La Jurisdiccion
Enviado por nellsaya • 3 de Mayo de 2014 • 1.308 Palabras (6 Páginas) • 332 Visitas
JURISDICCIÓN
En el derecho de los países latinoamericanos esta palabra por lo menos tiene cuatro acepciones: como ámbito territorial, como sinónimo de competencia, como conjunto de poderes o autoridad de ciertos órganos del poder publico, y su sentido mas preciso y técnico de función publica para hacer justicia.
La jurisdicción es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos e independientes.
UNIDAD CONCEPTUAL
Significando que es una sola, no aceptando clasificaciones o divisiones. Por el solo hecho de clasificarse la jurisdicción, pierde su naturaleza para convertirse en el de competencia. Es por ello que todos los jueces tienen jurisdicción (de lo contrario dejarían de serlo), pero no todos son competentes para conocer de todas las materias o casos.
PRIORIDAD DOGMÁTICA DEL CONCEPTO
La escuela francesa, ha dado a este punto verdadera importancia. En la conclusión van incluidas cuestiones esenciales de la competencia del consejo de estado y la doctrina es abundante y altamente calificada.
La doctrina italiana ha dado el tema, también particular importancia en el campo del derecho publico pero salvo casos especiales de estudios particulares, el tema no ha sido profundizado por los autores de derecho procesal.
El derecho procesal civil de los países de América es de origen español. Algunas redacciones son anteriores ala ley española de enjuiciamiento de 1885: en ese caso la influencia se debe a la legislación de partidas de indias. Los códigos posteriores, aun aquellos que como el de Panamá tiene una redacción que se ha apartado visiblemente del texto de 1855, reconocen sin embargo la influencia hispánica. En algunos casos la influencia corresponde a la revisión de la ley española de enjuiciamente de 1881.
En este vocablo aparecen palabras de origen árabe , como alcalde almoneda alguacil instituciones de origen germánico, como el juramento decisorio, de origen francés , como la teoría del documento, de origen italiano, como la jactancia de origen romano-canónico , como la prueba de posiciones , de origen ingles, como las referencias que en materia civil, por ejemplo en el código uruguayo, art158, se hacen al habeas corpus , de origen portugués , como ciertas formas de arbitraje, de origen alemán, como el procedimiento edictal en la posesión inmobiliaria , d e derecho común europeo, como el juicio ejecutivo.
DIFERENCIAS ENTRE LA JURISDICCION Y OTRAS FUNCIONES DEL ESTADO
La distinción se funda en la diferencia entre el interés público en cuanto a la composición de los conflictos y el interés público en el interés en conflicto, o sea entre el interés público externo y los interese públicos internos. La función procesal tiende a satisfacer el primero y la administrativa persigue el desenvolvimiento de los últimos. “la función administrativa se cumple en el conflicto; la función procesal, en cambio, actúa sobre el conflicto.
Lo que constituye la diferencia entre jurisdicción y administración es la posición del agente. Es criterio externo, por que no se basa en el fin perseguido, sino en el hecho externo de la posición del juez y de la administración de obrar: el primero, frente a las partes; la segunda, como parte.
Otra diferencia es que en la función jurisdiccional, el juez actúa sobre las partes y resuelve los conflictos o los intereses no litigiosos sin que el estado que representa sea parte de ellos; la administración actúa por conducto de su funcionario como parte en el conflicto o en el asunto que resuelve.
Otra diferencia es que la administración puede obrar no solamente para casos concretos, sino por vía general, mediante decretos o resoluciones de carácter abstracto, que obligan a los ciudadanos que se encuentran en las condiciones y circunstancias previstas,,
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