Ley Para La Defensa De Las Personas En El Acceso Para Los Bienes Y Servicios
Enviado por cyberxtremosleon • 5 de Abril de 2013 • 1.396 Palabras (6 Páginas) • 696 Visitas
Republica Bolivariana De Venezuela
Ministerio Del Poder Popular Para La Educación Superior Universitaria
Universidad Bolivariana de Venezuela
Aldea Gran Mariscal de Ayacucho
Cagua Edo Aragua
Alumnas:
Alexon Zapata
María Fernández
Zulay Lugo
Marzo, 22 / 2.013
Índice
Portada
Índice
Introducción…………………………………………………………………03
Desarrollo
Articulo 138…………………………………………………………………..04
Articulo 139 – 140…………………………………………………………...05
Articulo 141– 142…………………………………………………………....06
Articulo 143…………………………………………………………………...07
Articulo144……………………………………………………………………08
Conclusión……………………………………………………………………09
Bibliografía……………………………………………………………………10
Introducción
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el capítulo séptimo, referido a los “Derechos Económicos”, En su artículo 114 establece y faculta al Estado en la adopción de medidas para evitar sus efectos nocivos y restrictivos del ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura, la cartelización y otros delitos conexos, que deben ser penados severamente de acuerdo con la ley.
Este trabajo tiene por finalidad desarrollar lo pertinente a los delitos económicos de tipo penal previstos en la legislación venezolana.
El derecho penal, como ciencia, tiene un enorme reto en el campo de los delitos económicos, que si bien no se cometen con armas suelen ser más peligrosos en cuanto a las personas que pueden versen afectadas por estos.
Este tipo de conductas pueden defenestrar a todo el aparato económico de un estado o de una región. En adición a lo anterior resulta igualmente preocupante que la actividad realizada por el delincuente económico resulta imperceptible a las detecciones tradicionales operadas por los entes de policía utilizadas en contra de la delincuencia común y a la manera de investigar esos delitos.
El mayor porcentaje de estos hechos punibles atentan contra el patrimonio individual y económico, haciéndose cada día más común en los actuales momentos y en la mayoría de las actividades cotidianas desplegadas por los ciudadanos, es por esto que se trata de presentar los aspectos técnicos científicos desde el punto de vista del derecho para identificar las más representativas formas de la criminalidad económica de manera de conocer su estructura y con ello crear interrogantes en torno a la forma en la cual se estudian dichos tipos que se les otorga.
Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso para los Bienes y Servicios
Título VII
De Los Delitos Y Las Penas
Capítulo I
De La Especulación, El Acaparamiento,
El Boicot, Alteración Fraudulenta De Precios, Alteración Fraudulenta De Condiciones
De Oferta Y Demanda, Y El Contrabando
De Extracción
Especulación
Artículo 138.
Quienes vendan bienes a precios superiores a los fijados por la autoridad competente, alteren la calidad o condicionen su venta, incurrirán en el delito de especulación y serán sancionados con prisión de dos a seis (años.
Análisis
El siguiente articulo expresa que:
En un sentido genérico, especular significa efectuar operaciones comerciales financieras con la esperanza de obtener beneficios derivados de las variaciones de los precios o de los cambios; en un sentido restringido, puede ser definida como la operación comercial que se efectúa con mercaderías, valores o efectos públicos con fines de lucro desproporcionado”.
Acaparamiento
Artículo 139.
Quienes restrinjan la oferta, circulación o distribución de bienes o retengan los mismos, con o sin ocultamiento, para provocar escasez y aumento de los precios, incurrirán en el delito de acaparamiento y será sancionado con prisión de dos a seis años.
Análisis:
Según el artículo 139 el acaparamiento es un delito de tipo penal el cual nos indica lo que puede causar. Sin embargo, el retener cosas propias del comercio en cantidad superior a la normal, previniendo su escasez o encarecimiento, se da de inmediato la conducta sancionable.
Del Boicot
Artículo 140.
Quienes, conjunta o separadamente, desarrollen o lleven a cabo acciones, incurran en omisiones, que impidan, de manera directa o indirecta la producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes, serán sancionados con prisión de seis a diez años.
Análisis:
Cabe destacar que el boicot no es más que la presión que se ejerce sobre una persona o entidad suprimiendo o dificultando
...