Parafraseo de contenido “ACUERDO 696”
Enviado por Joss E Rodriguez • 11 de Julio de 2017 • Informe • 1.109 Palabras (5 Páginas) • 263 Visitas
Parafraseo de contenido “ACUERDO 696”
Articulo | Parafraseo | Palabras Código |
Articulo 1 | Regula los procesos de evaluación en la educación básica | Regula la evaluación |
Articulo 2 | Adaptaciones e inclusiones a nivel básico que sean necesarias en la educación indígena, especial, para migrantes, adultos, así como aquellas requeridas en los contextos , características propias ,modalidad y servicio educativo | Adaptaciones e inclusiones |
Articulo 3 | Toda evaluación debe conducir al mejoramiento del aprendizaje, basada en la valoración del desempeño, aprendizajes esperados y actitudes del alumno atendiendo las fortalezas y debilidades en el proceso educativo de cada alumno. | Componentes de la evaluación |
Articulo 4 | Evaluación, Acreditación, Promoción, Certificación: a) Acciones del docente durante las actividades de estudio recaba información que le permita emitir juicios sobre el desempeño de los alumnos y tomar decisiones para mejorar el aprendizaje. b) Juicio que establece conocimientos y habilidades necesarias en una asignatura, grado escolar o nivel educativo que presenta un alumno. c) Decisión del docente y de la autoridad educativa sustentada en la evaluación sistemática que permite a un alumno continuar sus estudios en el grado o nivel educativo siguiente. d) Acción que permite a una autoridad legalmente facultada, por medio de un documento oficial, que se acreditó total o parcialmente una unidad de aprendizaje, asignatura, grado escolar, nivel o tipo educativo. | Definiciones= Evaluación, Acreditación, Promoción, Certificación |
Artículo 5 | El Reporte de evaluación avala la acreditación, su información será responsabilidad del docente y director; su diseño por la SEP y puede ser electrónico o impreso. | Reporte de evaluación acreditación |
Artículo 6 Fracción I.Incisos a,b,c,d Fracción II. Incisos a,b,c | Contenido del Reporte de evaluación en los tres niveles:
En primaria y secundaria incluirá:
| Reporte de evaluación: Datos de identificación Observaciones Calificaciones Promedios |
Articulo 7 | La evaluación en prescolar será cualitativa, no empleara números, tiene tres periodos de evaluación (noviembre, marzo y julio) | Preescolar cualitativa evaluacion |
Articulo 8 | Escala de calificación para primaria y secundaria será numérica de 5 a 10 y el docente realizara un informen de los alumnos que necesiten apoyo. Se emplearan números enteros y decimales. Tiene 5 periodos de evaluacion | Eevaluacion numérica de 5 a 10 primaria y secundaria |
Articulo 9 | Entrega de resultados finales de asignatura y grado para el cumplimiento del calendario escolar.(evitando ausentismo, suspensión de clases e inactividad en la escuela) De 3° de primaria a 3° de secundaria se aplicara un examen final para calificar el 5° bimestre, 10 días antes de terminar el ciclo escolar en primaria y 15 días en secundaria. La elaboración del examen final será elaborado por el CTE, Consejo Técnico de zona, o por la autoridad educativa local, se hará con preguntas abiertas. La calificación del examen final sera entregado a la dirección e informado a los padres de familia. Se emitirá criterios generales por la SEP, aplicables a este examen final. | Resultados de Evaluación final Examen final para evaluar 5° bimestre. Elaboración del examen final por autoridades escolares Informe de evaluación ultimo día de clases |
Articulo 10 | Promedio final de asignatura. Será el promedio de las calificaciones obtenidas en cada uno de los cinco bimestres. | Promedio final de asignatura |
Articulo 11 | Promedio final de grado escolar sumar los promedios finales de las asignaturas. | Promedio, asignatura |
Articulo 12 | El docente deberá registrar en el Reporte de Evaluación, a partir del segundo bimestre, si existe riesgo de que el alumno no alcance los aprendizajes, así como proponer como las la estrategia de intervención. | Riesgo, estrategias de intervención. |
Articulo 13 | EXAMENES DE RECUPERACION A NIVEL SECUNDARIA EN LOS ALUMNOS QUE SE ENCUENTREN EN RIESGO.
| EXAMENES DE RECUPRACION -RIESGO |
Articulo 14 | EL PROMEDIO FINAL DEL NIVEL EDUCATIVO EN PRIMARIA: ES LA SUMA DE PROMEDIOS FINALES DE LOS SEIS GRADOS DIVIDIDO ENTRE SEIS. EN EDUCACION SECUNDARIA: ES LA SUMA DE LOS PROMEDIOS FINALES DE LOS TRES GRADOS DIVIDIDOS ENTRE TRES. | PROMEDIOS FINALES PRIMARIA Y SECUNDARIA |
Articulo 15 | SE ACREDITAN LAS ASIGNATURAS DE EDUCACION BASICA, PRIMARIA Y SECUNDARIA CON PROMEDIO FINAL DE 6.0 | ACREDITA,ASIGNATURA, PRIMARIA SECUNDARIA 6.0 |
Articulo 16 | 1º A 3° PREESCOLAR Y 1° DE PRIMARIASOLO EL HECHO DE HABER CURSADO EL GRADO 2° Y 3° PROMEDIO FINAL MINIMO 6.0 4° A 6° PROMEDIO MINIMO DE 6.0 EN CADA ASIGNATURA 1° A 3° SECUNDARIA PROMEDIO MINIMO DE 6.0 EN CADA ASIGNATURA. CON 4 ASIGNATURAS NO ACREDITADAS TENDRA DERECHO A EXAMEN EXTAORDINARIO | CURSAR PROMEDIO 6.0 PROMEDIO 6.0 ASIGNATURA PROMEDIO 6.0 ASIGNATURA 4 NO ACREDITADAS:EXTRAORDINARIO |
Articulo 17 | EL REPORTE DE EVALUACION INCLUIRA RECOMENDACIONES SOBRE EL APOYO QUE PADRES DE FAMILIA O TUTORES Y DOCENTES PROPORCIONARAN A LOS ALUMNOS | APOYOS ADICIONALES |
Articulo 18 | LOS ALUMNOS CON APTITUDES SOBRESALIENTES QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA APLICABLE PARA LA ACREDITACION PROMOCION Y CERITIFCACION ANTICIPADA PODRAN SER ADMITIDOS A LA EDUCACION PRIMARIA O SECUNDARIA A UNA EDAD MAS TEMPRANA | ACREDITACION Y PROMOCION ANTICIPADA |
Articulo 19 | AL CONCLUIIR LOS ESTUDIOS DE EDUCACION PRIMARIA DE CONFORMIDAD CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL PLAN Y LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO LA AUTORIDAD EDUCATIVA EXPEDIRA EL CERTIFICADO DE EDUCACION PRIMARIA EN VERISON IMPRESA O ELECTRONICA. | CERTIFICADO DE EDUCACION PRIMARIA IMPRESO O ELECTRONICO |
Articulo 20 | AL CONCLUIIR LOS ESTUDIOS DE EDUCACION SECUNDARIA DE CONFORMIDAD CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL PLAN Y LOS PROGRAMAS DE ESTUDIO LA AUTORIDAD EDUCATIVA EXPEDIRA EL CERTIFICADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN VERISON IMPRESA O ELECTRONICA. | CERTIFICADO DE EDUCACION SECUNDARIA IMPRESO O ELECTRONICO |
Articulo 21 | EN LOS PROCESOS DE INSCRIPCION, REINSCRIPCION, ACREDITACION, PROMOCION, REGULARIZACION Y CERTIFICACION SE APLICARAN LAS DISPOSICIONES ESTABLECIDAS EN LAS NORMAS DE CONTROL ESCOLAR | NORMAS DE CONTROL ESCOLAR |
Articulo 22 | LA SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA DEL GOBIERNO FEDERAL Y LAS AUTORIDADES LOCALES PODRAN DESARROLLAR PROYECTOS DE INNOVACION EN MATERIA DE EVALUACION, ACREDITACION, PROMOCION Y CERTIFICACION | INNOVACIONES LOCALES |
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