PATRIMONIO. SUCESIONES. SUBROGACION LEGAL
Enviado por lianny hernandez • 28 de Octubre de 2018 • Trabajo • 1.366 Palabras (6 Páginas) • 169 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD DE FALCÓN – UDEFA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLITICAS
CARRERA DE DERECHO
CÁTEDRA: SUCESIONES, DERECHO CIVIL V
PROFESORA: MARÍA MAVARE
PATRIMONIO. SUCESIONES. SUBROGACION LEGAL
Realizado por:
Lianny Hernandez
C.I.N° V-27.503.420
Punto Fijo, septiembre de 2018
INDICE
INTRODUCCIÓN | 3 |
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CONCLUSIÓN | 7 |
INTRODUCCIÓN
En el derecho civil, el patrimonio es considerado como aquel conjunto de obligaciones y derechos que poseen los particulares sobre sus bienes, valorados en dinero, los cuales le permiten el uso goce y disfrute de los mismos, con aquellas limitaciones establecidas por la ley. Partiendo de esto, se puede definir como sucesor, aquel particular, el cual es legítimamente heredero de una posesión dada por un contrato llamado testamento, el cual se realiza con la finalidad de determinar cuál es la voluntad de una persona al momento de su fallecimiento y que acciones se van a realizar sobre sus activos y pasivos; si en dicho testamento no se determina sobre quien recaerá la herencia, la ley se la atribuye al sucesor legítimo, que podrían ser el o la cónyuge del o la fallecido, sus hijos, padres o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad.
- Patrimonio
Es aquel conjunto de derechos y obligaciones que tienen las personas sobre sus bienes muebles e inmuebles, los cuales son susceptibles de ser valorados en dinero o pecuniariamente. El patrimonio está pues constituido por un conjunto de obligaciones y derechos y no por un conjunto de "bienes", que en realidad constituyen el objeto de los derechos que integran el patrimonio. Por lo que el patrimonio en sí mismo no es objeto de derechos.
- Importancia del conocimiento teórico y práctico del concepto de sucesor
El conocimiento teórico y practico de sucesor es importante por cuanto estos ayudan al abogado en la resolución del caso que está llevando a cabo, y dicho conocimiento teórico le permite la ejecución del conocimiento práctico puesto que ambos se relacionan entre sí, ya que el abogado debe saber desenvolverse en uno, para poder realizar el otro y al tener conocimiento de la parte teórica-práctica del concepto de sucesor, le favorece en cuanto a cuales son los procedimientos que debe seguir, ya sea por un testamento o por algún otro tipo de contrato. Por lo tanto el conocimiento teórico tiene que ver con el pensamiento Aristóteles, ya que se tiene que tener la noción y saber cuál es para poder expresarlo de una manera oral o escrita, y el conocimiento práctico impulsa que acciones físicas o materiales puede realizar para resolver el tipo de circunstancia.
En conclusión, la ley de derecho civil determina que se debe tener conocimiento teórico, ya que este te ayuda a saber a quien realmente le corresponde el bien que se haya dejado, ya sea algún terreno, empresa, entre otros; y el conocimiento practico para saber como proceder a nivel de documentación y que pasos se deben seguir en el juicio oral.
- Manera de adquirir y transmitir la propiedad desde el punto de vista del derecho sucesoral
En el artículo 796 del código civil venezolano establece que “La propiedad se adquiere por la ocupación. La propiedad y demás derechos se adquieren y transmiten por la Ley, por sucesión y por efecto de los contratos. Pueden también adquirirse por medio de la prescripción” En este artículo nos mencionan cuales son los medios que existen para adquirir y transmitir la propiedad, los cuales son:
- La Ley; que es cuando ésta dispone que tal o cual bien pertenece a determinada persona, por ejemplo, por ser la mujer casada en cuanto es copropietaria de los bienes obtenidos en el matrimonio, los bienes adquiridos es una subasta judicial, etc.
- La sucesión mortis causa; también es una forma de adquirir la propiedad, en este caso por parte del heredero.
- Los contratos; sobre todo la compra-venta.
- La prescripción adquisitiva.
Todas estas situaciones están reguladas en el código Civil y otras leyes como el código de comercio, la Ley de expropiación, la de Propiedad Horizontal, la de Venta con reserva de dominio, etc.; pero los principios básicos se encuentran en el Código Civil. Existe otra manera muy poco común de adquirir una propiedad como lo es la ocupación, fue en tiempos históricos una forma extendida de adquirir la propiedad cuando quedaban territorios por descubrir y poblar salvo por tribus, cuyas leyes o costumbres no eran reconocidas por los nuevos ocupantes del territorio.
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