LECCIÓN PRIMERA: EL DERECHO
Enviado por Carolina Higueruela Mendoza • 16 de Febrero de 2016 • Resumen • 9.323 Palabras (38 Páginas) • 297 Visitas
LECCIÓN PRIMERA: EL DERECHO
- CONCEPTO
Derecho/sociedad
Derecho y Sociedad se encuentran intrínsecamente relacionados, por ello el primero es necesario para la convivencia humana en sociedad, en tanto ordenadora de la conducta humana en sus variadas relaciones socialmente aceptadas; de ahí que los fenómenos sociales exigirán que el derecho en tanto ordenador esté permanentemente a la par con la realidad social, y además, sea instrumento que se valga la sociedad para el cambio y desarrollo, restándosele la consideración de ser meramente un obstáculo para ese cambio y desarrollo.
En una sociedad, los individuos conviven juntos y se generan conflictos que deben ser resueltos. El derecho surge cuando esta convivencia genera conflictos que hay que solucionar o que pueden darse a partir de la misma, fijando ciertos límites, estableciendo una esfera de libertades que deben seguir.
El derecho establece unas pautas de conducta que los individuos de la sociedad deben seguir. Estas normas son COACTIVAS, es decir, se pueden imponer por fuerza si la norma jurídica no se cumple por obligación.
La COACTIVIDAD es la característica más importante.
Estas REGLAS DE CONDUCTA coactivas se distinguen entre:
- Normas sociales: son de la sociedad; por ejemplo, el dejar propina es una pauta de comportamiento que se repite en una sociedad sin llegar a ser obligación. Vestir de luto en un entierro es otro ejemplo. La moda también es una pauta social.
Ante el incumplimiento de estas pautas puede existir represión por parte del resto de la sociedad.
A veces coinciden las normas sociales y las jurídicas, por ejemplo; no robar.
Otras veces no coinciden, por ejemplo; en la antigüedad cuando se batían en duelo para salvar su honor. Al no hacerlo eran repudiados de la sociedad, a pesar de que las autoridades prohibían estos duelos. En este caso, la norma jurídica la prohibía mientras que la social la obligaba.
- Normas morales: surgen de la necesidad de cumplir una determinada pauta de comportamiento y conducta. Si no se cumple, daría lugar a un reproche moral del individuo.
A veces no coincide con las normas jurídicas, por ejemplo, si una persona codicia los bienes de su vecino es reprochable moralmente mientras que este hecho es irrelevante en el aspecto jurídico.
El aborto y la eutanasia, por ejemplo, supone grandes diferencias entre las pautas morales y jurídicas.
En el derecho, todos los sistemas jurídicos suelen tener en cuenta los aspectos morales, aunque de distinta forma en cada lugar; por ejemplo el sistema inglés es más conservador mientras que el sistema francés es muy liberal.
Siempre habrá individuos que no estén de acuerdo. Sigue siendo coactivo, ya que si existe conflicto entre lo moral y lo jurídico, si no cumple la justicia, puede ser penalizado.
Por su parte, la justicia recogerá las normas morales mayoritarias para la sociedad.
- Normas religiosas: Durante siglos se han confundido con las jurídicas del Estado. A partir del renacimiento comienza la separación entre justicia y religión, aunque en algunos lugares como el mundo islámico o los estados confesionales en Europa, continúan confundiéndose.
- Leyes físicas: Debemos diferenciarlas con las normas jurídicas, ya que las leyes físicas si existen siempre se cumplen, pero si las normas jurídicas no se cumplen, no por ello dejan de existir.
Esta es la diferencia de la coacción en las normas jurídicas.
Toda comunidad política delega su poder en personas del Estado, aunque estas cambien. Por ello las normas jurídicas siempre serán exigibles hasta que sean derogadas.
EL ESTADO:
1. Es el único generador del Estado
2. Tiene el monopolio de su creación
3. Se ocupa de la aplicación de la norma jurídica Jueces: se preocupan del cumplimiento[pic 1][pic 2]
Policía: hace que se cumpla por fuerza
DERECHO → Conjunto de reglas de conducta externas del sujeto en sus relaciones con los demás, que han sido establecidas por los órganos que ostentan el poder (Estado) y que son impuestos de forma coactiva a los ciudadanos.
ESTADO Y DERECHO
Un Estado de derecho es aquel que se rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución. Cualquier medida o acción debe estar sujeta o ser referida a una norma jurídica escrita. A diferencia de lo que sucede ocasionalmente en muchas dictaduras personales, donde el deseo del dictador es la base de una gran medida de acciones sin que medie una norma jurídica. En un estado de derecho las leyes organizan y fijan límites al gobierno, aunque también algunos sistemas autoritarios son estados de derechos en que toda acción está sujeta a una norma jurídica previamente aprobada y de conocimiento público (en ese sentido no debe confundirse un estado de derecho con un estado democrático, aunque ambas condiciones suelan darse simultáneamente). Esta acepción de estado de derecho es la llamada "acepción débil" o "formal" del estado de derecho.
Este se crea cuando toda acción social y estatal encuentra sustento en la norma; es así que el poder del Estado queda subordinado al orden jurídico vigente por cumplir con el procedimiento para su creación y es eficaz cuando se aplica en la realidad con base en el poder del Estado a través de sus órganos de gobierno, creando así un ambiente de respeto absoluto del ser humano y del orden público.
APLICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
En el seno de la sociedad civil, el Derecho es habitualmente aplicado y cumplido de forma espontánea. Por otro lado, existen numerosas profesiones jurídicas que aplican y facilitan la aplicación del Derecho. También es aplicado el Derecho por los órganos de la Administración, que actúan sometidos a él y que lo aplican a los ciudadanos. La aplicación paradigmática del Derecho es la efectuada por los órganos llamados específicamente a resolver los conflictos sociales mediante la aplicación de las normas jurídicas: los jueces y tribunales de justicia.
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