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Politica Fiscal


Enviado por   •  15 de Octubre de 2012  •  1.146 Palabras (5 Páginas)  •  342 Visitas

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LA RELACIÓN JURÍDICO-TRIBUTARIA

En México relación jurídico-tributaria se establece desde la Constitución, pues los ciudadanos están obligados a aportar al Estado con el objeto de sufragar los gastos públicos, conforme al Artículo 31, fracción IV de nuestra Carta Magna.

El, tributo, contribución o ingreso tributario es el vínculo jurídico en virtud del cual el Estado, actuando como sujeto activo, exige a un particular, denominado sujeto pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria, excepcionalmente en especie .

El tributo viene a constituir, esencialmente la manifestación económica de la relación jurídico-tributaria, representada por el derecho de cobro a favor del fisco y la correlativa obligación de pago a cargo del contribuyente.

Relación Jurídico Tributaria

1.- La existencia de un vínculo jurídico.

2.- El Estado como sujeto activo.

3.- Los particulares como sujetos pasivos.

4.- El pago o cumplimiento de una prestación pecuniaria, excepcionalmente en especie.

1.- La existencia de un vínculo jurídico. Todo tributo debe, para su validez y eficacia estar debidamente previsto en una norma jurídica expedida con anterioridad a los hechos o situaciones a los que va a ser aplicado. De otra forma, el mismo carecerá de toda validez (no puede existir ningún tributo válido sin una ley que los establezca).

2.- El Estado como sujeto activo. Toda obligación presupone la existencia de un sujeto activo que, por regla general, es aquel en cuyo favor se establece el crédito o el deber de dar, hacer o prestar que dicha obligación trae aparejado. Por lo que es la entidad estatal encargada de la determinación, recaudación y administración de las contribuciones.

3.- Los particulares como sujetos pasivos. Son los particulares, ciudadanos, gobernados o administradores, los que , agrupados bajo la denominación común de contribuyentes, tienen a cargo el cumplimiento de la obligación, o el deber de dar, hacer o prestar, por lo que deben de contribuir, en los casos señalados por las leyes aplicables, al sostenimiento de los gastos públicos.

4.- El pago o cumplimiento de una prestación pecuniaria, excepcionalmente en especie. El propósito fundamental perseguido por la relación jurídico tributaria es de dotar al Estado de los medios y recursos para sufragar los gastos públicos y poder atender así atender las necesidades colectivas de interés general. Por consiguiente los tributos que de ella derivan poseen un contenido eminentemente económico, sin embargo, en ocasiones verdaderamente excepcionales, se admite por la legislación aplicable que ese contenido económico se traduzca en prestaciones en especie, es decir en la entrega de bienes que poseen un valor económico indiscutible.

La Obligación tributaria

La Obligación tributaria se distingue de la relación jurídico tributaria, en que la obligación se limita al pago de una contribución, así como a llevar acciones o abstenciones consignadas en las leyes fiscales.

La definición que se encuentra en el Código Fiscal de la Federación , establece textualmente que “Las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales durante el lapso en que ocurran”.

El artículo 1º. Del Código Fiscal de la Federación, se expresa quienes poseen el carácter de sujetos pasivos de la obligación tributaria al señalar que:

“Las personas físicas y morales están obligadas a contribuir para los gastos públicos conforme a las leyes fiscales respectivas...”

De lo anterior vemos la existencia de dos sujetos pasivos; las personas físicas y las personas morales, sean nacionales o extranjeras.

El nacimiento del tributo

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