Los derechos reales en general
Enviado por attac5 • 27 de Diciembre de 2015 • Apuntes • 360 Palabras (2 Páginas) • 191 Visitas
Página 1 de 2
LECCIÓN 14: Los derechos reales en general
Cosas: concepto y clases
Cosa (res) es todo objeto del mundo exterior sobre el cual pueden recaer derechos. Son objetos materiales que son jurídicamente comerciables.
Gayo distingue entre res corporales y res incorporales, son corporales las cosas que se pueden tocar (un esclavo, un vestido) e incorporales las no tangibles (una herencia, un usufructo). Existen varias clases de cosas:
- “Res in patrimonio” y “res extra patrimonium” se distinguen en que la cosa pueda estar o no comprendida en el patrimonio. También, “res in commercio” y “res extra commercium” y se distinguen por la posibilidad o imposibilidad legal de que la cosa sea objeto de negocio jurídico. 1- Res divini iuris, que comprende las res sacrae, res religiosae y las res sanctae. 2- Res communes omniumm, que son cosas que por derecho natural pertenecen al hombre. 3- Res publicae, que son las que pertenecen a la comunidad organizada en Estado.
- “Res mancipi” y “Res nec mancipi”. La primera está integrada por las cosas mas necesarias al grupo familiar primitivo y se transmitian por mancipatio. El derecho justinianeo declacara abolida la distinción de ambas.
- “Res mobile” y “Res immobiles” sustituye a la distinción de res mancipi y res nec mancipi, por la distinción de las cosas muebles y cosas inmuebles.
- Cosas consumibles y no consumibles. Las consumibles son aquellas cuyo destino lleva aparejada la destrucción o la transformación y las no consumibles son las susceptibles a un uso repetido.
- Cosas fungibles y no fungibles. Son fungibles las cosas que pueden sustituir por otras de la misma categoría y las no fungibles las apreciadas por sus características individuales.
- Cosas divisibles e indivisibles. Son divisibles las cosas que sin merma de su valor, se pueden fraccionar y las indivisibles.
- Cosas simples, cosas compuestas y universalidades de cosas. Las universalidades de cosas son varias cosas unidas bajo un sólo nombre, como por ejemplo, un rebaño.
- Cosas accesorias y partes de cosas. Ejemplos de cosas accesorias son las pertenencias del fundo y de la casa. Pars es un elemento integrador de la cosa, es decir, contribuye de modo necesario y no accidental, a su perfección (vela de barco, tapa de un pozo).
...
Disponible sólo en Clubensayos.com