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Poder Apud Acta


Enviado por   •  6 de Enero de 2014  •  1.313 Palabras (6 Páginas)  •  444 Visitas

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PODER APUD ACTA

Nosotros, SOCIEDAD MERCANTIL CONCEPTOS C.A, inscrita por ante Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el día quince (15) de Agosto de 2000, bajo el No. 4, Tomo 9, de los Libros respectivos, domiciliada en Avenida Delicias Centro Comercial Las Mercedes, Local Numero 10, Maracaibo Estado Zulia, representada por el Presidente de su Junta Directiva y Representante Legal LUIS ALEJANDRO TAMAYO PÉREZ, mayor de edad, venezolano, casado, Titular de la Cédula de Identidad No. V- 11.684.605 y de este domicilio; por medio del presente instrumento declaramos: Se le confiere PODER ESPECIAL APUD ACTA, amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere a los Ciudadanos: CARLA PINTO VALERA y BRENDA PEDROZO MORA, abogados en ejercicio, Titulares de las Cedulas de Identidad No. V.- 18.944.015 y 17.568.453 respectivamente, inscritas en el Impre abogado bajo el número 130.456 y 156.990 y domiciliadas en la Ciudad del Municipio Maracaibo Estado Zulia; para que en forma conjunta o separadamente nos representen, sostengan y defiendan nuestros derechos, intereses y acciones en el juicio que por falta de cumplimiento de pago de Préstamo a Interés intentaremos por ante los Tribunales Competentes en contra del Ciudadano: LEONARDO JOSE GOMEZ POLANCO ,venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad No. V.- 12.667.090 y domiciliado en Avenida 5 de Julio, Residencias Canta Claro, Casa Numero 115-B, Maracaibo Estado Zulia. En ejercicio de este mandato judicial, queda ampliamente facultadas nuestras apoderadas aquí constituidas para demandar, darse por citadas, notificadas y emplazadas para todos y cada uno de los actos en el presente juicio; para contestar demanda, reconvenciones y cuestiones previas; para promover y hacer todo género de pruebas para tachar y contestar tachas; para preguntar y repreguntar testigos; para informar, apelar, desistir, convenir y transigir; recibir o entregar cantidades de dinero firmando los correspondientes recibos, documentos y finiquitos en general; nombrar árbitros, arbitradores o de derecho; para seguir el juicio en todas sus instancias, grados e incidencias para ejecutar medidas preventivas, ejecutivas o definitivas; para solicitar traslados del Tribunal y Ejecutar convenios: para asociar y sustituir este mandato en Abogados de su confianza; reservándose el ejercicio del mismo; y en fin; hacer todo aquello que fuere necesario y menester a la mejor defensa de nuestros derechos e intereses ya que las facultades aquí conferidas son a Título Enunciativo y nunca de carácter Taxativo. El(a) suscrito(a) Secretario(a) hace constar que el presente acto ocurrió en su presencia y que los poderdantes se identificaron con las Cedulas de Identidad No.V.-18.944.015 y 17.568.453.

Termino, se leyó y conformes firman.-

LOS PODERDANTES REPRESENTANTE LEGAL

LA SECRETARIA

PODER APUD ACTA

En horas de despacho del día de hoy 03 de noviembre del año 2009, comparece la ciudadana YAMILETH GOMEZ REA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-10.858.610, y de este domicilio, con el carácter acreditado en la causa seguida en el expediente UP11- L- 2009 000375, del repertorio de este tribunal, debidamente asistida por OMAR ROJAS CASTILLO, Abogado en ejercicio, IPSA bajo el Nº 114.267, y expone: Por medio del presente documento declaro que: Conforme a las previsiones del artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, Confiero Poder Apud Acta, amplio y bastante en cuanto a derecho se requiere a los abogados, OMAR ROJAS CASTILLO y JUBENAL ROJAS CASTILLO, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nos V-8.517.999 y V-10.860.846, inscritos en el IPSA bajo los números 114.267 y 67.937, respectivamente con domicilio procesal en el Centro Comercial “La Redoma”, oficina 10, en la Avenida 9, esquina calle 6 de la Ciudad de Chivacoa, estado Yaracuy, para que me representen y sostengan mis derechos e intereses, en todas y para todas las actuaciones que sean necesarias en la causa seguida en el expediente UP11 –L- 2009 000375 de este Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; en el ejercicio de este poder podrán mis apoderados aquí constituidos, junta o separadamente, intentar y contestar demandas, darse por citados o notificados en mi nombre, oponer convenciones y reconvenciones, promover y evacuar toda clase de pruebas, preguntar y repreguntar testigos, solicitar y hacer ejecutar medidas de embargo, rematar y hacer posturas en remates, anunciar recursos ordinarios y extraordinarios y seguir la causa en todos sus grados e

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