La Titularidad o Sujeto del Poder Constituyente
Enviado por luisjose42 • 1 de Mayo de 2013 • Trabajo • 2.108 Palabras (9 Páginas) • 987 Visitas
El poder constituyente ha sido definido como la "voluntad política creadora del orden, que requiere naturaleza originaria, eficacia y carácter creadora" y como la "voluntad originaria, soberana, suprema y directa que tiene un pueblo, para constituir un Estado dándole una personalidad al mismo y darse la organización jurídica y política que más le convenga". De todos modos, existen concepciones que consideran que el poder constituyente originario puede recaer en el pueblo o en la nación.
Se considera que el poder constituyente existe en los regímenes de Constitución rígida, en el que la elaboración de las normas constitucionales requiere un procedimiento diferente al de las leyes.
La Titularidad o Sujeto del Poder Constituyente
En el pueblo se localiza la única titularidad del poder constituyente. El sujeto del poder constituyente es el pueblo, su único titular, con base en la fuente de la legitimidad ampliamente predominante en nuestros días, la legitimidad democrática sustentada en el principio de la soberanía popular.
De manera tal pues que El titular del poder constituyente es el pueblo. Hoy es el entendimiento más difundido. Pero en Sieyès, el titular es la nación. El concepto de nación es problemático, ya que para el la Nación, en sentido estricto, tiene dos acepciones: la nación política, en el ámbito jurídico-político, es el sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un Estado; la nación cultural, concepto socio-ideológico más subjetivo y ambiguo que el anterior, se puede definir a grandes rasgos como una comunidad humana con ciertas características culturales comunes a las que dota de un sentido ético-político. En sentido lato nación se emplea con variados significados: Estado, país, territorio o habitantes de ellos, etnia y otros.
El titular del poder constituyente sólo puede ser el pueblo y que el pueblo, en la actualidad, se entiende como una entidad pluralista, formada por Individuos, asociaciones, grupos, iglesias, comunidades, personalidades, instituciones, articuladores de intereses, ideas, creencias y valores plurales, convergentes y conflictivos.
Características del Poder constituyente
El profesor Rivas Quintero sostiene que:
1. Es un poder originario: Pues pertenece sólo al pueblo quien lo ejerce directamente o por medio de representantes elegidos. Es decir que no dimana o proviene de ningún otro poder. Él emerge como acto de voluntad política del pueblo, como acto soberano del mismo para darse una organización jurídica política que se plasma en la Constitución y para cualquier modificación posterior que pretenda hacérsele a la Carta Fundamental del Estado debe intervenir el Poder Constituyente a través
de las formas de manifestar su voluntad y su acción. Bien se afirma en este sentido que la obra del poder constituyente solo puede ser válidamente modificada por el mismo poder constituyente
2. Es Ilimitado, en cuanto que no está supeditado a ninguna autoridad o procedimiento pre-existente que lo regule, no sólo en la etapa fundacional y primigenia del Estado, sino también en el desarrollo mismo de él y aunque no se contemplen en una Constitución formas de manifestación de voluntad del Poder Constituyente, éste no queda de modo alguno encadenado ni limitado pues, la fuerza de su poder arranca de la voluntad misma del pueblo. Nicolás Pérez Serrano señala: "Cuando un Poder Constituyente originario emprende su ardua tarea no tiene por qué sujetarse a ligamen jurídico anterior: es potestad suprema; es, según después se dirá, soberanía, como encarnación de esta nota singular que al Estado acompaña y que autoriza a la comunidad política, por él personificada, para trazar sin cortapisas, aunque dentro de su peculiar esfera, el cuadro de sus instituciones fundamentales, empezando por la decisión capital sobre el modo y forma de su existencia".
A pesar de que teóricamente se sustenta una Ilimitación total de la acción del Poder Constituyente, hay quienes afirman con suficiente razón que la ilimitación que se atribuye al poder constituyente originario no se identifica con la arbitrariedad. El poder constituyente como apunta Luis Recasens Siches, está sin embargo sometido a los valores jurídicos ideales y a las exigencias del bien común en una determinada circunstancia histórica".
3. La tercera característica esencial del Poder Constituyente, es que su ejercicio no se agota, una vez que dicta la Constitución del Estado, permanece en estado de latencia, apto para ponerse de nuevo en
movimiento cada vez que sea necesaria la revisión de la Constitución ya sea en forma parcial o la dotación de un nuevo texto organizativo del Estado.
Carl Schmitt afirma que la emisión de una Constitución, no puede agotar, absorber o consumir el Poder Constituyente y que una vez ejercitado no por ello se encuentra acabado y desaparecido el Poder Constituyente
Otros autores señalan que el poder constituyente se le puede atribuir las siguientes características:
Es unitario e indivisible: ya es la base que abarca todos los otros poderes y división de poderes.
Es permanente: porque su actividad no se agota con la construcción de los poderes constituidos en la Constitución, normalmente latente, se hace manifiesto cuando las circunstancias políticas reclaman su emergencia.
Es inalienable: consecuente con su origen en la soberanía popular.
Diferencias entre Poder constituyente y Poderes Constituidos
Primero que nada se nos he necesario establecer básicamente y conceptualmente al poder constituyente y el constituido para que de esta manera podamos establecer la diferencias entre ambos.
De los caracteres del poder constituyente se deriva su distinción de los poderes constituidos. El poder constituyente es la base, la raíz de los poderes constituidos, que no pueden ni limitarlo ni dotarle de una determinada configuración.
En el poder constituyente descansan todas las facultades y competencias constituidas y acomodadas en la Constitución. Pero el mismo no puede constituirse nunca con arreglo de la Constitución. El pueblo, la nación sigue siendo el basamento de todo el acontecer político, la fuente de toda la fuerza, que se manifiesta en formas siempre nuevas, que nunca saca de sí nuevas formas y organizaciones, no subordinando nunca, sin embargo, su existencia política a una formulación definitiva.
Poder Constituyente Originario y Poder Constituyente Constituido o Derivado.
El poder constituyente originario
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