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PREGUNTAS DERECHO CIVIL


Enviado por   •  22 de Octubre de 2013  •  5.334 Palabras (22 Páginas)  •  511 Visitas

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DERECHO CIVIL

PREGUNTAS DERECHO CIVIL

CUESTIONARIO.

1.- EXPLICA COMO SE DIVIDE EL DERECHO PUBLICO

• Derecho constitucional

• Derecho administrativo

• Derecho penal

• Derecho internacional público

• Derecho fiscal

2.-EXPLICA CADA UNA DE LAS PARTES EN QUE SE DIVIDE EL DERECHO PUBLICO (MENCIONA EJEMPLOS).

• Derecho constitucional

Es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del Estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de éstos entre sí y con los particulares.

Éste, regula la estructura de la Administración Pública, así como el funcionamiento de los órganos políticos supremos, establece también la situación del ciudadano frente al Estado, además señala la forma de gobierno

• Derecho administrativo

Es el que reglamenta la organización y el funcionamiento de la administración pública y las relaciones del Estado con ésta

• Derecho penal

Es el conjunto de normas jurídicas emanadas del poder público, que establecen delitos, penas y medidas de seguridad y su forma de aplicación.

La finalidad del derecho penal consiste en coadyuvar al mantenimiento del orden social establecido.

• Derecho internacional público

Es el conjunto de normas que rigen las relaciones de los Estados entre sí y señalan sus derechos y deberes recíprocos y las relaciones entre los sujetos o personas de la comunidad internacional

• Derecho fiscal

Es una rama del derecho administrativo que regula los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos a que tienen derecho los erarios federales y locales; el procedimiento para el cobro de los mismos; las sanciones por incumplimiento de los infractores; los recursos ordinarios y extraordinarios a que pueden acudir tanto los particulares como el fisco, así como la organización de los órganos jurisdiccionales y reglas de procedimiento para resolver las controversias que surjan en la fijación y cobro de los créditos fiscales y prestaciones accesorias.

3.-EN QUE CONSISTE EL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO

El Derecho Internacional es el conjunto de principios y normas que regulan las relaciones de los estados, y otros sujetos de derecho internacional, y que son representados por su servicio diplomático.

Está integrado por acuerdos entre estados tales como tratados internacionales (denominados tratados, pactos, convenios, cartas), memorándum o memoranda (según sea el caso), intercambio de notas diplomáticas, enmiendas, anexos, protocolos de tratados, por la costumbre internacional que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, así como por los principios generales del derecho.

4.-OBJETO DE ESTUDIO DEL DERECHO CIVIL (EXPLICA)

El estudio del Derecho Civil en su perspectiva histórica plantea numerosas dificultades al investigar por la complejidad del fenómeno que en este caso, es el objeto del conocimiento ya que la dogmática sobre esta materia es actualmente casi dos veces milenaria.

Es el que se ocupa de las instituciones y negocios jurídicos derivados de la necesidad de convivencia entre los hombres, sobre todo en sus aspectos patrimoniales, aunque también en su consideración como individuos que forman parte de una sociedad dada en un período histórico determinado.

5.-EXPONGA EL PANORAMA HISTORICO DEL DERECHO CIVIL MEXICANO

Sabido que es el territorio que actualmente ocupa nuestra Patria estuvo habitado por varios pueblos de diversas culturas y diferentes costumbres: los mayas, los toltecas, los aztecas, los purépechas o tarascos, etc., quienes indudablemente crearon sus propios sistemas de Derecho; pero que alcanzó la hegemonía en la mayor parte del territorio y por ser éste del que tenemos noticias históricas más completas.

El código civil para el Distrito Federal, de 30 de Agosto de 1928 (con vigencia a partir del primero de Octubre de 1932) contiene la mayor proporción del derecho llamado, por antonomasia, privado o civil. Formando parte de este, o en íntima relación con el mismo, se encuentran la ley para el notario del Distrito Federal, la ley federal sobre derechos de autor, el reglamento de registro público de la propiedad, la ley de instituciones de asistencia privada, la ley federal sobre monumentos y zonas arqueológicas, artísticos e históricos, la ley sobre el régimen de propiedad de condominio de inmuebles para el Distrito Federal, y algunas otras.

Se ha hecho notar a este propósito que los diferentes estados de la unión han adoptado casi a la exclusiva, bien sea el código de 1870, (para el Distrito Federal), bien el de 1884, ora el de 1928, haciendo en su articulado modificaciones intrascendentes, por lo que pueden ser agrupados en tres sistemas definidos: el de los estados cuyo código civil se inspira en el código citado de 1870; al de los que sigue al de 1884, y los que se han adoptado en 1928. existen también, sin embargo, algunos estados que siguen un criterio ecléctico.

6.-RAZONA Y EXPLICA EL DERECHO CIVIL EN EL MEXICO INDEPENDIENTE

El conocimiento de las culturas antiguas de México ha sido muy impresionante tanto para investigadores arqueólogos, y tanto para personas que estudian Derecho, ya que el derecho positivo México, se puede decir que sus bases han sido desde las culturas antiguas de México, como la Azteca, ya que su sistema de organización ha logrado comprender como esa cultura logró tener tanto poder sobre otras culturas.

Para conocer las bases del Derecho positivo, primero hay que tener conocimiento de su historia, como son las culturas preclásicas del México antiguo, su época colonial y la independiente, por lo tanto la historia del derecho se divide en tres épocas:

Época prehispánica: México ha divido desde en la antigüedad en grandes culturas y pueblos. Los aztecas desarrollaron en su cultura el derecho civil, los aztecas se llegó a investigar que en ellos también implantaban leyes para regular la conducta, por los tanto ellos tenían un sistema jurídico, el sistema azteca de familia, el matrimonio fue potencialmente poligámico, pero una esposa tenía una preferencia sobre las demás, y hubo una costumbre donde la viuda del hermano se tenía que casar, el matrimonio era un acto formal, en los aztecas ya se había implantado el sistema del divorcio,

Época colonial: En este punto hay que ser breves ya que el sistema jurídico de los aztecas y los Españoles peninsulares, tuvieron una unión de sistemas; pero al final se puede decir que se sustituyo el sistema indígena por las leyes españolas las cuales fueron creadas para las colonias de España en América, las cuales se les llamó Leyes de Indias. Las leyes fueron basadas del

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