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ORDINARIO CIVIL POR CONTROVERSIA FAMILIAR


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2015  •  Tutorial  •  4.014 Palabras (17 Páginas)  •  221 Visitas

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MONTENEGRO QUINTERO FIDEL ALBERTO.

                        VS

EVER JOAQUIN VALDEZ ESPINOZA

                             Y

MARIA ALICIA ARGUELLES LOPEZ.

JUICIO: ORDINARIO CIVIL POR CONTROVERSIA FAMILIAR.

EXPEDIENTE NUM.

ESCRITO INICIAL DE DEMANDA.

C.  JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO COMPETENTE

EN LA CIUDAD DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA.

P R E S E N T E.

FIDEL ALBERTO MONTENEGRO QUINTERO, promoviendo por mi propio derecho en mi carácter de parte actora, personalidad que solicito atentamente a su Señoría se digne acreditar y reconocer como más adelante se hará valer, autorizando para oír y recibir toda clase de citas, notificaciones y documentos al  LIC. OSCAR ENRIQUE BLEDT GARCIA, señalando desde este momento como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, documentos y valores, el inmueble marcado con el número 20001 de la calle Nueve Sur, de la Ciudad Industrial de Otay, en esta Ciudad de Tijuana Baja California, c.p. 22510, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Por medio del presente libelo, y en mi carácter de Padre del Menor EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES, vengo a demandar en la Vía ORDINARIA CIVIL POR CONTROVERSIA FAMILIAR, a los Señores EVER JOAQUIN VALDEZ ESPINOZA, quien tiene su domicilio en CALLE OCHO DE MARZO NUMERO 1356, COLONIA DIEZ DE MAYO, TIJUANA BAJA CALIFORNIA, y a la C. MARIA ALICIA ARGUELLES LOPEZ, quien tiene su domicilio en CALLE 25 DE SEPTIEMBRE NUMERO 1746, COLONIA DIEZ DE MAYO, TIJUANA BAJA CALIFORNIA, el cumplimiento de las siguientes;

P R E S T A C I O N E S

1) La Declaración Judicial que se sirva pronunciar su Señoría, en el sentido de que el Suscrito es el Padre del menor de nombre EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES, como consecuencia de ello que el suscrito deberá de recobrar los derechos y obligaciones de Paternidad y Filiación hacia el menor y ser reconocido como Padre de dicho menor, con todas sus consecuencias legales. Asumiendo en todo caso los derechos y obligaciones que la Ley establece para ello.

2) Como consecuencia de la prestación inmediata se gire atento oficio al C. Director del Registro Civil de esta Ciudad, a efecto de que se lleve a cabo la anotación respectiva en el Acta de Nacimiento de mí Menor Hijo el cambio del Apellido Paterno de dicho Menor. Sustiyendose el Apellido Paterno de VALDEZ por el Apellido Paterno MONTENEGRO, el cual corresponde al del Suscrito y que es el Padre del menor es un servidor.

3) La declaración judicial que se sirva pronunciar su Señoría, en el sentido de que el codemandado de Nombre EVER JOAQUIN VALDEZ ESPINOZA, se le revoquen todos los Derechos y Obligaciones con Respecto del Menor EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES, Toda vez que El NO es el Padre de dicho Menor, con todas sus consecuencias Legales, en especial que se le revoque la Patria Potestad que ejerce a la fecha de mi Menor Hijo. Las anteriores prestaciones se basan en el hecho de que se me oculto el Nacimiento de mi Menor Hijo y es mi deseo ejercer mis derechos de Paternidad y Filiación.

Fundo la presente demanda en las siguientes consideraciones de Hechos y preceptos de Derecho:

H E C H O S

1.-    Es menester destacar a su Señoría y como antecedente de todo, que el suscrito y la hoy codemandada Señora MARIA ALICIA ARGUELLES LOPEZ, mantuvimos una Relación Sentimental de noviazgo e intimidad desde principios del mes de Diciembre del año Dos Mil Diez, así las cosas y transcurriendo el tiempo, tuve la imperiosa necesidad de ausentarme de de esta Ciudad, a efecto de buscar una mejor Economía pues deseaba brindarle a la hoy codemandada un posible mejor futuro juntos.

  1. Es el caso que en mi ausencia, se me oculto que la hoy codemandada Señora MARIA ALICIA ARGUELLES LOPEZ y fruto de nuestra relación y amor nació un Niño, de lo anterior bajo protesta de decir verdad me entere de ello a mi regreso a esta Ciudad, y al contactarme con la hoy Codemandada que así ella misma entero y me informo del nacimiento de mi hijo, Menor de Nombre EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES, y también me entere que en mi ausencia la hoy Codemandada también mantuvo una Relación Sentimental con el hoy Codemandado Señor EVER JOAQUIN VALDEZ ESPINOZA, lo anterior quiere decir que cuando me Ausente de la Ciudad de Tijuana, la hoy codemandada YA SE ENCONTRABA ENCINTA Y QUE ME FUE OCULTADO EN TODO MOMENTO. Dicho Menor Nació en fecha Cuatro de Septiembre del año Dos Mil Once, siendo Registrado dicho Menor ante el C. Oficial del Registro Civil de esta Municipalidad de Tijuana Baja California, en fecha Seis de Diciembre de Dos Mil Once, Expidiéndose para tal efecto el Acta numero TJ 0386125, en donde los Hoy Demandados Registraron como Hijo Suyo al menor, del cual Hoy Reclamo mis Derechos y Obligaciones como Padre Legitimo, documental que es exhibida en copia certificada al cuerpo del presente escrito para todos los efectos legales a que haya lugar.
  1. En este orden de ideas le solicite a la hoy Codemandada, que permitiera en forma voluntaria la aplicación de la Prueba de Paternidad entre el Menor EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES y el Suscrito, accediendo a ello en consecuencia de ello se llevo a cabo la aplicación de la Prueba Biológica Molecular del Acido Desoxirribonucleico de las Células, también denominada como ADN.
  1. Por lo que con la Autorización y Consentimiento de la hoy Codemandada y a efecto de salir de dudas, en fecha Veintitrés de marzo del año Dos Mil Doce, se aplico dicha prueba de paternidad ADN tanto al Menor de Nombre EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES a la Codemandada C. MARIA ALICIA ARGUELLES LOPEZ y al Suscrito, la Prueba Biológica Molecular del Acido Desoxirribonucleico de las Células, también denominada como ADN, Prueba que fue aplicada en los Laboratorios denominado TheraGen S.A. de C.V., ubicado en el Domicilio Paseo de los Héroes Numero 108 interior 402 de la Zona Rio en esta Ciudad de Baja California.
  1. En este orden de ideas, con fecha Veintisiete de Marzo del año Dos Mil Doce, el Laboratorio denominado TheraGen, S.A. de C.V. emitió el Resultado de la Prueba Biológica Molecular del Acido Desoxirribonucleico de las Células, también denominada como ADN a través del Reporte de Acceso Numero TG-23032012-FAMQ, Resultado que se encuentra debidamente Firmado y Sellado por el Químico Físico Bacteriólogo. JOSE ENRIQUE AGUILAR V., con Cedula Profesional 5835578 y Registro ante la Secretaria de Salubridad numero AFD-129-00, prueba que en su resultado arroja como tal que EL PRESUNTO PADRE NO SE EXCLUYE DE SER EL PADRE BIOLOGICO DEL MENOR YA QUE COMPARTEN EN SU TOTALIDAD LOS MARCADOS GENETICOS ANALIZADOS. POR LO TANTO LA RELACION PADRE-HIJO ES INCLUIDA, es decir el Menor de Nombre EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES es HIJO MIO, Resultado, Análisis y Detalle del Mismo que obra en el cuerpo del Resultado de la aplicación de la Prueba Biológica Molecular del Acido Desoxirribonucleico de las Células, también denominada como ADN, por lo que solicito aquí se tenga por reproducido como si a la letra se insertase, documental que se exhibe en original al cuerpo del presente escrito para todos los efectos legales a que haya lugar, como consecuencia de lo anterior es mi voluntad ejercer mis derechos de Paternidad sobre mi Menor Hijo y hacerme cargo de las necesidades de dicho Menor, motivo por el cual me veo en la necesidad de acudir ante su Señoría, a efecto de remediar tal situación y se ejerza derecho conforme marca la Ley.

P R U E B A S

1.- LA DOCUMENTAL PUBLICA. Consistente en EL ACTA DE NACIMIENTO IDENTIFICADA CON EL NUMERO TJ 0386125, a nombre de EDWIN JAVIER VALDEZ ARGUELLES, pruebas que se relacionan con todos y cada de los hechos del escrito inicial de demanda enumerados del 1 al 05, así como de todos y cada uno de los puntos derivados de la Litis que se forme, prueba que en original se acompaña al presente libelo, solicitando a Usía su Guarda y Custodia en el seguro de este H. Juzgado  y que son los documentos base de la acción, con dichas probanzas deseo acreditar los siguientes extremos;

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