Mercantil
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INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES Y DE ADMINISTRACION PÚBLICA DE LA FSTSE
9° CUATRIMESTRE
MATERIA: PRACTICA FORENSE DE DERECHO MERCANTIL
TEMA II
MAESTRA: ROSARIO PACHECO
ALUMNO: MANUELA ALCOCER ESPINOSA
SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, A DE FEBRERO DEL 2014.
C.ALBERTO MONTEJO DE LA OCA
JUEZ
PRESENTE
VICTORIA JONAPA HERNANDEZ, promoviendo por mi propio derecho y señalando como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en CALLE 9 MANZANA 16 LOTE 1 INF. JUSTO SIERRA MENDEZ, autorizando para que en mi nombre y representación las reciba MANUELA ALCOCER ESPINOSA, con numero de cedula profesional 5381143 en términos de lo dispuesto por el párrafo tercero del artículo 1069 del Código de Comercio; ante Usted con el debido respeto comparezco y manifiesto:
QUE, por medio del presente escrito, con la personalidad con que me ostento, en la vía ordinaria mercantil y en ejercicio de la acción causal, vengo a demandar al señor JONAS HERNANDEZ VAZQUEZ, en su carácter de deudor principal y al señor ALVARO HERNADEZ FUENTES, en su calidad de aval, de los documentos mercantiles pagareque como fundatorios de la acción acompañamos al presente escrito de quienes señalo domicilio para que sean debidamente emplazados a juicio, el ubicado en la CALLE CINCO RIENTE NUMERO DIEZ INTERIOR TRES DE SAN FRANCISCO DE CAMPECHE DE LA CIUDADE DE CAMPECHE; reclamándoles las siguientes prestaciones legales:
P R E S T A C I O N E S
A) El pago de la cantidad de $30,000 (TREINTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) por concepto de suerte principal de la suma de la serie de dos títulos de crédito en su modalidad de “pagares” que en original y fotocopia simple fundatorio de mi acción acompaño al presente escrito, los cuales se detallarán en el capítulo de hechos de esta demanda.
B) El pago de los intereses moratorios causados a razón del 3% (tres por ciento) mensual, contados a partir de que mis ahora demandados se constituyeron en mora, así como los que se sigan causando hasta que se me haga el pago total de la suerte principal y demás accesorios legales reclamados; intereses derivados de la suerte principal por la cantidad de $36,000 (TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL).
C) El pago de los gastos y costas, que se originen con la tramitación del presente juicio hasta su conclusión.
Fundo mi demanda en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de derecho.
H E C H O S
1.- En esta Ciudad de SAN FRANCISCO DE CAMPECHE, con fecha diecinueve de abril de dos mil once, el señor JONAS HERNANDEZ VAZQUEZ,, en su carácter de deudor principal y el señor ALVARO HERNADEZ FUENTES, en su calidad de aval, suscribieron a favor del suscrito VICTORIA JONAPA HERNANDEZ, una serie de títulos de crédito en su modalidad de pagares, el primero de ellos marcado con el numero 075 por la cantidad de y con fecha de vencimiento el día veinticinco de mayo de dos mil once; y el segundo de ellos, marcado con el numero 2/2, por la cantidad de $30,000.00 (TREINTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) y con fecha de vencimiento el día veinticinco de junio de dos mil once, pactándose en ambos títulos un interés moratorio mensual del 3% (tres por ciento); según lo acredito desde este momento con el pagare relativos que en original y fotocopia simple como fundatorios de mi acción acompaño a esta demanda.
2.- La suscripción del documento mercantil “pagare” referidos en el punto de hechos inmediato anterior, fue con motivo de que el día diecinueve de Abril de dos mil once, encontrándonos CALLE 9 MANZANA 16 LOTE 1 INF. JUSTO SIERRA MENDEZ, siendo aproximadamente las ocho treinta horas, realice un préstamo de dinero en efectivo a mi hoy demandado JONAS HERNANDEZ VAZQUEZ, por la cantidad de (TREINTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL)recibiendo el citado JONAS HERNANDEZ VAZQUEZ de mano del suscrito y a su entera conformidad el citado numerario, firmándome de su puño y letra, como garantía de pago, la serie de título de crédito en su modalidad de pagare que exhibo como base de la acción ejercitada, por la cantidad de 30,000 (TREINTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) y con fecha de vencimiento el día veinticinco de mayo de dos mil once; firmando también ese momento como aval de dicho documento, el señor ALVARO HERNADEZ FUENTES.
3.- La entrega del numerario citado en el punto de hechos que antecede, así como la suscripción por parte del deudor principal y del aval del título valore en su modalidad de pagare que exhibo como fundatorios de la acción, fue realizada, en el lugar y fecha citados, ante la presencia de los señores MIGUEL LOPEZ SERDAN y JOSE SALAS RAMIREZ a quienes siendo conocidos míos, les pedí que por seguridad me acompañaran a entregar el dinero al señor JONAS HERNANDEZ VAZQUEZ, como así efectivamente lo hicieron, por lo que ambos presenciaron los hechos contenidos en la presente demanda.
4.- Tal y como se desprende del documento mercantil pagare relacionado con esta demanda, respectivamente marcado con el numero 075, que en original y como fundatorios de la acción acompaño al presente escrito de demanda y a los cuales he hecho referencia en el punto de hechos inmediato anterior, ambos ya se encuentran vencidos, sin que hasta la presente fecha los señores JONAS HERNANDEZ VAZQUEZ, en calidad de deudor principal y ALVARO HERNADEZ FUENTES, en su calidad de aval, hayan realizado el pago de los mismos en termino de ley; y no obstante las múltiples gestiones extrajudiciales llevadas a cabo en lo particular por el suscrito y realizadas a los citados deudor y al aval, a efecto de lograr el cobro de los documentos fundatorios de la presente acción, ello hasta la presente no me ha sido posible, razón por la cual me veo en la necesidad de tener que demandarlos, ejercitando las acciones que conforme al derecho me corresponden.
D E R E C H O
I.- Es Usted competente para conocer del presente juicio, en términos de lo dispuesto por los artículos *1090, 1104 y demás relativos del Código de Comercio.
II.- Mi personalidad la demuestro de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
III.- El Procedimiento se encuentra regido en términos de lo dispuesto en los artículos del 1377 al 1390, y demás relativos del Código de Comercio en Vigor.
IV.- En cuanto al fondo de la acción,
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