JUICIOS ESPECIALES CIVILES Y MERCANTILES
Enviado por renatahc.95 • 1 de Junio de 2020 • Apuntes • 16.378 Palabras (66 Páginas) • 302 Visitas
JUICIOS ESPECIALES CIVILES Y MERCANTILES
DERECHO PROCESAL:
Jurisdicción: facultad del estado para resolver un problema, funciona ejercido por los órganos del Estado para conocer y resolver mediante un proceso un litigio.
Proceso: conjunto de actos y hechos a través de los cuales se resuelven las controversias. Garantiza que las partes tengan los mismos garantías.
Acción: derecho que se les confiere a las personas para promover un proceso ante un órgano jurisdiccional a fin de obtener una resolución, sobre su pretensión litigiosa.
- Fondo: la acción, la jurisdicción y el proceso.
- Estructura: Litigio, procedimiento, sentencia y ejecución.
🡪 el derecho de acción mediante una interpelación judicial.
- Derecho de acción [constitucional]: Art. 17 CPEUM 🡪 Nadie puede hacerse justicia por su propia mano ni ejercer violencia para reclamar su derecho sino que se debe acudir con la autoridad competente para que se le administre justicia.
- Derecho de acción [Procesal]: Aquel mediante el cual una persona puede materializar un derecho a su favor mediante la debida impartición de justicia.
- Etapa preliminar: aquella en la que se pueden realizar determinados actos para que no se pierda el objeto del juicio, Medidas Preparatorioss: a juicio ejecutivo puede convertirse en ejecutivo y puedes embargar desde el principio es por ello que es importante comparar.
- Etapa expositivo: se expone lo que se busca y contestación así como la reconvención
- Etapa prueba : se lleva a cabo audiencia tienen que ofrecerse en el escrito de prueba.
- Etapa conclusión: alegatos
- Etapa sentencia: definitiva interlocutoria.
Demanda: acto a través del cual haces valer tu acción.
Partes de la demanda: El motivo es que estas en el supuesto y porque. La firma, nombre de las partes, domicilio, cuantía. La cuantía es muy importante para ver que procedimiento le va a tocar y que juez.
Las prestación tienen que pedirse * La consecuencia de no presentar las pruebas (matrimonio- acta de matrimonio y convenio) es que el juez te puede desechar la demanda, otros te podrían prevenir.
Cuando presentas una demanda: te la aceptan, te la desechan, te previenen.
- Estructura de la demanda [instrumento procesal con el que se hace valer el derecho de acción y se formula determinada pretensión ante el órgano jurisdiccional]:
- Proemio: Datos de identificación del juicio.
- Nombre y domicilio de las partes.
- Valor de lo demandado.
- Tribunal ante el que se promueve.
- Tipo de juicio [vía procesal][Ej. Ordinario, hipotecario, ejecutivo, etc.].
- Pretensiones de las partes. 🡪 Lo más importante.
- Hechos: Aquello que sucedió.
- Se redactan por orden cronológico.
- Únicamente deben referirse a un hecho por vez, no se pueden mezclar nada de derecho ni argumentar nada.
- Derecho: Fundamentar el derecho sustantivo y adjetivo.
- Adjetivo: Es lo procesal.
- Sustantivo: Es la esencia de la materia las normas no procesales.
- Puntos petitorios: Aquello que tú le pides al juez en relación con la admisión de la demanda y con el trámite a seguirse para la prosecución del juicio.
- Que te reconozcan la personalidad.
- Que tengan por señalado el domicilio que estás estableciendo.
- Las personas que autorizas para checar un expediente.
- Protesto [implica la buena fe de decir siempre la verdad].
- Firma de quien promueve.
ORGANO COMPETENTE PARA PRESENTAR LA DEMANDA
- Vas con la OFICIALIA DE PARTES COMÚN [Vas con la demanda y ahí designan el juzgado al que se va (aleatoriamente) , el número de expediente y los datos del juicio (partes) cuatro días después sale un auto que se llama AUTO ADMISORIO si todo sale bien.
- Tribunal superior de Justicia : juzgado de cuanto menor es de 500,000.00 juzgados primera instancia salas de 3 magistrados, federales juzgados DTTO: juicio ordinario amparo.
EL JUEZ FRENTE A LA DEMANDA
- Admite [se cumplió con todo y se ordena que se emplace al demandado teniendo éste 15 días hábiles para contestar].
- Previene [Para subsanar cuestiones de forma, te da 5 días, sólo se puede dar una prevención en teoría].
- Desecha [Por cuestiones de fondo, de derecho sustantivo, por no reunir requisitos legales o que se considere con defectos insubsanables; el medio de defensa es la apelación porque lo resuelve la sala y resuelve cuestiones de fondo no de forma].
ESTRUCTURA DE LA SENTENCIA
- Proemio: Datos de identificación del juicio.
- Nombre de las partes y abogados.
- Objeto del juicio.
- Número de expediente [Año, Lugar: Secretaría].
- Resultandos: Descripción del desarrollo concreto del proceso.
- Antecedentes y pretensiones. [Resumen del caso].
- Pruebas propuestas y realizadas.
- Considerandos [Parte más importante de la sentencia]: Consideraciones jurídicas que realiza el juez para efectos de resolver la controversia. 🡪 Se ataca la parte sustantiva, es el fondo.
- Análisis y valoración de las pruebas.
- Fijación de los hechos.
- Razonamientos jurídicos.
- Puntos resolutivos:
- Se determina el sentido del fallo o decisión.
- Firma del juez y del secretario de acuerdos.
PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES QUE TODA RESOLUCIÓN TIENE QUE CUMPLIR [Aplica a toda materia] 🡪 Art. 14 y 16 CPEUM.
CONCEPTOS FAMILIAR:
Matrimonio: Cuidado o misión de la madre. Objeto del matrimonio: procurarse el bien común. “Acto jurídico solemne por el cual se crea una relación permanente y estable entre dos personas con igualdad de derechos y deberes formando una comunidad de vida” No es un contrato porque no estás como tal obligado a cumplir con los términos del contrato, no puedes obligar a la otra parte a hacer algo, lo que si puedes es disolver el matrimonio y no necesitas la voluntad del otro, la consecuencia y tu máxima defensa en rescindir el mismo.
...