Nulidad Absoluta
Enviado por cruzzazul • 4 de Febrero de 2013 • 281 Palabras (2 Páginas) • 660 Visitas
[J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Julio de 1997; Pág. 23
COMPETENCIA. DE LOS JUICIOS ORDINARIOS CIVILES DEBERÁ CONOCER EL JUEZ DEL FUERO COMÚN, EN APLICACIÓN DE LEYES COMUNES, CUANDO SE DEMANDA LA DECLARACIÓN JUDICIAL DE NULIDAD ABSOLUTA DE UN JUICIO CONCLUIDO, POR SER RESULTADO DE UN PROCESO FRAUDULENTO.
Del estudio relacionado del artículo 104, fracción I-A, de la Constitución, que dispone sobre el cumplimiento y la aplicación de leyes federales, con el artículo 124 de la misma Carta Magna, cuyo texto señala que las facultades que no están expresamente concedidas por la Constitución a los funcionarios federales, se entienden reservadas a los de los Estados, debe entenderse que los tribunales locales son competentes para conocer de las controversias que se susciten sobre el cumplimiento y aplicación de las leyes locales, puesto que esta materia no es competencia de los tribunales de la Federación. Ahora bien, cuando se promueve a través del juicio, origen de un conflicto competencial, la nulidad absoluta de un juicio concluido por ser resultado de un proceso fraudulento, siendo la materia de la litis, el procedimiento seguido en ese juicio, y no en sí el de revisar de nueva cuenta la litis del juicio cuya nulidad se pide, cabe concluir que al ser un litigio regido por el Código Civil de una entidad federativa, y que los preceptos que norman el procedimiento son los contemplados por el Código de Procedimientos Civiles para el propio Estado, le corresponde su conocimiento al Juez del fuero común, por aplicación de leyes locales, es decir, la competencia sólo se surte en favor de éste y no a elección del actor, entre el fuero federal y el común.
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