Nueva lex mercatoria
Enviado por • 1 de Septiembre de 2013 • 925 Palabras (4 Páginas) • 407 Visitas
Nueva lex mercatoria
En las últimas décadas se han producido movimientos armonizadores de convenciones internacionales y otros instrumentos que pretenden regular las operaciones de comercio internacional, es este el resurgir de la lex mercatoria.
Tres principales razones explican el fenómeno anteriormente descrito:
Las diferencias importantes en los sistemas jurídicos nacionales, que impiden la consolidación de un marco legal uniforme para el mercado global de negocios la incapacidad de las leyes locales de regular operaciones complejas de tipo transnacional.
La creciente consolidación del arbitraje como medio de resolución de las disputas que derivan de operaciones transnacionales, y la recepción positiva de la figura del arbitraje por las leyes locales.
La nueva lex mercatoria es producto de una recepción de los valores y conceptos fundamentales del Derecho Romano (buena fe, culpa, diligencia, etc) y de una recepción de la práctica contractual anglosajona (leasing, franchising, factoring, know how, joint venture, etc)20.
Esta nueva lex mercatoria tiene como efecto un volver al pasado, al inicio del comercio de los hombres, un comercio basado en las costumbres y no en el papel, claro está agregando figuras nuevas que son parte de la modernidad de nuestros tiempos. Podemos ejemplificar esta afirmación señalando las características de esta nueva lex mercatoria:
Es creada por los comerciantes: en la edad media y en la Grecia antigua, eran los mismos comerciantes que con sus transacciones diarias imponían las reglas del juego; hoy en día son las cámaras de comercio quienes recopilan los usos y costumbres de los nuevos comerciantes (Ej. INCOTERMS)
Al igual que en sus bases, es un derecho “real” y móvil, cambia constantemente, pues está sujeto a las prácticas comerciales; su principal fuente es la costumbre de los comerciantes, quienes cu práctica diaria van creando verdaderas normas de derecho21.
Resolución de conflictos: Al igual que en los tiempos de los gremios, las mismas partes son quienes escogen quien será aquel que dirima los conflictos que surjan de la relación comercial, hoy en día son árbitros quienes juegan este papel; esta situación se incrementa además con la lentitud en la que operan los tribunales nacionales (el caso de CR) que trae consecuencias negativas al desenvolvimiento ágil del comercio.
Rapidez e informalidad: se reconoce que los conflictos entre comerciantes no pueden estar sujetos a las formalidades propias de un juicio ordinario, de ahí que el procedimiento debe ser sumario, sin interpocisión de incidentes y otros recursos que atrasen el proceso22.
Equidad: Influenciado por el derecho Canónico, los conflictos pueden ser resueltos según la equidad23.
Transnacional: La nueva lex Mercatoria trasciende las fronteras nacionales, por lo que no se agota en las leyes o costumbres locales. Involucra transacciones entre personas de distintas naciones, logrando establecer reglas comunes, a pesar de las distintas reglas que se aplican en cada país.
El carácter trasnacional ha sido ha sido acentuado por Fouchard, quien llega a hablar de un derecho “nacional” o “extraestático”, y que algunos le llaman
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