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LA LEX MERCATORIA


Enviado por   •  18 de Octubre de 2013  •  1.316 Palabras (6 Páginas)  •  400 Visitas

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URA DEL FORMALISMO EN LA CIENCIA DEL DERECHO

El formalismo consiste en aplicar con rigurosidad, y sin desviarse de sus preceptos, una determina doctrina o metodología en el desarrollo de un proceso investigativo o de enseñanza. El término, de todas maneras, tiene varios usos según el ámbito.

Dentro del contexto del arte, el formalismo es la corriente que exalta el valor de la estética por sobre otras consideraciones. Por eso los formalistas creen que el arte debe juzgarse por su condición estética más allá de aspectos sociales o éticos vinculados a la obra.El formalismo, por otra parte, otorga mucha importancia a las características formales (abstractas) de las creaciones, como la forma, la estructura o la composición.

Para la literatura, el formalismo es una tendencia que nació en territorio ruso alrededor de 1914 y que está basada en entender a las obras literarias como una estructura particular del lenguaje. Esto quiere decir que la literatura, para los teóricos y los críticos formalistas, no resulta útil desde el punto de vista pragmático. Dentro de este citado formalismo ruso no podemos dejar pasar la oportunidad de mencionar al que está considerado como el padre del mismo. Se trata de Víktor Shklovski que además ha pasado a la historia por haber creado el OPOYAZ, la Sociedad para el Estudio del lenguaje poético, en cuyo seno se desarrollaron algunas de las teorías más importantes dentro de ese citado formalismo. La estadística, la teoría de la información y la informática, entre otras disciplinas, hablan de sistema formal para mencionar a una gramática que se emplea en el desarrollo de modelos.

4. RELACION DEL POSITIVISMO JURÍDICO Y EL FORMALISMO EN EL DERECHO

Con relación al formalismo jurídico desde el punto de vista netamente formal, se considera una norma jurídica independiente de su contenido primordialmente en su estructura. Se dice que toda norma presenta problemas de tipo estructural que se diseñan y se definen sin consideración al hecho de que la norma tenga en su contenido.

En cambio el positivismo jurídico definido como aquella tendencia importante del Derecho que está precisamente en la aplicación y uso efectivo de las normas y principios, en la guerra de los hombres dentro del campo de batalla jurídico. Pues bien entraremos a analizar y a distinguir las ciencias mencionadas partiendo de la dificultad si el derecho es una ciencia o arte. Al hablar cuando se dice que el derecho es ciencia, el sujeto es el Derecho como conocimiento del mismo. “De modo que el famoso dilema es, dentro de la nomina de sofismas o vicios lógicos, un paralogismo y no un dilema. Si entendemos a la ciencia jurídica como el conocimiento del Derecho”.[1] Tanto en el positivismo como en el sentido de su coherencia, de su objetividad y de su función social estaremos en aptitud de definir el ordenamiento jurídico como “el conjunto de normas jurídicas válidas formalmente y efectivamente vigentes con contenido imperativo destinado a hacer posible la convivencia organizada de un grupo social en una determinada realidad.

5. IMPORTANCIA DE LA CODIFICACIÓN EN EL POSITIVISMO JURÍDICO

La codificación constituyó un supuesto de capital de importancia en el desarrollo de la ciencia jurídica contemporánea y en la evolución del método jurídico, afectando, tanto a la metodología de construcción de la ciencia del derecho, como a los procedimientos de su aplicación, afirma ilustrativamente al respecto M. Losano, que el debate sobre las codificaciones caracteriza todo el siglo XIX, a partir de un nuevo texto sagrado: el código de Napoleón de 1804. Toda la cultura jurídica europea está dominada por la exégesis de ese código o por la oposición a la codificación. Por consenso y disenso, el punto de referencia es siempre el Código napoleónico. La escuela de la exégesis y la jurisprudencia de conceptos, aun por caminos diferentes, coincidirán así en defender un modelos de ciencia jurídica formalista y una ideología de la labor jurisdiccional como tarea técnica, no valorativa y políticamente irresponsable. Por su parte , la jurisprudencia

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