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PARA LOS PATRONOS DEBE EXISTIR TRES MECANISMOS DE CONTRAL COMPOSICION DEL SALARIO BASE DE COTIZACION, CLASIFICACION DE SUS PROPIAS EMPRESAS Y DETERMINACION DE LA PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO, QUE REFLEJA EN LA CUESTION FISCAL


Enviado por   •  7 de Marzo de 2017  •  Documentos de Investigación  •  692 Palabras (3 Páginas)  •  305 Visitas

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PRIMA DE RIESGOS DE TRABAJO.

PARA LOS PATRONOS DEBE EXISTIR TRES MECANISMOS DE CONTRAL COMPOSICION DEL SALARIO BASE DE COTIZACION, CLASIFICACION DE SUS PROPIAS EMPRESAS Y DETERMINACION DE LA PRIMA DE RIESGO DE TRABAJO, QUE REFLEJA EN LA CUESTION FISCAL

LA obligacion DEL seguro de  RIESGO DE TRABAJO deriva del articulo  123 fraccion XIV señala la obligación de los patronos para ocuparse de los riesgos de trabajo (accidente de trabajo y enfermedades profesionales 513 lft) pero debe resaltarse que las enfermedades profesionales con la reforma del 30 de noviembre de 2012 abrogo el articulo 513 de la ley del trabajo señalado por el articulo 4 transitorio para actualizar las enfermedades profesionales, y sumando que no existe una tabla de valuación de riesgo de trabajo o profesional o reconocimiento de enfermedades de trabajo para lograr la cuantificación para establecer la prima de riesgo de trabajo teniendo un gran problema el IMSSS.

Los riesgo de trabajo generados en la empresa son una obligación de los patrones primero porque emana de la constitución 123 APARTADO A. F. XIV y mas fortaleciéndolo en la ley federal del trabajo 472 al 515 y en la ley del S.S en su articulo 53. Las consecuencias de un riesgo de trabajo se dividen en dos; prestaciones económicas q son indemnizatoria y en especie; asistencia medica, hospitalaria y farmacéutica, donde el patrón esta obligado a cumplir.

Obligación del patrón de dar de alta a sus trabajadores tal y como lo señala en su articulo 15 de L.S.S. asi como en el articulo 20, 21 LF.T.

1-DEPENDENCIA ECONOMICA: SUELDO, REMUNERACION SALARIO, RAYA, DADIVA, LIMOSNA, APORTACION, CONTRIBUCION,

2-SUBORDINACION. PODER DE MANDO QUE TIENE UNA PERSONA FRENTE AL DEBER DE OBEDENCIA QUE TIENE UN TRABAJADOR.

3-SUJETOS.

ELEMENTOS PARA QUE EXISTA RELACION LABORAL.

EL PATRON PESE A SUBROGAR LAS RESPONSABILIDAD DEL RIESGO DE TRABAJO AL IMSSS NO SE DESLINDA DEL PAGO DE CUOTAS NO ES GRATUITO EL SEGURO DE RIESGOS DE TRABAJO SE DEBE CUBRIR, EN EL REGIMEN OBLIGATORIO CONSTA DE 5 SEGUROS:

  1. Riesgo de trabajo.- lo paga el patrón no aporta el trabajador ni el estado
  2. Enfermedades y Maternidad.-
  3. Invalidez y vida
  4. Rcv
  5. Guardería y prestaciones sociales

La actividad de la empresa determina para conocer el pago de prima inicial EN SU ARTICULO 196 RACERF DE REGLAMENTO DE AFILIACION, establece un catálogo de actividades que desempeñan un patrón cada clase se determina de 1 a 5 en su artículo 72 de la referido reglamento, también es importante el objeto social de las empresas la establecen tan amplia y eso perjudica para determinar su clasificación.

La clasificación de las empresas L.S.S: 71 al 76.

14 DE DIC DE 2015 EL CIAT. SISTEMA DE INFORMACION OBLIGA A LOS PATRONES CUANDO TIENEN UN ACCIDENTE DE TRABAJO COMUNICAR A LA SCTyPS, INSPECTOR DEL TRABAJO Y la JUNTA. AL CANCELAR LA NORMA OFICIAL NUMERO 21 LO QUE OBLIGA ESTAR A LA VANGUARDIA DE LA TECNOLOGIA.

Reglamento interior de trabajo obligación de patrones.

5 comisiones obligatorias:

  1. Comisión mixta seguridad higiene y trabajo
  2. Comisión mixta de reparto de utilidades.
  3. Comisión mixta cuadro de antigüedades.
  4. Comisión mixta en materia de capacitación adiestramiento y productividad (5º o mas trabajadores)
  5. Conformación del reglamento interior del trabajo.

Si no se tiene estas comisiones es una sanción de 250 a 5 mil veces el s/m

Articulo 71 LSS. Las cuotas del patrón respecto de la actividad q desempeñe.

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