La Funcion Publica En Venezuela
Enviado por katiuskajosefina • 12 de Mayo de 2015 • 1.344 Palabras (6 Páginas) • 531 Visitas
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE- RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
AUTORA:
Katiuska Rodríguez
C.I: V-11.701.657
PROFESOR:
Luis Palacios
SAIA A
Derecho Administrativo
INTRODUCCIÒN
La Función Pública pone en contacto directo a la ciudadanía con el poder político, con la finalidad de satisfacer las necesidades públicas. Es el Poder Ejecutivo a quien le corresponde las actividades de gestión, sobre los bienes del Estado suministrando de forma inmediata y permanente para lograr el interés general.
Esta atribución lleva a la realización de un servicio público, por supuesto sometido al marco jurídico especializado que norma su ejercicio, y se concreta con la emisión del contenido de actos administrativos emitidos ex profeso.
La Función Pública en Venezuela
Se puede definir la Administración Pública como la actividad de gestión que le corresponde al Poder Ejecutivo, sobre los bienes del Estado para satisfacer las necesidades publicas y de esta manera conseguir el bien general, dicha atribución tiende a la realización de un servicio público, y se somete al marco jurídico especializado que norma su ejercicio y se concretiza mediante la emisión y realización del contenido de actos administrativos emitidos ex profeso.
Y se compone por el conjunto de organizaciones públicas locales, regionales y nacionales que realizan el trabajo administrativo y de gestión del Estado.
Ahora bien la Función Pública se encuentra en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (en los artículos 144 al 149), estableciendo el conjunto de normas y reglas que se aplican a la relación de empleo público con la administración pública.
Por otra parte la Ley de Estatuto de la Función Publica señala el conjunto de normas que regirá las relaciones de empleo entre los funcionarios y funcionarias pública y de las administraciones publicas nacionales, estadales y municipales (artículo 1 de la Ley de Estatutos).
Estructura de la Administración Pública en Venezuela
Niveles de la Administración Pública:
1. Administración Pública Nacional
La Ley Orgánica de la Administración Pública organiza la administración del estado en cuanto a la organización y competencia, regulando políticas administrativas y estableciendo normas básicas sobre los archivos y registros públicos.
2. Administración Pública Central
La Ley Orgánica de la Administración Pública en su artículo 45 establece que son órganos superiores de dirección de la administración pública Central, El Presidente o Presidenta de la República, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vice Presidenta Ejecutiva, El Consejo de Ministros ,los ministros o ministras y los viceministros o viceministros.
Son Órganos superiores de consulta de la Administración Pública Central, La Procuraduría General de la República, El Consejo de Estado, l Consejo de Defensa de la Nación, los gabinetes sectoriales y los gabinetes ministeriales.
3. Administración Descentralizada
La Descentralización de la Administración Pública se basa en el principio de simplicidad en los trámites administrativos, es por ello que se creó la Ley de Simplificación de Tramite Administrativos de 1999.
Articulo 30 LOAP "Con el principio de profundizar la democracia y de incrementar la eficiencia y eficacia de la gestión de la Administración Pública, se podrán descentralizar competencias y servicios públicos de la República a los estados y municipios, y de los estados y municipios, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley.
4. Son Entes de la Descentralización Funcional
Institutos autónomos,
Empresas del Estado,
Empresas Matrices,
Fundaciones del Estado y asociaciones y sociedades civiles del Estado.
5. Administración Pública Estadal
Los Estados están obligados a mantener su independencia, soberanía e integridad nacional. Tienen personalidad jurídica plena, y están obligadas a cumplir con la Constitución en lo que se refiere a las competencias.
La CRBV en su artículo 160 manifiesta que la administración de los Estados corresponde a los gobernadores.
6. Administración Pública de los Distritos Metropolitanos
Nacen de la unión de dos o más municipios bien sea para compartir la misma actividad económica, social o física, pueden ser de una misma entidad federal o distinta, lo cual será evaluado por la Asamblea Nacional, ejemplo el Distrito Metropolitano de Caracas (formado por el Estado Miranda y Distrito Capital).
Esta administración de los Distritos Metropolitano debe atender las condiciones poblacionales, el desarrollo
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