Nacionalidad
Enviado por magi0 • 19 de Diciembre de 2013 • 1.670 Palabras (7 Páginas) • 192 Visitas
2. NACIONALIDAD.
2.1 CONCEPTO.
Nacionalidad es un concepto polisémico de gran importancia en las ciencias sociales, el derecho privado, el derecho constitucional y las relaciones internacionales; que puede referirse a:
Nacionalidad jurídica, administrativa o de pasaporte: la pertenencia de una persona a un ordenamiento jurídico concreto. Este vínculo de un individuo con un Estado genera derechos y deberes recíprocos; y para el constitucionalismo contemporáneo implica el concepto de soberanía nacional.1 Por ejemplo: argentino, mexicano, canadiense, brasileño, colombiano, peruano, venezolano, ruso, español, francés, etc.
Nacionalidad social, identitaria o de sentimiento: la pertenencia a un grupo social de fuerte personalidad identitaria (el carácter nacional de un pueblo), que se identifica con el concepto (también polisémico) de nación, especialmente en el contexto del nacionalismo que se impone como ideología constitutiva del estado-nación a partir del siglo XIX. La identificación de este concepto con el anterior depende de la aplicación del denominado principio de nacionalidad (identidad entre nación y Estado), que históricamente se pretendió generalizar en Europa tras la Primera Guerra Mundial (como consecuencia de los denominados 14 puntos de Wilson) y en la mayor parte del mundo tras la Segunda Guerra Mundial (procesos de descolonización). Tal pretensión ha sido considerada por variados autores imposible de realizar en la práctica dada la multiplicidad de identidades y confusión entre diferentes comunidades, culturas, lenguas, religiones, territorios y fronteras (por ejemplo, entre vasco, catalán, quebequense, californiano, nayarita, sinaloense, jalisciense, huichol, cora, tepehuano, serrano, costeño, norteño, etc.) 2 , pero es de facto lo que ocurre en los estados ya asentados (la mayoría de los estados actuales son plurinacionales en el sentido de albergar más nacionalidades que la nacionalidad singular que normalmente lo origina).
Nacionalidad histórica: la denominación que la Constitución española de 1978 reserva para ciertas comunidades autónomas (las llamadas nacionalidades históricas), en lugar de la denominación común de regiones.3 Por ejemplo: Galicia, Aragón, País Vasco, cataluña, etc.
2.2 NACIONALIDAD EN MEXICO.
La Nacionalidad Mexicana
LA NACIONALIDAD MEXICANA, “LA DOBLE NACIONALIDAD” Y LA NO PÉRDIDA DE NACIONALIDAD MEXICANA.
Son mexicanos por nacimiento:
a) las personas que nazcan en el territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres;
b) los hijos de padres mexicanos nacidos en México o en el extranjero y
c) quienes nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres.
Ningún mexicano por nacimiento puede ser privado de su nacionalidad. La no privación de la nacionalidad mexicana es un beneficio al que pueden acogerse todos los mexicanos por nacimiento que hayan adquirido una nacionalidad extranjera antes del 20 de marzo de 1998.
Quienes hayan adquirido otra nacionalidad o hayan alcanzado la mayoría de edad después del 20 de marzo de 1998 y sean mexicanos por nacimiento y tengan derecho a otra nacionalidad, se beneficiarán automáticamente de la doble nacionalidad, por lo que no necesitarán realizar ningún trámite.
La “doble nacionalidad” se refiere al beneficio de no perder la nacionalidad mexicana aunque se haya adquirido otra u otras nacionalidades que se hayan adquirido de forma natural o voluntaria. Esto significa que el Gobierno Mexicano ya no exige a los mexicanos por nacimiento la renuncia a tercera nacionalidad ni la protesta de sumisión.
Sólo los mexicanos por nacimiento pueden beneficiarse de la doble o múltiple nacionalidad, a los cuales se aplicarán las leyes mexicanas cuando estén en territorio nacional, lo que implica que tendrán igualdad jurídica respecto a los demás mexicanos, podrán conservar o adquirir todos los derechos o bienes adquiridos como mexicanos, gozarán de las mismas condiciones laborales que cualquier otro mexicano, accederán a cualquier institución educativa y podrán realizar cualquier tipo de actividad o inversión.
La única diferencia con los demás mexicanos, es que si quisieran ejercer cargos o funciones públicas en las que se requiere ser mexicano por nacimiento y cuenten con doble o múltiple nacionalidad, deberán renunciar a dicho privilegio ante las autoridades mexicanas. Asimismo, aquellos mexicanos con doble nacionalidad que deseen ejercer algún cargo público para un tercer Estado, para no perder este privilegio deberán obtener el permiso correspondiente por parte del Poder Legislativo mexicano previo a iniciar dicha función.
Los varones que tengan doble nacionalidad y vivan en el extranjero, están exentos de cumplir con el Servicio Militar Nacional, para lo cual deberán presentar la solicitud del caso ante la oficina consular una vez que hayan cumplido la mayoría de edad.
Cabe señalar que todos los beneficios de la doble nacionalidad operan siempre y cuando la persona no invoque la protección de otro Gobierno para obtener beneficios o privilegios en México o ingrese a México del extranjero ostentando un pasaporte distinto al mexicano.
Para mayor información, favor de consultar el sitio WEB de la Secretaría de Relaciones Exteriores o a la Sección Consular de la Embajada de México.
¿Quiénes deberán realizar el trámite?
Todos los mexicanos por nacimiento o de origen mexicano ya naturalizadas en el extranjero, podrán beneficiarse de la recuperación de la nacionalidad., mediante la comprobación de la nacionalidad mexicana con cualquiera de los siguientes documentos:
1. El acta de nacimiento.
2. El Certificado de Nacionalidad Mexicana por nacimiento.
3. La Declaración de Nacionalidad Mexicana por nacimiento.
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