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Podemos encontrar compilado normativamente el Estatuto Orgánico del Presupuesto en los Decretos 111 y 115 de 1996.


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2016  •  Tarea  •  736 Palabras (3 Páginas)  •  89 Visitas

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Jose R. Gomez Guerrero

ID 400992

NRC 6930 (Finanzas Publicas)

Presupuesto Publico

Podemos encontrar compilado normativamente el Estatuto Orgánico del Presupuesto en los Decretos 111 y 115 de 1996.

Se define presupuesto público como una ley financiera por la cual se estiman los ingresos fiscales y rentísticos y una autorización de los gastos públicos que cada año realiza el Congreso como representante del pueblo en ejercicio del control político.

Para orientar su buena ejecución, el presupuesto público cuenta con unos principios que lo ayudan a esto, son 10, que son:

  1. Anualidad: Es el periodo fiscal establecido (1 de enero-31 de diciembre)
  2. Universalidad: El presupuesto contendrá la totalidad de los gastos públicos que se espere realizar durante la vigencia fiscal respectiva.
  3. Unidad de caja: El recaudo de todos los ingresos atenderá el pago oportuno de los gastos autorizados en el presupuesto.
  4. Equilibrio presupuestal: Igualdad entre gastos e ingresos.
  5. Planificación: Programar las finanzas del Estado para el siguiente periodo fiscal.
  6. Programación Integral: Control de los gastos de inversión y de funcionamiento que las exigencias técnicas y administrativas demanden como necesarios para su mantenimiento.
  7. Especialización: Definir la apropiación referente a cada rubro del presupuesto.
  8. Inembargabilidad: Los ingresos y rentas de capital de la nación no se pueden utilizar para ningún otro fin que no sea el establecido en el presupuesto, es decir, estos ingresos no se tocan si no es para ejecutar el presupuesto.
  9. Coherencia Macroeconómica: El presupuesto debe ser compatible con las metas macroeconómicas fijadas conjuntamente por el Banco de la Republica.
  10. Homeostasis Presupuestal: El crecimiento del presupuesto de renta y la inclusión de créditos adicionales deben tener congruencia con el crecimiento económico para no generar desequilibrio macroeconómico.

El presupuesto público debe pasar por todo un proceso antes de poderse ejecutar, en principio, la rama ejecutiva, en cabeza del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, debe presentar el proyecto de presupuesto público al congreso (en los 10 días siguientes a la iniciación de sesiones ordinarias de este); luego, las comisiones económicas del Congreso debaten mínimo 3 veces para aprobar o rechazar el proyecto. Luego de ser aprobado por el congreso, y convertirse en ley, es sancionada por el Presidente, teniendo en cuenta su vigencia fiscal (1 año, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre).

Cuando ya es ley, los ordenadores y ejecutores del gasto (pueden ser de nivel central o territorial) deben de liquidar el presupuesto, pero en ocasiones, se puede terminar o liquidar hasta el siguiente periodo fiscal. En cuanto al control, se le aplica en tres frentes: Político, administrativo y fiscal.

El control político es ejercido por el Congreso (a nivel central) y por las Asambleas Departamentales y los Consejos Municipales (a nivel territorial). En cuanto al control administrativo, se lleva a cabo por la oficina de control interno hacia el ordenador del gasto. Por último, el control fiscal, es aplicado por la Contraloría General de la Republica (a nivel central) y por las Contralorías departamentales y municipales (a nivel territorial).    

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