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La Prueba En El Proceso Penal


Enviado por   •  29 de Septiembre de 2014  •  3.878 Palabras (16 Páginas)  •  369 Visitas

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INTRODUCCION

La prueba en un proceso es todo lo que sirve para el descubrimiento de la verdad de los datos obtenidos sobre un acto o hecho delictivo a través de medios permitidos e incorporados en una ley; se pueden citar los medios para la recolección de información que son: testimonio, testigo, dictamen percial, documentos y la inspección de los jueces realizada en el lugar de los hechos.

Los medios utilizados y aprobados por la ley permite tener una valoración positiva sobre los datos obtenidos. (art 186 c.p.p.).

Para la obtención de datos en la prueba se han utilizado formas como los indicios que son elementos percibidos por los sentidos; el rastro es todo vestigio que deja el sujeto sobre las cosas.

Durante el proceso de prueba se puede encontrar lo que es el objeto de averiguación que comprenden las circunstancias que modifican o extingen la responsabilidad penal; permite identificar los autores y complices que participan en la acción del hecho delictivo. (art 65 c.p.).

Todos los elementos utilizados en la prueba han sido valorados conforme el sistema de la san critica razonada.

La prueba

La prueba constituye un elemento esencial dentro del proceso penal, sin la prueba no

existiría un verdadero proceso penal, ella da las bases sólidas para fundamentar una

acusación y emitir una sentencia ya sea condenatoria o absolutoria.

Origen

Durante el trascurso del tiempo la prueba evolucionado, se distinguen dos momentos relevantes: primero la divinidad tenía a su cargo el señalamiento del

culpable, y los tribunales se limitaban a practicar los actos necesarios para que

aquella se manifestara, por ejemplo los juicios de Dios, en los que el acusado era

puesto en presencia del cadáver, si de éste manaba sangre, se juzgaba que era una

señal divina de que aquél era culpable.

En el segundo se impuso a los jueces el deber de formarse por sí mismos el

conocimiento sobre la culpabilidad del acusado, mediante la utilización de su

capacidad intelectual: aquí apareció la prueba.

la prueba penal de nuestros días puede caracterizarse por la

utilización de las novedades técnicas y científicas (especialmente captadas por la

prueba pericial) para el descubrimiento y la valoración de los datos probatorios y la

consolidación de las reglas de la sana crítica racional en la apreciación de sus

resultados. Todo ello, dentro de un marco de respeto por la persona del imputado y

de reconocimiento de los derechos de todas las partes privadas.

Importancia

La prueba es el medio más confiable para descubrir la verdad real, y a la vez la mayor garantía para evitar la arbitrariedad en las decisiones judiciales.

El fin inmediato del proceso penal, es la búsqueda de la verdad, y debe desarrollarse tendiendo a la reconstrucción conceptual del acontecimiento sobre el cual versa el proceso.

Definición

En sentido amplio, prueba “es lo que confirma o desvirtúa una hipótesis o afirmación

precedente. Ésta noción, aplicada al proceso penal, permitiría conceptualizarla

cómo “todo lo que puede servir para el descubrimiento de la verdad acerca de los

hechos que en aquel son investigados y respecto de los cuales pretende actuar la

Ley sustantiva.”

prueba es todo dato, medio, circunstancia y evidencia que sirve para determinar como

sucedieron los hechos delictivos en un conflicto penal, y basandose en ella el juez debe emitir la sentencia respectiva en relación a la responsabilidad penal del acusado.

Objeto

En todo proceso se discute la existencia de determinados hechos controvertidos,

cuya acreditación manifestada en sentencia por el órgano jurisdiccional competente

implica la aceptación de la pretensión procesal de una de las partes. En el proceso

penal estos hechos controvertidos se relacionan con todas aquellas circunstancias

que determinan la existencia de la acción delictiva y acreditan la participación del

procesado en su realización, es decir, su culpabilidad. Por ello el objeto de la prueba

es sencillamente, lo que con ella se pretende probar, el hecho controvertido o parte

de éste que se demuestra con la información que convence al juzgador (prueba) de

la existencia del mismo. Deben ser probados únicamente los hechos controvertidos, sean físicos, naturales o humanos, no así los aceptados por las partes. Los notorios o evidentes están exentos de prueba al igual que el derecho interno; al abordar este aspecto sobre el tipo de hechos que deben ser probados, algunos autores separan el objeto de la prueba de la necesidad de la prueba, dicotomía que asocia el objeto de la

prueba con aquellos hechos que son de interés para el proceso y la necesidad de la

prueba con aquellos hechos que deben demostrarse para resolver la litis.

En materia penal, la determinación sobre la comisión de un delito y la imputación de

responsabilidad a uno o más individuos en concreto, implica necesariamente

demostrar la concurrencia de varios hechos controvertidos, la realización de los

elementos del tipo, tanto objetivos como subjetivos, la forma de participación y la

concurrencia de circunstancias modificativas de responsabilidad penal, por lo que

cada prueba deberá proponerse con un objeto determinado y concreto sobre el cual

se establece la controversia.

Derivaciones del concepto de prueba

Existen diversas acepciones de prueba, sin embargo, “se trata en realidad sólo de

aspectos diversos del mismo concepto.”9 Es decir, que se trata de conceptos

derivados del concepto de prueba. Todas las definiciones que se puedan ofrecer

sobre el concepto de prueba en materia penal, reflejan en un cierto sentido, su

carácter unívoco. Sus soportes o determinaciones básicas se encontran en la

finalidad de comprobación y la legalidad del procedimiento. Desde luego que no

puede haber prueba sin agentes productores, sin medio para producirla, sin resultado

y sin materia u objeto. De ahí que sea posible distinguir entre los siguientes

aspectos: conocimiento

a) Órgano de prueba

Órgano de prueba es toda persona física que aporta dentro del procedimiento,

elementos de conocimiento sobre el objeto de la averiguación penal. De esa suerte

se constituye en una fuente de prueba. El testigo y el perito llenan ese espacio.

El testigo es portador casual del conocimiento sobre el hecho, y lo conoce sin

intervenir

...

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