACION. SISTEMA SUCESIVO. CUANDO APARTE DE LOS TRES DIAS, SE REQUIERE UN DIA MAS POR CADA CUARENTA KM. O FRACCION QUE EXCEDA DE LA MITAD.
DIVISION DEL DERECHO
DERECHO OBJETIVO. CONJUNTO DE NORMAS JURIDICAS QUE CONSTITUYEN EL ORDENAMIENTO VIGENTE DE UN ESTADO.
DERECHO SUBJETIVO. LAS FACULTADES QUE LAS NORMAS JURIDICAS VIGENTES CONCEDEN Y GARANTIZAN A LAS PERSONAS A ELLAS SOMETIDAS.
DERECHO PUBLICO
CONJUNTO DE NORMAS JURIDICAS QUE REGULAN EL ORDEN GENERAL DEL ESTADO Y SUS RELACIONES, YA SEA CON LOS SUBDITOS O CON LOS DEMAS ESTADOS
DERECHO CONSTITUCIONAL. RAMA DEL DERECHO QUE SE REFIERE A LA ORGANIZACIÓN DE ESTADO Y SUS PODERES, LA DECLARACION DE LOS DERECHOS Y DEBERES INDIVIDUALES Y COLECTIVOS
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