Ley De Tierras Indigenas
Enviado por luisaydb66 • 2 de Agosto de 2012 • 1.617 Palabras (7 Páginas) • 560 Visitas
LEY ORGANICA DE PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS
DE LA DEMARCACION DEL HABITAT Y TIERRAS DE LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDIGENAS
A pesar de los hechos que nos narra la historia, hoy contamos con la presencia de comunidades indígenas, descendientes de los antiguos pobladores prehispánicos y que por tanto, corresponden al origen de nuestra cultura. No se conoce el número exacto de los aborígenes que residen en el territorio nacional, debido a que esas comunidades han sufrido diversos cambios por las adaptaciones y las influencias a las que se han tenido que someter.
De este modo, en el XIII Censo General de Población y Vivienda realizado a nivel nacional en el año 2.001 (último censo realizado hasta ahora), se registraron 536.863 pobladores indígenas, es decir, un 2,3 % del total de la población.
Además, cabe destacar que el 33,3 % (178.343) de ellos fueron identificados en comunidades propiamente indígenas, esto quiere decir que la mayoría de la población indígena venezolana aún convive en comunidades ubicadas en áreas selváticas y rurales, distribuidas sobre todo a lo largo y ancho de nuestras fronteras terrestres y marítimas.
Desde los años 80, algunos pueblos indígenas venezolanos, igual que un número significativo de indígenas de otros países de Latinoamérica, han ido tomando conciencia de su situación jurídica, preocupándose por el reconocimiento y la reivindicación de sus derechos en el discurso jurídico nacional e internacional, a través de la redefinición de conceptos asociados a la diversidad cultural que abarcan desde el respeto a sus significados culturales, incluidas sus concepciones sobre las tierras y territorios tradicionales, hasta el derecho a la autonomía y autodeterminación sobre los recursos y solicitando la desocupación de los grandes terratenientes y latifundistas que han ocupado sus tierras, teniendo o no el consentimiento de los entes gubernamentales responsables.
Simultáneamente, como garantía de los derechos territoriales de los Pueblos Indígenas, el Estado está en la obligación de abstenerse o de impedir cualquier intervención exógena en los territorios y tierras indígenas aún no demarcadas ni tituladas. Según los Datos del Censo Indígena Oficial (INE, año 2001), existen en Venezuela 35 Pueblos Indígenas, que hacen parte de 2.054 comunidades, que hacen un total de 534.816 habitantes indígenas del país. Hasta ahora el Gobierno Nacional sólo ha entregado a las Comunidades Indígenas 21 Títulos de propiedad colectiva sobre sus Tierras, cifra la cual representa el 1,02 % del Total de Comunidades existentes.
Ante la persistencia de las voces indígenas, varios organismos internacionales han elaborado documentos favorables a las poblaciones indígenas, como el Convenio 169 también de la OIT, establecido en 1989, en donde se introducen por vez primera los términos de Pueblos, Tierras y Territorios, y Autodeterminación. Venezuela, al igual que otros países de América Latina, se suscribió en años recientes a este convenio internacional, apenas en 1999 con la promulgación de la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los ratificará en leyes posteriores como: la “Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas” promulgada en el 2001, así como la “Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (Lopci)” promulgada en el 2005.
No obstante, si bien ha sido importante el reconocimiento de los derechos territoriales indígenas en Latinoamérica, el camino ha estado minado de obstáculos, entre ellos la propia visión del Estado que reconoce derechos a la vez que restringe.
En el contexto venezolano, mientras los indígenas aspiran a que haya un verdadero reconocimiento de sus derechos una vez consagrados éstos en la Constitución Nacional y otras leyes, el Estado, paralelo al discurso legal promovido a favor de los grupos étnicos, tiene intereses claros de tipo económico y geopolítico sobre los recursos minerales, hídricos, vegetales, etc., que se encuentran en los territorios ocupados y reclamados por los indígenas, por lo cual la tensión entre ambas visiones no cesa.
Pero quizás incautos ante esta situación, algunas poblaciones indígenas que se encontraban sumidas en el desconcierto por la indiferencia estatal, ven en el nuevo sistema de leyes un incentivo para iniciar o retomar sus procesos de lucha por el territorio que desde tiempos ancestrales han ocupado. Entre ellos la etnia Yabarana, pueblo indígena de filiación lingüística Caribe, que constituye uno de los grupos étnicos minoritarios de Venezuela.
El reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas sobre sus hábitats y tierras, expresado en el Capítulo VIII de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, manifiesta un avance significativo en materia de derechos humanos específicos para estos pueblos.
Tal como manifiesta la Exposición de Motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al hacer referencia al Capítulo VIII, Art. 119 y en la Disposición Transitoria séptima, la demarcación del hábitat indígena se realizará en el
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