Plan De Respuesta
Enviado por mtpche1169 • 14 de Noviembre de 2014 • 3.107 Palabras (13 Páginas) • 223 Visitas
DIRECTIVA PARA FORMULACION DE PLANES DE RESPUESTA EN DESASTRES
I. TITULO: PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACION DE PLANES DE RESPUESTA FRENTE A EMERGENCIAS Y DESASTRES
II. FINALIDAD:
Contribuir a que los Establecimientos de salud, DISAS, DIRESAS o los que hagan sus veces en los Gobiernos Regionales brinden una adecuada respuesta ante eventos con múltiples víctimas.
Contribuir a la adecuada respuesta hospitalaria ante eventos que afecten la salud de las personas ante emergencias de origen externo o interno.
Por la naturaleza de aplicación del presente documento, se debe elaborar sin mencionar nombres, solo cargos o jerarquías, presentes de modo permanente en la institución, o ubicables.
Así mismo los procesos a realizarse, deben poder activarse de modo continuo, con iguales condiciones y resultados.
III. OBJETIVO
1. OBJETIVO GENERAL:
• Estandarizar los procesos y procedimientos que permitan la adecuada
elaboración de Planes de Respuesta frente a Emergencias y Desastres.
2. OBJETIVOS ESPECIFICOS:
• Diagnosticar la vulnerabilidad y amenazas de los Establecimientos de Salud, a fin de estimar y evaluar el riesgo presentado por la institución ante eventos destructivos.
• Definir funciones y responsabilidades del personal del establecimiento de salud en casos de desastres.
• Establecer los mecanismos para la adecuada disponibilidad de recursos humanos, logísticos y administrativos en desastres.
• Precisar las áreas de expansión hospitalaria en caso de desastres.
• Promover la articulación de los planes de respuesta de las entidades que participan en este proceso.
IV. AMBITO DE APLICACIÓN
La presente directiva es de aplicación obligatoria en los Establecimientos de Salud de nivel I, II y III del Ministerio de Salud, Fuerzas Armadas y Policiales, EsSalud, y Sector Privado, así como en las DISAS y DIRESAS, o las que hagan sus veces en el ámbito regional a nivel Nacional.
V. BASE LEGAL
Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo. Ley 29664.
Ley de Movilización Nacional. Ley N° 28101.
Decreto Legislativo N°1129 PCM que reglamenta el Sistema de Defensa Nacional.
Decreto Legislativo 1161- Ley Orgánica de Organización y Funciones. Ministerio de Salud.
DS Nº 111-2012-PCM - Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.
Decreto Legislativo 1131. Creación de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional.
Decreto Supremo 037 – 2013 PCM que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1129, que regula el Sistema de Defensa Nacional.
Decreto Supremo N°048 – 2011 – PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres.
Resolución Ministerial N° 526 – 2011/MINSA que aprueba Normas para la Elaboración de Documentos Normativas del Ministerio de Salud.
VI. DISPOSICIONES GENERALES
1. DEL PLAN DE RESPUESTA
Es el instrumento operativo en el que se establecen los objetivos, organización del hospital y sus servicios, las acciones y responsabilidades del personal frente a situaciones de emergencia o desastres.
2. DE LOS CASOS QUE JUSTIFICAN LA ELABORACION DE LOS PLANES DE RESPUESTA
Los Establecimientos de Salud tienen como función principal la prestación de salud de acuerdo con su complejidad, y ante sucesos que generan múltiples víctimas, deben continuar prestando sus servicios de modo completo y movilizando recursos existentes, pero no utilizados en condiciones habituales. En el marco de este escenario todos los establecimientos de salud, hospitales e Institutos, DISAS Y DIRESAS del Ministerio de Salud, Fuerzas Armadas y Policiales, EsSalud y Sector Privado, deben elaborar, socializar, implementar y evaluar su Plan de Respuesta Hospitalario ante Desastres.
3. DE LOS PLANES SECTORIALES DE RESPUESTA
En caso de ser necesario, las autoridades que representen a los establecimientos antes mencionadas, pueden solicitar el Plan de Respuesta de los establecimientos de Salud de su jurisdicción, integrando el contenido de estos planes en el Plan de Respuesta Hospitalaria que le toque elaborar a su institución.
4. ACTIVIDADES PARA LA ELABORACION DE LOS PLANES DE RESPUESTA
4.1. ESTIMACION DEL RIESGO
Estimación del riesgo: Se debe estimar el tipo e intensidad de los probables daños en los establecimientos de salud, a la salud de la población, los servicios básicos y el medio ambiente, así como la extensión del área a ser afectaba y las zonas de mayor impacto. La estimación de riesgos es resultado de la identificación y caracterización de la amenaza y del análisis de vulnerabilidades de los elementos expuestos. Conocer Riesgos internos y externos.
4.2. ELABORACIÓN DEL PLAN DE RESPUESTA
El Plan de Respuesta tiene como finalidad establecer la organización del establecimiento de salud, las acciones, los recursos necesarios y las responsabilidades para hacer frente a los daños previstos en situaciones de eventos destructivos.
4.3. APROBACIÓN DEL PLAN
La aprobación del plan de respuesta se realiza mediante resolución de la autoridad de salud competente.
4.4. SOCIALIZACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL PLAN
Verificar que todos los actores involucrados en el contenido del plan de respuesta aprobado, conozcan y estén en capacidad de cumplir con las responsabilidades asignadas, complementándose con la provisión de los recursos que sean necesarios para la ejecución de las actividades previstas en el plan.
4.5. ACTIVACIÓN DEL PLAN DE RESPUESTA
La activación del plan de respuesta se produce de acuerdo a lo siguiente:
a. Cuando la autoridad de salud correspondiente declara la Alerta Roja frente a la confirmación de ocurrencia del evento adverso o cuando ésta es inminente en un plazo inmediato.
b. Cuando la naturaleza del impacto del evento adverso lo exija: terremotos, incendios, etc.
4.6. EVALUACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL PLAN
La evaluación del plan de respuesta y su correspondiente actualización se realiza en tres momentos:
Antes: El plan se evaluará semestralmente mediante simulacros y simulaciones que representen situaciones lo más realistas posible. Las recomendaciones que se deriven del ejercicio serán incorporados en el plan.
Durante: Activado el plan en situaciones reales, se implementará un seguimiento permanente de las acciones contenidas del plan a fin de identificar oportunamente los obstáculos y adoptar las correcciones del caso que aseguren la atención y control de los daños en forma oportuna y adecuada.
Después: Controlado el evento adverso, se deberá
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