Medicina Preventiva
Enviado por shirlyjho • 18 de Octubre de 2013 • 1.465 Palabras (6 Páginas) • 259 Visitas
Los derechos de Segunda Generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales tienen como objetivo fundamental garantizar el bienestar económico, el acceso al trabajo, la educación y a la cultura, de tal forma que asegure el desarrollo de los seres humanos y de los pueblos. Su reconocimiento en la historia de los Derechos Humanos fue posterior a la de los derechos civiles y políticos, de allí que también sean denominados derechos de la segunda generación.
La razón de ser de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales se basa en el hecho de que el pleno respeto a la dignidad del ser humano, a su libertad y a la vigencia de la democracia, solo es posible si existen las condiciones económicas, sociales y culturales que garanticen el desarrollo de esos hombres y esos pueblos.
La vigencia de estos derechos se encuentra condicionada a las posibilidades reales de cada país, de allí que la capacidad para lograr la realización de los mismos varía de país a país.
Estos derechos económicos, sociales y culturales, pueden exigirse al Estado en la medida de los recursos que efectivamente él tenga, pero esto no significa que el Estado puede utilizar como excusa para el cumplimiento de sus obligaciones, el no poseer recursos cuando en realidad dispone de ellos.
En este aspecto, deben verificarse los indicadores de desarrollo integral en relación con la distribución que hace el Poder Público de sus ingresos en razón de la justicia social.
Derechos de Segunda generación o Derechos Económicos, Sociales y Culturales
• Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales
• Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias
• Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses
• Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios sociales necesarios
• Toda persona tiene derecho a la salud física y mental
• Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y asistencia especiales
• Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades
• La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita
• Los derechos sociales, económicos y culturales, consagrados en los artículos 42 a 77, hacen referencia a los conceptos de calidad de vida y satisfacción de las necesidades básicas. Allí, además, se deja claro que la mujer tiene igualdad de derechos con el hombre, y que por tanto, no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación.
• De otra parte, la Constitución otorga gran importancia a la protección y formación integral de niños y adolescentes. Precisamente, en los artículos 44 y 45, el documento constitucional asegura que la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, entre otros, deben garantizarse para la población joven de Colombia.
• En el mismo sentido, la carta constitucional deja claro que el Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración para los disminuidos físicos y mentales.
• En cuanto a la salud, la Constitución, junto al sector privado, propone ampliar la cobertura de la seguridad social que comprende la prestación de los servicios médicos.
• Entre otros derechos de tipo económico, social y cultural figuran: derecho a una vivienda digna, derecho a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre; derecho de huelga, derecho a la propiedad privada; y derecho a la educación, el cual es concebido como un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, además, garantiza la autonomía universitaria y el Estado se compromete a promover y fomentar las manifestaciones culturales. Finalmente, la Constitución garantiza la libertad de prensa y el derecho de acceder a los documentos públicos.
Conclusión.
El cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Nueva York firmado el 16 de Diciembre de 1966 contiene principios normativos fundamentales para el seguimiento de los derechos humanos. Aún no se han tomado medidas concretas para su cumplimiento; pero ya hay conciencia plena mundial de tomar acciones para el desarrollo de las clases sociales.
Podemos concluir, entonces, que el desarrollo político, económico y social de un país depende en gran medida de las resoluciones que se tomen sobre estos derechos. La sociedad sólo conseguirá su cometido rumbo al bien común en tanto los derechos y deberes humanos sean cumplidos cabalmente y cada obligación, sea del Estado o del particular, sea visualizada en torno al desarrollo personal y social en general.
Los derechos económicos, sociales: y culturales están plenamente reconocidos
por la comunidad internacional y también en toda la legislación internacional
de derechos humanos. Aunque estos derechos
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