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LEGISLACION LABORAL


Enviado por   •  21 de Octubre de 2012  •  1.970 Palabras (8 Páginas)  •  345 Visitas

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N L1.1 CONCEPTO: puede definirse como un conjunto de normas bilaterales, externas, generalmente heterónomas y coercibles, que tiene por su objetivo regular la conducta humana en su interferencia intersubjetiva.

Es un sistema racional de normas sociales de conducta, declaras obligatorias para la autoridad. Por considerarlas soluciones justas a los problemas surgidos de la realidad histórica.

RAMAS DEL DERECHO:

a) Derecho mercantil: es la rama del derecho privado tiene por objetivo regular las distintas relaciones jurídicas que se derivan de actos de comercio y se establecen entre comerciantes. También comprenden las normas constitutivas.

b) Derecho del trabajo: es la rama de derecho privado tiene por objetivo las relaciones jurídicas que se crean entre los trabajadores y patrones por virtud del contrato del trabajo, ya sea individual, colectivo, o contrato-ley. Así mismo se ocupa, de dar las bases para la constitución.

c) Derecho agrario: es la rama del derecho privado que en México tiene por objetivo determinar las normas conducentes para la dotación y restitución de las tierras y aguas a las comunidades de vida agrícola que carezcan de dichos elementos.

d) Derecho constitucional: es la rama del derecho público que determina la estructura orgánica del estado, su forma de gobierno, sus distintos órganos, funciones y atribuciones, así como las relaciones de los mismos entre sí.

e) Derecho administrativo: es la rama de derecho público que tiene por objeto regular todo relacionado con la administración pública y la prestación de los servicios públicos.

f) Derecho procesal: es la rama del derecho público regula la función jurisdiccional del estado para la administración de justicia, a fin de que se resuelvan los conflictos que surjan entre particulares, o se esclarezcan los derechos o situaciones jurídicas dudosas, eliminando la incertidumbre jurídica.

g) Derecho penal: es la rama del derecho público que determina cuales son los hechos unibles o delitos, las penas o sanciones respectivas y las medidas preventivas para defender a las sociedades contra la criminalidad.

h) Derecho internacional público: es la rama del derecho público regula las relaciones jurídicas pacificas o belicosas que surgen entre los distintos estados de la comunicación internacional.

i) Derecho internacional privado: resuelve en qué casos pueden aplicarse las leyes del estado a los nacionales que radiquen en el extranjero o bien cuando los extranjeros pueden invocar su ley nacional para que ésta se les aplique en el interior del estado donde se encuentran, con alcance extra territorial.

DERECHO PUBLICO:

Es la parte del ordenamiento jurídico que regula las relaciones éntrelas personas y entidades privadas con los órganos que ostenta el poder público. Cuando estos últimos actúan en ejercicio de sus legítimas potestades públicas. (No pueden ser modificados, son irrenunciables y obligatorios). Su característica es que sus mandatos no se encuentran sujetos a la autonomía de la voluntad que pudiese ejercer las partes

DERECHO PRIVADO:

Se ocupa preferentemente de las relaciones entre los particulares. También se rigen por el derecho privado las relaciones entre particulares y el estado cuando este actúa como un particular, sin ejercer potestad pública.

Atendería a relaciones entre iguales, sin que ninguno de sus sujetos afectados se presente como superior al otro.

Se ocupa preferentemente de las relaciones entre particulares, (derecho civil, mercantil, procesal civil y mercantil).

DERECHO SOCIAL:

Son los que se garantizan universalmente a todos los ciudadanos por el hecho de serlo, y no como mera calidad o política asistencial, el acceso a los medios necesarios para atender unas condiciones de vidas dignas.

Garantiza universalmente a todos los ciudadanos por el hecho de serio, y no como mera caridad (el acceso a los medios necesarios para tener condiciones de vida digna).

DERECHO CIVIL:

Esla rama del derecho privado que tiene como por objeto regular los atributos de las personas físicas y morales y organizar jurídicamente a la familia y al patrimonio, determinando las relaciones de orden económico entre los particulares, que tengan contenido mercantil, agrario u obrero.

1.2 CARACTERISTICAS DEL DERECHO

El derecho debe tener fuerte incidencia social y viceversa, por lo que el jurista no puede permitir que su quehacer sea tomado por la política, tiene que tratar de entender y conceptualizar la realidad social en la cual esta inmenso ese quehacer, para que a a partir de la comprensión jurídica científica busque su modificación, tratando de que las relaciones sociales se conduzcan hacia la igualdad o por lo menos que no llegue a la polarización o al antagonismo para que su papel como justicia n se concierta en el instrumento justificados de los regímenes totalitarios.

El estudio del derecho debe ocuparse del contenido de las normas; pues la verdadera ciencia se ocupa del estudio de la forma de la norma, está estudiando exclusivamente lo accidental, lo necesario, lo superfluo; mientras que al ocuparse del contenido de la normatividad se centra en lo trascendental. Es oportuno que los juristas o estudiosos del derecho analicen los contenidos y haciendo abstracción de lo estudiado en los derechos sociales generen una teoría general de los contenidos jurídicos.

El objeto del derecho debe ser la constitución de la nueva teoría jurídica que incorpore las valoraciones del medio social, permitiendo la adaptación de la norma a las condiciones sociales presentes. Esta teoría debe estar siempre pendiente de la sociedad a la cual se dirige el ordenamiento jurídico, por lo que el jurista tiene que convertirse en investigador interdisciplinado y sobre todo en un conocedor de la sociología jurídica, rama del conocimiento poco utilizada y quizá pronto condenada a desaparecer.

Considerar que la teoría general del derecho tiene como papel fundamentan, como en todo saber científico, proporcionar las categorías básicas partir de las cuales se debe realizar a la práctica de la ciencia jurídica. Ahora bien, estas categorías básicas deberán desprenderse del objeto estudiando, del empleo del método adecuado y a través de una teoría general que permita analizar al derecho inmerso social, considerando su contenido eminentemente axiológico, de lo contrarios es imposible construir una teoría general del derecho que sirva de espina dorsal al mismo.

1.3 FUENTES DEL DERECHO

Reciben el nombre de fuentes del derecho los distintos productos normativos que tienen su origen en los citados órganos

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