Nacionalidad
Enviado por Eric121091 • 27 de Mayo de 2014 • 1.935 Palabras (8 Páginas) • 260 Visitas
Guía de Examen D.I. Pr.
1.- ¿Cómo define al D.I . Pr. El ius privatista francés juan paulino Niboyet?
Es la rama del derecho público que tiene por objeto fijar la nacionalidad de los individuos determinar los derechos de que gozan los extranjeros resolver los conflictos de leyes referentes al nacimiento de los derechos y asegurar por último al estos derechos.
2.- ¿De acuerdo con Leonel Pereznieto Castro cual es contenido material?
I.- La Nacionalidad
II.- Situación o Condición Jurídica de los Extranjeros o de Extranjería
• Extradición
• Expulsión
• Deportación
III.- Conflictos de Leyes
IV.- Conflicto de Competencia Judicial
3.- ¿Qué es el derecho de Nacionalidad?
Es un lazo político y jurídico que une a un individuo con un Estado.
4.- ¿Cómo se define el derecho de Extranjería?
Calidad o condición que según con la leyes corresponde al extranjero residente en un determinado país mientras no se obtenga en él la naturalización/ situación jurídica del extranjero.
5.- ¿Qué es un conflicto de leyes?
El conflicto Internacional: es realmente un conflicto de soberanía, ya que cada soberano es independiente en su territorio y no admite la aplicación de la ley extranjera, si no dentro del límite que le convenga.
1. Conflicto de leyes internacionales que surgen entre leyes de los Estados soberanos.
2. Conflicto interprovinciales o interestatales que nacen dentro de los estados cuando la legislación no es uniforme.
6.- ¿Cómo se define los llamados conflictos de competencia judicial?
Tienen lugar cuando dos o más órganos jurisdiccionales pretenden decidir, de manera directa o indirecta sobre un mismo caso en que se ventila un problema derivado del tráfico jurídico internacional.
7.- ¿Distinga a la competencia directa internacional de la competencia indirecta internacional?
La C.D.I.= disputa de competencia entre 2 dos más jueces, elección de juez que conocerá y resolverá, un conflicto de naturaleza internacional.
La C.I.I.= Termina con una declaratoria de validez de un sentencia extranjera., si ejecuto, no ejecuto.
8.- ¿De acuerdo con el derecho Estadunidense ¿Cuál es el contenido material del DIPr.? Conflicto de competencia Judicial
9.- ¿Por qué razón se afirma que no existe un DIPr. Uniforme?
el derecho uniforme es lo que los ordenamientos jurídicos tratan de seguir, ósea, que las normas o jurisprudencia de un estado, sean similares o mejor dicho sean lo mas semejantes posibles, los jueces aplicando las normas o jurisprudencia, los resuelvan de la manera mas uniforme o semejante. Esto se tiende a buscar, para que no haya distintas soluciones al mismo caso.
10.- ¿Cuáles son las críticas a la denominación DIPr?
Ni es internacional, ni es privado: las normas prohíben distancia en el derecho privado interno, se localiza en todo el sistema jurídico mexicano.
11.- ¿mencione por los menos otras 5 propuestas en cuanto a la denominación DIPr?
1. Derecho Internacional de la Nacionalidad
2. Derecho Internacional de Colisión
3. Derecho Internacional humanitario
4. Derecho Internacional comercial
5. Derecho Internacional jursidiccional
12.- ¿Cuál es el objetivo del DIPr?
Consiste en el estudio de los diversos métodos que se emplean en la resolución de la problemática derivada del tráfico jurídico internacional.
13.- ¿Cuáles son los fines del DIPr?
Procurar la armonía entre normas jurídicas de diversos Estados que concurren en una sola relación de derecho, obtener la seguridad de los derechos en el orden internacional.
14.- ¿Distinguir al derecho Interno y derecho internacional Público del derecho Privado?
Derecho Interno Derecho internacional
Privado Derecho Internacional Público
Def. Conjunto de normas jurídicas relativas a un Estado (no federado nación) Normas jurídicas aplicables a la comunidad internacional.
Criterio: creación proceso legislativo, actividad órganos jurisdiccionales. A partir voluntad acuerdos, resoluciones emitidas por órganos jurisdiccionales con facultades supranacionalitas adquirido el carácter de jurisprudencia internacional. Objeto: normas internacionales emanan de un procedimiento legislativo.
Destinatarios: pobladores de un Estado que a creado el derecho interno. La población de los Estados miembros de la comunidad internacional. Miembros de la comunidad internacional, estados nación, exterior a partir de acuerdos, tratados inter.
Vigencia: poder público así lo declara, cuando son abrogados y derogados. Cláusula Especial.
15.- ¿Qué es la Nacionalidad (punto de vista sociológico y jurídico)?
• Es un vínculo jurídico y político del cual una persona se convierte en miembro de una comunidad.
• La pretensión de una persona a un orden jurídico concreto, esto vinculado de un individuo con un Estado.
16.- ¿Cuáles son las diferencias entre las expresiones nación y Estado?
La nación se ubica dentro de los elementos esenciales del Estado que es la población;
La población es constitutiva de todo Estado, la cual se integra por nacionales y extranjeros y excepcionalmente encontramos apátridas.
17.- ¿Cómo esta constituida o distribuida la población constitutiva de todo Estado
18.- ¿Distinguir a las expresiones nacionalidad-ciudadanía?
No todo nacional es ciudadano, sin embargo todo ciudadano es nacional.
La ciudadanía no se otorga a los extranjeros.
Nacionalidad= nacimiento vínculo jurídico
Ciudadanía= vínculo político
19.- ¿Cómo se adquiere la Nacionalidad?
Nacimiento (jus soli) (jus sanguinis) o Naturalización
20.- ¿Por qué causas se pierde la nacionalidad mexicana por naturalización y ciudadanía?
La nacionalidad mexicana por naturalización se perderá:
Por adquisición voluntaria de una nacionalidad extranjera;
Por hacerse pasar en cualquier instrumento público, como extranjero;
Por usar pasaporte extranjero o por aceptar o usar títulos nobiliarios que implique sumisión a un Estado extranjero;
Por residir 5 años continuos en el extranjero.
Art. 37 Constitucional, apartado B.
La ciudadanía mexicana se pierde:
I. Por aceptar o usar títulos nobiliarios de gobiernos extranjeros;
II. Por prestar voluntariamente servicios o funciones oficiales a un gobierno extranjero, sin permiso del Ejecutivo Federal;
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