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JUICIO DE PONDERACIÓN.


Enviado por   •  5 de Diciembre de 2012  •  5.495 Palabras (22 Páginas)  •  1.532 Visitas

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CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES EN CIENCIAS JURÍDICAS Y CRIMINOLÓGICAS.

JUICIO DE PONDERACIÓN Y DERECHO DE PROTECCIÓN AL MENOR.

Antinomias.

Módulo III. TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO.

DR: HÉCTOR MARTINIANO APARICIO GONZÁLEZ.

Alumna: TLATEMPA LÓPEZ MARÍA CECILIA.

[02 DE JUNIO DEL 2012]

PRÓLOGO

El presente ensayo es con la finalidad de entender en la actualidad las diversas problemáticas que surgen dentro del derecho y la importancia de tratar darles una solución lo más justa. Pero estas situaciones no son comunes podemos llamarles casos aislados en su momento, tal es la situación que se contraponen leyes igualmente válidas en aplicación y en las cuales la resolución de ellas depende de la argumentación que de ella haga la autoridad apegada obviamente a los principios generales del derecho y sopesando en su momento cada una de las leyes que se anteponen.

Comencemos pues con éste breve ensayo que espero sirva en algún momento para ayuda de otros.

Los efectos que los métodos de interpretación e integración empleados en ellas, por el juzgador, han ocasionado en la predictibilidad y certeza del derecho; que las reformas efectuadas en los últimos años a las leyes, son la primera causa evidente de las contradicciones y vacíos en la norma suprema; y que, por éste y otros aspectos, es inaplazable la necesidad de construir un método de interpretación científica de la Constitución mexicana.

INTRODUCCIÓN.

Para poder hablar del juicio de ponderación y de su estudio práctico debo ante todo mencionar a las llamadas antinomias y tratar de explicar si es un conflicto de leyes entre normas jurídicas con aplicación en un mismo ámbito de validez y las cuales se contraponen o bien resumir que son lagunas en la

Ley, las cuales no fueron previstas por el legislador y mismas que en un determinado momento deben de ser resueltas conforme a los principios generales del derecho, a través de un juicio de ponderación en la que se resolverá de acuerdo a la argumentación que el juzgador de de ella conforme a los principios generales de derecho.

Cabe hacer mención que lo anterior se deriva de casos concretos que nacen de manera aislada y necesitan solución de manera concreta, aclarando que el legislador no tiene la obligación de adivinar situaciones futuras, en un momento dado se establece la norma jurídica de manera general.

El Juicio de Ponderación no es otra cosa sino el instrumento a través del cual se dará solución a éste caso, tomando en cuenta los principios generales del derecho y sometiendo a un análisis mesurado el caso concreto que finalmente llevará una posible solución y una tesis jurisprudencial.

La discrecionalidad que le otorga la ponderación en esos casos, ha encontrado el juzgador un refugio seguro para sus decisiones, y ha creado con el uso exagerado de la misma otro conflicto: vacíos científicos en la interpretación del derecho.

CONCEPTO DE ANTINOMIAS:

Antes de comenzar al estudio práctico de éste ensayo comenzaremos por dar un concepto breve de Antinomias.

Antinomias: jurídicamente podemos definir a la antinomia como la contradicción real o aparente entre dos leyes o entre dos lugares de una misma ley.

La palabra antinomia deriva del Griego anti que significa contra y nomos que significa ley. Esto significa una aparente contradicción entre dos leyes, en la cual se debe buscar un medio conciliatorio según las reglas de la interpretación.

Agregando aún más que son contradicciones aparentes dentro del derecho natural y de gentes . Si la ley es real y manifiesta entre dos leyes, la ley antigua es la que debe ceder a la nueva “ubi due contrarie leyes savat, seiper Antique abrogat nova”.

Analizando detenidamente no es que haya lagunas en la ley a las que se han deducido, sino todo lo contrario, es tan claro que enla decisión de los casos no procede la falta de claridad, sino el hecho de que las leyes no hacen sino establecer reglas generales y los casos son excepciones que no están contenidas en ellas, las cuales el legislador no previó, ahora bien el legislador no está obligado a conocer los casos futuros que nacerán después.

Las reformas efectuadas en los últimos años a los documentos, son la primera causa evidente de las contradicciones y vacíos en la norma suprema; y que, por éste y otros aspectos, es inaplazable la necesidad de construir un método de interpretación científica de la Constitución mexicana.

Tanto las antinomias como las lagunas no han sido intencionalmente buscadas. Las presenta una realidad social con escasez de bienes por repartir y la proliferación de leyes y microsistemas jurídicos.

La tarea del juzgador en su misión de aplicar la norma a casos concretos se ha vuelto azarosa y asistemática, a pesar de la existencia lógica de una norma. La interpretación extensiva de esa premisa general ubicándola en un caso concreto.

Ante la presencia de antinomias y lagunas legales -entre el debe y el haber social-, el juzgador ha encontrado en el procedimiento de ponderación una técnica para destrabar conflictos sociales.

Un orden jurídico no sólo tiene que garantizar que cada persona sea reconocida en sus derechos por todas las demás personas; sino que el reconocimiento recíproco de los derechos de cada uno por todos los demás tiene que descansar en leyes que sean congruentes, legítimas en la medida en que garanticen iguales libertades a todos, no de manera contradictoria sino igualitaria.

El juzgador a encontrado un refugio seguro para sus decisiones, y ha creado con el uso exagerado de la misma otro conflicto: vacíos científicos en la interpretación del derecho, es decir toma como base los principios generales del derecho para llegar a la solución del conflicto de acuerdo a lo que de acuerdo a su interpretación es lo correcto y la mejor decisión.

La noción de control político debe vincularse a la de responsabilidad pública; y ésta, en una concepción democrática está determinada por la existencia de una voluntad razonable y libre. Esto es se busca la mejor solución para resolver el conflicto de leyes o antinomias y beneficiar o robustecer al derecho.

En resumen podemos definir a la antinomia de la siguiente manera:

“La contradicción real o aparente entre dos leyes, o entre dos lugares de una misma ley.”

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