Las Obligaciones Civliles
Enviado por aguirrejn • 18 de Enero de 2013 • 1.661 Palabras (7 Páginas) • 325 Visitas
INTRODUCCIÓN
El estudio de este tema nos permitirá ampliar los conocimientos relacionados a las Obligaciones, estaremos estudiando algunos aspectos importantes relacionados con las mismas, tales como concepto de obligaciones, elementos constitutivos, elementos subjetivos y también los elementos objetivos, así como además las fuentes de las obligaciones entre otras cosas.
Es importante estudiar este tema con detenimiento, para así poder comprenderlo a cabalidad, ya que es un tema de vital importancia, e interés nacional. Estaremos además, estudiando también, lo que establece el Código Civil Venezolano en relación a las obligaciones.
LA OBLIGACIÓN CIVIL: DEFINICIONES, ELEMENTOS Y CARACTERÍSTICAS
La obligación es un primes plano es una relacion jurídica entre personas, por no ser posible entablar relaciones jurídicas sino entre personas, tiene un contenido que es la prestación, esto es, la actividad o conducta a que se obliga una persona llamada deudor a favor de otra persona llamada acreedor; y por ultimo tiene un soporte en la ley, que regula las relaciones de contenido patrimonial entre los sujetos.
Definiciones
1. RUGGIERO: Es una relación jurídica en virtud de la cual una persona debe una determinada prestación a otra que tiene la facultad de exigirla constriñendo a la primera a satisfacerla.
2. PLANIOL: Un lazo derecho por la cual una persona está obligada hacia otra, a hacer o no hacer una cosa.
Elementos de la obligación
En la obligación se distingue tres elementos el Vínculo, los sujetos y la prestación.
1. Lo sujetos de la Obligación: Son las personas aptas para ser titulares de derechos y resultar obligadas. para generar una obligación bastan un sujeto activo que tiene la facultar de exigirla, quien recibe el nombre del acreedor y un sujeto pasivo, el que está obligado, el que tiene el deber correlativo, quien recibe el nombre de deudor.
Existen diferentes maneras de concurrir los sujetos en las obligaciones civiles; así en las obligaciones puras y simples, será la establecida entre un solo acreedor y un solo deudor y en las obligaciones complejas con relación a los sujetos van a aparecer varias acreedores frente a un solo deudor.
El ordenamiento jurídico positivo, reconoce la existencia de obligaciones generadas por una declaración unilateral de voluntad, que determina la posibilidad de que el deudor ignore quien es su acreedor, como en la oferta pública de recompensa en la cual el oferente ignora la identidad de su acreedor o destinatario y en la estipulación a favor de un tercero, que se paterniza claramente en el seguro de vida, en este contrato la compañía aseguradora, como prominente o deudora sabe quién es su acreedor, mas este como beneficiario puede ignorar tal cualidad de deudora de la empresa de seguros.
El objeto o la Prestación: El objeto de la obligación consiste siempre en un acto que el deudor debe realizar en provecho del acreedor; acto que debe realizar el deudor. Para que la prestación fuera eficaz debía ser física y jurídicamente posible, lícita, no contraria a la ley ni a la moral, determinada o determinable y con posibilidad de ser valuada en dinero.
Existen tres categorías de los diversos actos a los cuales puede ser obligado el deudor y los resume en éstos tres verbos:
Dare: Es transferir la propiedad de la cosa, o constituir un derecho real (hacer entrega de alguna cosa).
Praestare: Es procurar el disfrute de una cosa, sin constituir derecho real (hacer alguna actividad).
Facere: Aludía al contenido y comprendió las prestaciones que tenían la entrega de la cosa con otra finalidad que transferir su propiedad u otro derecho real.(Es llevar a cabo cualquier otro acto, o aún abstenerse de realizar cualquier acto).
2. El Vínculo: Es el lazo o ligamen que une a los sujetos, o sea, a las personas del deudor y el acreedor.
Con respecto al vínculo existen tres posiciones doctrinales
a) La concepción personal: Según la cual el vínculo une a la persona del deudor a la del acreedor, como lazo similar al que une a la cosa con el propietario; la relación ata a la persona.
En Venezuela el Código de Procedimiento Judicial de 1836, establecía la prisión por deudas, el cual se atenuó un poco mediante un acuerdo de la Corte Suprema, para más tarde con el advenimiento de la Federación, establecer el principio de que nadie puede ser preso o detenido por deudas que provengan del delito.
b) La Concepción Patrimonial: Según ella, el vínculo jurídico une al patrimonio del deudor con el del acreedor, excluye por completo el elemento personal, para darle cabida al elemento objetivo patrimonial.
c) La Concepción de Brinz: Este autor al analizar el vínculo distinguió acertadamente que este elemento puede ser descompuesto en dos sub-elementos que denomino el delito y la responsabilidad.
CARACTERÍSTICAS DE LA OBLIGACIONES
1. El carácter abstracto de sus normas, que las hace poco a poco propensas a las influencias de la sociología jurídica, que ha llevado a la idea de codificar sus normas.
2. La permanencia y la universalidad de sus normas, lleva a formar parte de la lógica jurídica, por ser materia abierta a la discusión y razonamiento lógico jurídico. Son las normas de mayor permanencia en el tiempo y las de mayor aplicación en el espacio.
3. La fuerza coercitiva de sus normas, la obligación del vínculo jurídico, las hace susceptibles de ejecución forzosa en caso de incumplimiento.
4. Sus normas no son de contenido eminentemente patrimonial, determinado en la posibilidad de valorar la prestación en sí
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