PRÁCTICA 10. DERECHO DEL TRABAJO. ADE. GRUPO 4
Enviado por angel quinaucho • 27 de Diciembre de 2020 • Apuntes • 1.135 Palabras (5 Páginas) • 126 Visitas
PRÁCTICA 10. DERECHO DEL TRABAJO. ADE. GRUPO 4.
Profesora: Inmaculada Hernández Morales.
Nombre: Angel Vladimir Quinaucho Catota
Dni: 54958222K
Curso 2020-2021
INSTRUCCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LA TAREA:
1º.- Visionado del vídeo/real sobre el despido objetivo en la herramienta CONTENIDOS, con la denominación “Práctica 10. Despido objetivo”. Tenéis un REEL de Instagram para los que seáis usuarios de esta red social y más abajo, el mismo vídeo para los que no lo seáis, sobre el despido objetivo. Su visionado os servirá de ayuda para la realización de esta práctica.
2º.-Resuelve los siguientes casos prácticos.
SUPUESTO 1: Ainara presta servicios en el Departamento de Recursos Humanos de una empresa dedicada al comercio internacional, con la categoría profesional de Licenciada, grupo 1 de cotización, bajo la modalidad de contrato de prácticas desde 01.07.19 a 30.06.20.
El contrato finaliza por expiración del tiempo convenido, lo que da derecho a que la trabajadora perciba la liquidación que, por todos los conceptos, le corresponda.
Su retribución es:
- Salario base……………………1.650 €
- Incentivo…………………………150 €
- Horas extraordinarias fuerza mayor último mes…….120 euros.
- 2 pagas extra semestrales (verano y Navidad)…………….30 días de salario base más incentivo.
La trabajadora no ha disfrutado todavía de las vacaciones correspondientes al año 2.020.
Calcula la retribución del mes de junio 2.020, todas las pagas extras que le corresponda percibir a la trabajadora por el período trabajado y las vacaciones no disfrutadas del año 2.020.
Ten en cuenta que las pagas extras son semestrales y que el convenio colectivo prevé su abono en los meses de julio y diciembre de cada año.
Mensualidad de junio de 2020:
- Salario base 1650 €
- Incentivo 150 €
- Horas extraordinaria por fuerza mayor 120 €
- Total……………………………………….1.920 €
Pagas extras que percibirá: (la cuantía de las pagas extras será la suma del salario base + incentivo: 1650+150)
- Paga Extra de Navidad 2.019 (1/07/2019 hasta 31/12/2019): 1800*6/6= 1.800 €.
- Paga Extra de Verano 2.020:1800* 6/6= 1.800 €.
- Paga Extra de Navidad 2.020: no tiene por qué cobrar puesto que en ese periodo semestral desde julio no está dado de alta
Vacaciones no disfrutadas, es decir los 15 días de vacaciones; hecho por el cual cobraría la mitad de 1800 (salario base + incentivos)
SUPUESTO 2: Revisa el tema 11 y realiza el siguiente supuesto práctico:
Doña Marta Pérez Martínez venía prestando servicios como Oficial Administrativa, desde el día 1 de enero de 1988, en la inmobiliaria LA CASA DE TUS SUEÑOS, S.L., percibiendo una retribución anual de 18.500 €, pagas extras incluidas.
La empresa le ha entregado la siguiente carta de despido el día 25 de junio de 2020:
“Muy Sra. Nuestra: Por motivos de la crisis mundial que afecta al Sector de la Construcción al que se dedica la empresa para la que usted presta servicios, nos vemos en la obligación de amortizar su puesto de trabajo al amparo del art. 52.c) ET por causas económicas, que se hará efectivo el día 25 de junio del presente año. Junto con la presente carta, se le abona mediante cheque la indemnización de 20 días por año de servicio con el tope de una anualidad”.
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