LA PROPIEDAD
Enviado por YULIANAVELIZ • 8 de Abril de 2015 • 2.034 Palabras (9 Páginas) • 187 Visitas
GENERALIDADES. TERMINOLOGÍA. DISTINCIÓN DOMINIO Y PROPIEDAD
Terminología
Estrechamente vinculado al vocablo de propiedad se encuentra la palabra dominio. Existen en realidad, no pocos intentos de distinguir entre ambos términos. A veces en efecto, se afirma que uno de los dos términos es el genero y el otro la especie, y otros sostienen que cada una de las palabras se refiere a un aspecto diferente de una única realidad. Sin embargo, en la actualidad, la mayoría de la doctrina a cuyo criterio nos acogemos utiliza propiedad y dominio como términos sinónimos.
DERECHO DE PROPIEDAD
En Derecho, la propiedad es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley. Es el derecho real que implica el ejercicio de las facultades jurídicas más amplias que el ordenamiento jurídico concede sobre un bien.
El objeto del derecho de propiedad esta constituido por todos los bienes susceptibles de apropiación. Para que se cumpla tal condición, en general, se requieren tres condiciones: que el bien sea útil, ya que si no lo fuera, carecería de fin la apropiación; que el bien exista en cantidad limitada, y que sea susceptible de ocupación, porque de otro modo no podrá actuarse.
Fundamento legal de la propiedad en la Constitución y el Código Civil de la República Bolivariana de Venezuela
Articulo 115. Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999)
"Se garantiza el Derecho de propiedad. Toda persona tiene derecho al uso, goce, disfrute y disposición de sus bienes. La propiedad estará sometida a las contribuciones, restricciones y obligaciones que establezca la ley con fines de utilidad pública o de interés general. Solo por causa de utilidad pública o interés social, mediante sentencia firme y pago oportuno de justa indemnización, podrá ser declarada la expropiación de cualquier clase de bienes.”
Más allá de tratarse de un tema que se encuentra en el tapete de la discusión política en la sociedad venezolana, y aun cuando se respete el derecho de la propiedad, dentro del nuevo marco constitucional socialista, este articulo en partículas, de manera concreta, hace referencia directa al termino de la expropiación, como toda Institución de Derecho Público, ya que reviste un profundo interés para la ciudadanía en general. Es decir, fundamenta sus objetivos perseguidos con como instrumento de armonización entre los intereses particulares y generales y apartándose de los trayectorias del arbitrariedad y el abuso contra la propiedad privada, poniendo en práctica la expropiación como dispositivo de derecho público.
(Eloy Lares Martínez) “La expropiación es una Institución de Derecho Público en virtud de la cual la administración, con fines de utilidad pública o social, adquiere coactivamente bienes pertenecientes a los administrados, conforme al procedimiento determinado en las leyes y mediante el pago de una justa indemnización…
“. (…)" Es una Institución que tiene por objeto conciliar los requerimientos del interés general de la comunidad con el respeto debido al derecho de propiedad de los administrados…".
ARTÍCULO 545. CÓDIGO CIVIL VENEZOLANO.
"La propiedad es el derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las restricciones y obligaciones establecidas por la Ley."
El derecho de propiedad es el más completo que se puede tener sobre una cosa: la cosa se halla sometida a la voluntad, exclusividad y a la acción de su propietario, sin más límites que los que marca la Ley o los provocados por "la concurrencia de varios derechos incompatibles en su ilimitado ejercicio" (limitaciones de carácter extrínseco). No obstante, el reconocimiento de que la propiedad, como institución, está orientada a una función social, implica que en la actualidad existan limitaciones intrínsecas o inherentes al derecho; así como obligaciones que se derivan de la propiedad en sí.
CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE PROPIEDAD
• La propiedad es un derecho real; La propiedad es lo primordial y fundamental de los Derechos Reales, ya que los demás parten de ella.
• La propiedad es un derecho autónomo; ya que es oponible (erga omnes) los demás están obligado a respetar el dominio del propietario.
• El derecho de propiedad es perpetuo; la propiedad no se extingue, no tiene limitación temporal, es un derecho perpetuo.
• Es un derecho exclusivo; La propiedad es exclusiva porque solo le concede al propietario la facultad de usar, gozar y disponer un bien con exclusión de los demás.
Es un derecho elástico; La propiedad es pura y se encuentra al margen de toda carga o gravamen, sin alterarse su unidad esencial.
Limitaciones de la propiedad
1. Limitaciones de Derecho Público.
A. Prohibición de enterrar cadáveres en fincas urbanas.
B. Pasaje forzoso en beneficio de la comunidad: provisionalmente mientras dure la intransitabilidad de un camino público, hacia lugares "Religiosus" en favor de quien tiene el "Jus sepulcri", hacia ríos y canales navegables.
C. Las fincas colindantes con ríos navegables deben soportar el uso de sus riberas para maniobras de navegación.
D. En la época de Justiniano aparece la expropiación por causa de utilidad pública, sin embargo a partir de Teodosio II se facultaba a demoler edificios previa indemnización.E. En la época clásica se reglamentaba ya la altura, estética y distancia de las construcciones.2. Limitaciones de Derecho Privado.
A. Se puede exigir al vecino el corte de las ramas de un árbol que se extiende sobre una propiedad.
B. Derecho a recoger frutos de plantas propias desprendidos sobre suelo ajeno.C. La servidumbre de paso impuesta por un magistrado en casos de fundos incomunicados.D. Prohibición de alterar con obras el fluir de aguas en detrimento de los demás fundos. "Actio aquae pluviae arcendae".
E. Diferentes acciones acordadas por la ley a los propietarios por causa de vecindad: Damni infecti", "Novi operae", "Finium regordorum", etc.
ELEMENTOS DEL DERECHO DE PROPIEDAD EN SENTIDO SUBJETIVO Y OBJETIVO
Sujeto del Derecho de Propiedad: Es el titular del derecho y, en definitiva, aquel que tiene un poder sobre una determinada cosa. La titularidad la pueden tener una o varias personas al mismo tiempo. Cuando son varias personas las que poseen la titularidad de este derecho se forma una cotitularidad en el derecho de propiedad, es decir, una pluralidad de personas
...