La Enmacipacion Derecho Civil
Enviado por Frayzz • 30 de Abril de 2013 • 4.595 Palabras (19 Páginas) • 475 Visitas
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular Para la Educación Superior
Universidad Nacional Experimental de los Llanos Ezequiel Zamora
Ospino- Estado-Portuguesa
Ospino, Noviembre del 2012
ÍNDICE
Pág.
INTRODUCCIÓN
La Emancipación………………………………………………………… 05
Caracteres de la Emancipación…………………………………………… 06
Efectos de la Emancipación……………………………………………. 07
El Libre Gobierno de su Persona………………………………………… 07
Modificación de la Capacidad Negocial………………………………. 08
Modificación de la Capacidad Procesal ………………………………… 09
La Interdicción………………………………………………………… 12
Efectos de la Interdicción……………………………………………….. 12
Tutela del Entredicho por Defecto Intelectual………………………… 13
La Interdicción Judicial………………………………………………….. 16
Causa de la Interdicción Judicial……………………………………… 16
Alteración de las Facultades Mentales……………………………………. 17
Inhabilitación………………………………………………………….. 17
Clases de Inhabilitación…………………………………………………… 17
Revocatoria de la Inhabilitación………………………………………. 18
La Inhabilitación Judicial…………………………………………………. 19
Causa………………………………………………………………….. 19
Procedimiento………………………………………………………………
20
CONCLUSIÓN
REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA
INTRODUCCIÓN
Indudablemente, la emancipación es la liberación de una dependencia social. Hoy está se presupone como una visión moderna del hombre que se realiza en libre autodeterminación. Se puede decir, que durante las épocas anteriores apareció por primera vez esta exigencia moderna de emancipación, solicitada por amplias capas de la sociedad. Los principales objetivos de ese entonces eran la igualdad y libertad para todos y la abolición de las desigualdades económicas, sociales y políticas.
Por tal motivo, la emancipación significa eliminar las dependencias externas para abolir las condiciones que impiden la autodeterminación, lo que supone una inversión del sentido original del término. En el Imperio romano, el concepto de emancipación implicaba la liberación del niño del dominio (todopoderoso) de su padre. El padre era quien decidía el momento de su emancipación, que constituía una forma legal y socialmente arraigada de cambio generacional.
Fue entonces que la terminología marxista, entiende por emancipación el proceso de devolución al hombre de las relaciones humanas y en las actuales aspiraciones de emancipación tratan de conseguir la igualdad de oportunidades. En este sentido apunta el feminismo, al que hay que agradecer básicamente la popularización del concepto.
Se podría decir, la teoría de emancipación fue rebatida por las ciencias educacionales, cuyo objetivo era la educación del niño hasta su mayoría de edad buscando su integración satisfactoria hallándose, sin dificultades en la estructura social.
Por último, en la actualidad se da la emancipación a los menores de edad cuando concurran en ellos una causa que lo justifique y es predecible que dicha causa persistirá después que estos alcancen la mayoría de edad. Se ha discutido si son estados civiles, sabida su repercusión en la capacidad de obrar, la ausencia declarada de forma legal, el concurso de acreedores, la suspensión de pagos y la quiebra. No debe serlo el sexo, sabido el principio constitucional de no discriminación por este motivo.
LA EMANCIPACION
Es un acto jurídico, en virtud del cual el menor se encuentra provisto de la dirección de su persona y de una capacidad limitada o parcial en lo que se refiere a la administración de su patrimonio, resulta de pleno derecho de un acto cuyo objetivo principal no es la emancipación: el matrimonio, constituye la fuente de la emancipación.
Sin embargo, como consecuencia de la promulgación de la ley orgánica de registro civil y de la inclusión de una nueva acta del estado civil de las personas, esta es, el de las uniones estables de hecho, consideramos que también la emancipación se produce como consecuencia de este tipo de unión, dado que el articulo 120 de la ley, referido al contenido especifico del acta de unión estable en su numeral 8: “Autorización de los padres o representante, en los casos de adolecentes”
De igual forma en el articulo 121, referido a la prohibiciones de registro de unión estable de hecho en su numeral 2 “De los adolecentes menores de los 14años de edad” y de consideración a lo previsto en el articulo 77 de la Constitución Bolivariana de Venezuela, que establece “Que las uniones estables de hechos que cumplan los requisitos establecidos en la ley, producirán los mismo efectos que el matrimonio”
En este sentido, si por efecto del matrimonio se produce la emancipación; el registro de unión establece de hechos en lo que uno o ambos sean adolecentes, producirá plenos efectos jurídicos, y entre ellos la emancipación. Por lo que el menor quedaría bajo la custodia de uno de sus representantes de un tutor o de alguien especial que le apoye o le oriente tanto emocional como económicamente
Cabe señalar, que el estado del menor emancipado es intermedio entre la capacidad total que afecta al menor no incapacitado y de la libertad absoluta de la que goza el mayor que ha llegado a la edad de su plena capacidad. En esto reside la utilidad propia de la emancipación, pues inicia al menor en el uso de sus libertades, porque concede al menor al dominio de su persona y la administración de su patrimonio, otorgándole
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