Matrimonio Internacional
Enviado por caraeguevo • 28 de Julio de 2013 • 3.408 Palabras (14 Páginas) • 641 Visitas
El Matrimonio desde el punto de vista del Derecho Internacional
Es una institución que crea un vínculo conyugal entre sus miembros, lazo que es reconocido socialmente y establece entre los cónyuges una serie de obligaciones y derechos que también son fijados por el derecho.
Desde el punto de vista del Derecho Internacional, el matrimonio plantea una serie de problemas en cuanto a la determinación de la ley competente, de sus efectos civiles e incluso en lo que se refiere a su validez. Esto se debe fundamentalmente a la diversidad de ordenamientos jurídicos con sus diversas concepciones, las cuales dan lugar a diferentes apreciaciones jurídicas y, por lo tanto, a verdaderos conflictos de leyes.
En este sentido, una de las fuentes de estos conflictos estriba en el establecimiento en ciertos ordenamientos jurídicos de la concepción canónica del matrimonio. De manera que un matrimonio, válido según un ordenamiento es inválido según otro por no haberse cumplido en este matrimonio las exigencias canónicas exigidas por esta última legislación. Estos son los llamados "matrimonios claudicantes" válidos en una parte e inválidos en otra.
Desde un punto de vista jurídico el matrimonio es una institución social que por su contexto jurídico tiene las exigencias de forma y fondo del contrato y, por lo tanto, genera obligaciones y derechos como todo contrato. Desde este punto de vista, el matrimonio modifica y crea un nuevo estado, modifica y crea nueva capacidad emancipando al menor, por ejemplo, e interviene profundamente en materia de bienes, pues a partir del matrimonio se vivirá en comunidad, se hayan aportados bienes o no al mismo
Elementos integrantes del matrimonio
Dentro de esta institución podemos distinguir dos elementos: uno intrínseco; el otro extrínseco. Los primeros son los elementos constitutivos que versan sobre el fondo de la misma institución como son el consentimiento y la capacidad, en cambio, los segundos versan sobre la forma, es decir, los requisitos de forma y demás solemnidades necesarias para la celebración del matrimonio
Sistema jurídico aplicable al matrimonio en el Derecho Venezolano
En Venezuela, el régimen legal del matrimonio está basado en el principio de la ley personal. Según este principio, las leyes concernientes al estado y capacidad obligan a los venezolanos, así residan o tengan su domicilio en país extranjero. Por lo tanto, no es competente para regir el matrimonio la ley del domicilio sino la de la nacionalidad.
Este régimen legal podría ser analizado en tres casos, a saber, matrimonio de venezolano en el exterior; matrimonio de extranjero en Venezuela; y matrimonio de extranjero en el exterior. De acuerdo con el primer caso, el venezolano está obligado a acatar el principio de la nacionalidad consagrado en elArtículo 9 del Código Civil, pues el matrimonio es el acto jurídico por excelencia que modifica el status jurídico de la persona en cuanto al estado y para el cual la ley establece una capacidad especial. En este sentido se analizaran los tres casos, a saber:
- Matrimonio de venezolano en el exterior:Por consiguiente, la ley establece que el matrimonio del venezolano en el exterior se celebra con observancia de la ley venezolana referente a su estado y capacidad y, por lo tanto, el venezolano debed remitir, dentro de los seis meses de haberse celebrado el matrimonio, copia legalizada del mismo a los. efectos de su inserción en los registros del estado civil que se lleva en Venezuela en la parroquia o municipio de su último domicilio en el país, esta es la obligación que se tiene establecida con motivo de la realización del matrimonio por parte de venezolano en el exterior, pues el requisito establecido en el Código Civil del 22 de que el Juez de Primera Instancia examinara las actas matrimoniales antes de su inserción a los efectos de comprobar si se habían cumplido las leyes venezolanas referente al estado y capacidad, quedó derogado, Por consiguiente, todo matrimonio de venezolano en el exterior, válido según la ley local pero inválido según la ley venezolana, se regirá en Venezuela por las causas de anulación que establece el Código Civil en sus artículos 117 a 130, sin necesidad de que haya un pronunciamiento previo antes de su inserción
- Matrimonio de extranjero en Venezuela: Con relación a ello se debe dejar sentado que tal matrimonio se rige, como en el caso del venezolano en el exterior, por la ley personal. Por consiguiente, el matrimonio se regirá, en lo que se refiere al estado y capacidad del extranjero, no por la ley venezolana sino por su ley personal. Esto es un resultado evidente del acatamiento que se debe a los principiosdel Derecho Internacional Privado y a un mandato expreso de nuestra legislación (498), según la cual al extranjero, excepcionalmente, se le aplicarán leyes extranjeras en aquellos casos permitidos por el Derecho Internacional Privado.
En consecuencia, nuestro Código Civil dispone que el extranjero antes de celebrar el matrimonio en Venezuela compruebe fehacientemente de que es soltero, viudo o divorciado y de que es hábil para contraer matrimonio según su ley personal. Uno delos medios de prueba que prevé el Código es un justificativo levantado ame una Notaría o un Tribunal, según sea el caso, en el cual testigos capaces en número de tres den testimonio fundado y circunstanciado de que dicho extranjero es hábil para contraer matrimonio según su ley personal, por tener la edad requerida para ello y ser soltero, viudo o divorciado, todo conforme a su ley nacional. Es evidente que la prueba de la viudez o divorcio o anulación de un matrimonio anterior no podrá suplirse sino por la respectiva acta de defunción del extinto cónyuge o justificativo judicial o por la sentencia, definitivamente firme y ejecutoriada que ha pronunciado el divorcio o la anulación y debidamente pasada por el exequátur si ello ha ocurrido en el exterior
- Matrimonio del extranjero en el exterior: El tercer caso Este matrimonio es válido en Venezuela en atención del principio lucus regit actum contenido en el Art. 11 del Código Civil, porque la ley competente para calificar ce válido el matrimonio en cuanto a sus requisitos intrínsecos como los extrínsecos es la ley local en donde se celebró y no la venezolana.
En el caso de que ese matrimonio extranjero se domiciliase en Venezuela tiene como obligación presentar dentro del primer año de su venida al país a la Primera Autoridad de la Parroquia o Municipio respectivo, copia legalizada del acta de su matrimonio para su correspondiente inserción en los libros de registros de matrimonios que lleva dicha autoridad. Tal registro es indispensable para reclamar cualquier efecto civil de ese matrimonio en Venezuela, ya que dicha copia
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