PLANTILLA: CASO EXTRAJUDICIAL
Enviado por Beth.2_2 • 5 de Julio de 2016 • Apuntes • 730 Palabras (3 Páginas) • 276 Visitas
PLANTILLA: CASO EXTRAJUDICIAL
1. TITULO:
ARBITRAJE INTERNACIONAL INTERNATIONAL THUNDRBIRDGAMING CORPORATION vs. ESTADOS UNIDOS MEXICANOS EN RELACIÓN AL INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 1102 DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO POR PARTE DEL ESTADO MEXICANO.
2. VOCES
ARBITRAJE INTERNACIONAL, TRATADO DE LIBRE COMERCIO DE AMÉRICA DEL NORTE, ESTADO VS. EMPRESA, TRATO NO MENOS FAVORABLE
3. SUPUESTO DE HECHO
-fecha: 2003
-Lugar: Tamaulipas
-Caso: Conflicto por negocio ligado a las juegos de destreza o apuestas
4. OBJETIVO DEL CLIENTE
Probar que de acuerdo al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC), México había incumplido en sus obligaciones, en los artículos 1102, 1103 1105 y 1110, referentes al trato no menos favorable de los inversionistas extranjeros y sus nacionales
5. ESTRATEGIA DEL ABOGADO
Por medio de la interpretación del Tratado de Libre Comercio probar que su cliente ha sido perjudicado en el actuar del estado Mexicano, toda vez que no le permitieron abrir uno de los lugares donde se lleva a cabo el uso de las máquinas de destreza para su negocio de juegos.
6. PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL
- Órgano de interposición del procedimiento: Tribunal de arbitraje que se regula en el apartado once del TLC.
- Tipo de procedimiento: Arbitraje internacional
- Fecha de interposición: 21 de marzo de 2002
a) Partes:
Parte demandante: International Thunderbird Gaming Corporation representada por James D. Crosby.
Parte demandada: Estados Unidos Mexicanos representado por el
Director General de Consultoría Jurídica de Negociaciones, Secretaría de Economía Hugo Perezcano Diaz.
b) Peticiones:
La parte demandante solicita: El pago de $100,000,000 USD para resarsir el daño derivado de los 1102, 1103 1105 y 1110, referentes al trato no menos favorable de los inversionistas extranjeros y sus nacionales, toda vez que afecto las actividades de juego que realizaron en Matamoros durante los años 2000-2003.
La parte demandada por su parte: Refiere que el Estado Mexicano no excedió en sus obligaciones y que de acuerdo a la Ley Federal de Juegos y Apuestas el establecimiento de la empresa en Laredo, Tamaulipas no contaba con los requisitos necesarios para que se autorizara el uso de unas máquinas que se consideraban de apuestas. Por lo tanto no infringió el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
c) Argumentos, ó sino, Pasos a seguir:
Se recibió una resolución por parte de la Secretaría de Gobernación en cuanto a la apertura de un lugar de juego por parte de la Empresa y de una demanda de amparo. Asi mismo se acordó llevar al arbitraje internacional por medio de Tribunal de arbitraje que se regula en el apartado once del TLC, con sede en Washington D.C. a lo que ambas partes estuvieron de acuerdo.
d) Normativa (del procedimiento y del fondo)
Parte demandante: Del procedimiento de arbitraje se encuentra en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, por lo que ambas partes acordaron llevarlo a cabo. En cuanto al Fondo el demandante se basa en los artículos 1102, 1103, 1110 del mismo tratado
...