JURISDICCION Y COMPETENCIA
Enviado por hermor • 24 de Noviembre de 2011 • 1.820 Palabras (8 Páginas) • 1.226 Visitas
JURISDICCION Y COMPETENCIA
JURISDICCION.
1. Etimológicamente.- proviene de las voces latinas: Iuris = Derecho y Dictio = decir. Significa decir el derecho o aplicar el derecho objetivo a un caso concreto.
El procesalista Carlos Rubianes en su Manual de Derecho Procesal Penal conceptúa que “técnicamente la jurisdicción es una función y la competencia una aptitud”.
2. Concepto de jurisdicción en general.- podemos afirmar que la jurisdicción es una función exclusiva del estado ejercida por los jueces para resolver los conflictos de relevancia jurídica que se produzcan dentro de la comunidad aplicando el derecho objetivo al caso propuesto.
3. Concepto de jurisdicción penal.- es la función del estado encargado de solucionar el conflicto entre el derecho del estado de castigar; frente al derecho del imputado a su libertad dentro de un proceso legalmente realizado y con las garantías que la constitución y el CPP establece.
4. Clases de jurisdicción.- el artículo 139.1 de la Constitución establece que no puede crearse jurisdicción distinta a la común, militar y arbitral. Esto es, que no puede haber una jurisdicción distinta a la común y a las otras jurisdicciones militar y arbitral son excepciones. Esto es, que solo existe una sola jurisdicción ordinaria o común para administrar justicia, la militar y la arbitral son excepciones que no anula la regla. La jurisdicción común u ordinaria comprende: todos los proceso seguidos contra los ciudadanos peruanos y extranjeros en los distintos juzgados (civiles, penales, laborales, de familia), así como tribunales.
5. La jurisdicción militar como excepción.- se limita solo al personal militar y policial que hayan infringido la norma dentro del ejercicio dentro de sus funciones y se rige por su ley Orgánica y el Código de justicia militar. Con excepción de los casos de traición a la patria que sean civiles o militares son juzgados por el fuero militar ley Nº25659.
6. La jurisdicción arbitral.- no es propiamente una jurisdicción, sino una forma de solucionar conflictos por común acuerdo de las partes.
7. Los órganos jurisdiccionales.- según el artículo 142º de la Constitución y artículo 26º y 46º de la LOPJ; estos son:
a. Corte Suprema de Justicia.- que está formada por salas, integradas a su vez por 5 vocales supremos y que se organizan según especialidades, así las tradicionales son: Sala Civil, Penal, De Derecho Constitucional y Social y Salas Transitorias. Son las que resuelven en última instancia las controversia, tiene su sede en la capital de la República, conformado por el Presidente de la OCMA, presidente de la Corte.
b. Cortes superiores.- que están organizadas a su vez en salas civiles, penales, laborales, de familia, de Derecho Público, y conformado por 3 vocales, y el que preside es el más antiguo. Tienen sus sedes en las capitales de departamentos y por excepción funcionan Salas descentralizadas (ejemplo sala de Chincha).
c. Juzgados especializados.-
d. Juzgados de Paz letrado.- tienen si sede en la capital de los distritos importantes, conocen en lo penal (faltas), civil alimentos, etc.
e. Juzgados de Paz.- deben ser elegidos por el pueblo en elecciones según la Constitución.
• El fiscal pide la detención.- no ordena la detención, ni ordena la libertad del individuo.
• El juez ordena la detención.- dentro de las 24 horas.
• El policía puede detener hasta 24 horas pero motivado, es decir que haya indicios. En caso de TID, integrantes de bandas, delitos agravados se detiene hasta 15 días.
LA COMPETENCIA
CONCEPTO.- es la esfera de jurisdicción de está investido su órgano jurisdiccional.
También se puede conceptuar que la competencia es la capacidad de un determinado órgano jurisdiccional para tomar conocimiento de una causa.
Por último también podemos decir, que la competencia es la distribución de la jurisdicción. La función de administrar justicia es ejercida por los magistrados del Poder Judicial. Pero esta facultad no puede ser ejercida ilimitadamente por todos los magistrados. Por lo que es necesario una distribución de atribuciones teniendo en cuenta los criterios establecidos en la ley como son: la especialidad, territorio, conexión, etc. A esa distribución de la jurisdicción se determina competencia.
Determinación de la Competencia.- en nuestra legislación procesal penal la competencia se determina: por la materia, por territorio, por conexión y complementariamente por razones de turno.
COMPETENCIA POR LA MATERIA.- Son competentes para conocer:
1. Las Salas Penales de las Cortes Supremas.- con las funciones siguientes
a) De conocer y de resolver los delitos cometidos por altos funcionarios en el ejercicio de sus funciones a nivel nacional.
b) Resolver los recursos de nulidad que se interpongan contra las sentencias y autos de las Salas Penales de las Cortes Superiores.
c) Pronunciarse sobre las quejas de derecho
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