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LA PROTECCIÓN DE RECURSOS DEL ESTADO EN LOS GOBIERNOS LOCAL, REGIONAL Y NACIONAL


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2014  •  1.452 Palabras (6 Páginas)  •  925 Visitas

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LA PROTECCIÓN DE RECURSOS DEL ESTADO EN LOS GOBIERNOS LOCAL, REGIONAL Y NACIONAL

La Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente precisa que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país. El Estado concerta con la sociedad civil las decisiones y acciones de la gestión ambiental, el ejercicio y la protección, se sustentan en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, en la satisfacción de las necesidades de los pueblos y de todos aquellos que sufren del proceso de la contaminación, el calentamiento ambiental global y la escasez del agua cada día más acentuada en algunas zonas de nuestro país.

Los recursos naturales constituyen Patrimonio de la Nación, su protección y conservación pueden ser invocadas como causa de necesidad pública, que son considerados en la nueva concepción como los derechos humanos del ser humano inherentes a su condición de tal. Por ello, la Política Nacional del Ambiente constituye el conjunto de lineamientos, objetivos, estrategias, metas, programas e instrumentos de carácter público, que tienen como propósito definir y orientar el accionar de las entidades del Gobierno Nacional, regional y local, y del sector privado y de la sociedad civil, en materia ambiental; las políticas y normas ambientales de carácter nacional, sectorial, regional y local se diseñan y aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí, ésta tiene por objetivo mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas más saludables, viables y funcionales en el corto y largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona humana.

La gestión ambiental debe ser un proceso permanente y continuo del Estado y la sociedad, constituido por el conjunto estructurado de principios, normas técnicas, procesos y actividades, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la política ambiental y alcanzar así, una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población, el desarrollo de las actividades económicas y la conservación del patrimonio ambiental y natural de nuestro país.

El Sistema Nacional de Gestión Ambiental integra los sistemas de gestión pública en materia ambiental, como los sistemas sectoriales, regionales y locales de gestión ambiental y otros sistemas específicos relacionados con la aplicación de instrumentos de gestión ambiental. Las competencias ambientales del Estado son ejercidas por organismos constitucionalmente autónomos, autoridades del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales, de conformidad con la Constitución y sus leyes orgánicas que definen sus respectivos ámbitos de actuación, funciones y atribuciones, en el marco del carácter unitario del Estado. El diseño de las políticas y normas ambientales de carácter nacional es una función exclusiva del Gobierno Nacional, por su propia concepción del unitarismo en busca del desarrollo integral y sostenible del país.

La Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que sus funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial es la de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales; implementar el sistema regional de gestión ambiental, en coordinación con las comisiones ambientales regionales; formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicación de las estrategias regionales respecto a la diversidad biológica y sobre cambio climático; proponer la creación de las áreas de conservación regional y local; promover la educación e investigación ambiental en la región; supervisar el cumplimiento de proyectos y estudios en materia ambiental y sobre uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción; imponer sanciones ante las infracciones de las normas ambientales regionales; formular planes, desarrollar e implementar programas para la venta de servicios ambientales en regiones con bosques naturales o áreas protegidas y preservar, administrar, en coordinación con los Gobiernos Locales, las reservas y áreas naturales protegidas regionales.

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