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LA PROPIEDAD


Enviado por   •  12 de Abril de 2014  •  Examen  •  1.680 Palabras (7 Páginas)  •  241 Visitas

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LA PROPIEDAD

El código civil no define la propiedad, solo existe una enumeración de los derechos que la propiedad encierra: El derecho de usar (ius utendi), derecho de disfrutar (ius fruendi), derecho de disponer (ius disponendi) y derecho de reivindicar (ius vindicandi).

La doctrina moderna considera el derecho de propiedad como el poder unitario más amplio de unbien.

ALBALADEJO sostiene que “la propiedad es el máximo poder jurídico pleno sobre una cosa “

Existe una confusión entre los términos dominio y propiedad.

CASTAÑEDA señala que “El termino propiedad tiene más amplio, comprende no solo la cosa sino también los derechos, en tanto que el termino dominio se reserva para las cosas muebles e inmuebles. Nuestro Código Civil utiliza el concepto de propiedad comprendiendo no solo las cosas corporales sino también los derechos (incorporales)

CARACTERISTICAS

Tradicionalmente, la propiedad se ha caracterizado por ser un derecho absoluto, exclusivo y perpetuo.

a) Absoluto. Porque confiere al titular todas las facultades posibles, como son las de usar, disfrutar, disponer y reivindicar el bien objeto del derecho. Actualmente se cuestiona el carácter absoluto, porque existen ciertas restricciones a la propiedad. AVEDAÑO considera que “se debe hablar de un derecho reglamentario, en lugar de un derecho absoluto”.

b) Exclusivo. Porque no deja lugar o espacio para otro titular. No tiene mayor cuestionamiento.

c) Perpetuo. Porque no se extingue por el derecho de no hacer uso de este derecho, lo cual hace que la prescripción extintiva no afecte a la propiedad y que la acción reivindicatoria es imprescriptible. Por el contrario, se sostiene que ellos generan riqueza, por eso se amparan a la prescripción adquisitiva. El abandono debe estar sancionado: el propietario que no posee por un cierto tiempo pierde su derecho.

La doctrina moderna considera las siguientes características de la propiedad:

GENERALIDAD. Expresa la amplitud del poder que confiere la propiedad, porque es susceptible de abarcar todas las utilidades de una cosa.

INDEPENDENCIA. Es un poder autónomo que existe sin apoyase en ningún otro derecho.

ABSTRACCION. Existe con independencia de las facultades que comprende.

ELASTICIDAD. Significa que puede comprimir al separar algunas de sus facultades.

RESTRICCIONES DE LA PROPIEDAD

La propiedad moderna conoce un sin número de restricciones por razones de convivencia social. Sin duda, las normas sobre seguridad y salubridad son las principales restricciones que el Estado impone el propietario para el ejercicio positivo es el que permite el propietario decidir el uso y destino del bien y otro de signo negativo, que le establece las frontera de su derecho.

VALENCIA ZEA resume las limitaciones:

a. Los reglamentos relativos a la construcción de edificios.

b. Los reglamentos expedidos por razones de tranquilidad pública. V.gr.: La prohibición del establecimiento de fabricas en zonas de vivienda.

c. Los reglamentos que prohíben industrias peligrosas y aquellas que no reúnen las condiciones mínimas de salubridad.

d. Existen otras restricciones como:

La conservación de monumentos históricos.

La regulación de los procesos de zonificación, urbanización, uso de la tierra y fraccionamiento de predios.

La conservación de bosques, ríos y otros bienes por razón ecológicas.

Las obras de defensa nacional V.gr.: No construir a determinada distancia de los cuarteles.

La ocupación de predios para servicios públicos.

En materia mobiliaria, la prohibición de la especulación y acaparamiento.

e. La expropiación por razones de utilidad pública o de interés social, que constituye la limitación más importante de la propiedad.

MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD

El código Civil de 1984 no enumera los modos de adquirir la propiedad, simplemente desarrolla bajo el rubro de “adquisición de la propiedad” los diferentes modos o formas de adquirir la propiedad, omitiendo mencionar como forma de adquirir el acto administrativo y al transmisión sucesoria.

LA APROPIACION

Es un modo de adquirir la propiedad de bienes que no tienen dueño. La apropiación en bienes muebles recibe el nombre de aprehensión, y en bienes inmuebles se denomina ocupación.

La libre ocupación de las tierras es la forma más antigua de adquirir la posesión sobre los predios, pero no da origen al derecho de propiedad, pues para ello se necesita que los bienes sean res nullius y en nuestra legislación no existen bienes inmuebles sin dueño.

En materia de bienes inmuebles no son apropiables las res derelictae o bienes abandonados.

Los bienes abandonados durante un lapso de 20 años al dominio del Estado.

La aprehensión en un modo originario de adquirir la propiedad de bienes muebles nulluis a través de un acto unilateral. La propiedad se adquiere por la mera toma de posesión.

Se considera como bienes res nullius apropiado a las piedras, las conchas u otras análogas (el coral, las algas, las perlas, el ámbar, etc.)

LA CAZA Y LA PEZCA

El artículo 930° del Código Civil prescribe

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