Preguntas Culpabilidad
Enviado por atreeyuu • 18 de Enero de 2015 • 1.843 Palabras (8 Páginas) • 316 Visitas
1.- ¿QUE ES LA CULPABILIDAD?
La Culpabilidad es la Situación en que se encuentra una persona imputable y responsable, que pudiendo haberse conducido de una manera no lo hizo, por lo cual el juez le declara merecedor de una pena. Es la situación en que se encuentra una persona imputable y responsable. Es una relación de causalidad ética y psicológica entre un sujeto y su conducta.
2.- ¿CUÁLES SON LOS TIPOS O GRADOS DE CULPABILIDAD?
Dolo: existen tres tipos: dolo directo o de primer grado, dolo indirecto o de consecuencias necesarias y dolo eventual.
Culpa: Preterintencion.
3.- ¿QUÉ ES EL DOLO? Y COMO SE CLASIFICA.
Entendido como conocimiento y voluntad de realizar el tipo objetivo de un delito (dolus naturalis). Son por tanto dos los elementos que integran el dolo, el elemento intelectual o cognoscitivo y el elemento volitivo.
4. ¿EN QUE CONSISTE LA CULPA?
Es una omisión de la conducta debida, destinada a prever y evitar un daño. Se manifiesta por la imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de reglamentos o deberes.
5.- ¿EN QUÉ CONSISTE LA PRETERINTENCIONALIDAD?
Con tu conducta causas un daño mayor al esperado, y es una condición que se da en la comisión de un delito.
6.- MENCIONE 3 DELITOS QUE NO ADMITEN LA FORMA CULPOSA
Culpa, Dolo y caso fortuito
7.- CUÁLES SON LAS CAUSAS DE INCULPABILIDAD? Y EXPLÍCARLAS..
Las Causas de Inculpabilidad destruyen el vínculo ético y psicológico que se requiere para la existencia del delito. Las Causas de Justificación destruyen la antijuridicidad del acto típico. Las Causas de Inimputabilidad convierten a una persona en incapaz penal. Las Causas de Inculpabilidad destruyen el dolo o la culpa. Si no hay dolo ni culpa no hay delito.
Son Causas de Inculpabilidad:
• La Violencia Física Y Moral
• El Caso Fortuito La Fuerza Mayor
• El Error De Tipo
8.- ¿CUÁL ES EL ERROR QUE CONSTITUYE CAUSA DE INCULPABILIDAD?
Error e Ignorancia De Hecho
9.- ¿QUE SON LAS EXIMENTES PUTATIVAS?
Son las cuales el sujeto actúa con la convicción errada de que su conducta se encuentra amparada por una causa de justificación o del inculpabilidad al fundarse en presupuestos falsamente apreciados que no corresponden a situaciones reales, y que influyen en el sujeto, configurando un error de prohibición que excluye el dolo, pudiendo también eliminar la culpa o dejarla subsistente. Las eximentes putativas no solo se basan en una causa de justificación sino, también eximente de responsabilidad penal.
10.- ¿QUE SE ENTIENDE POR PUNIBILIDAD?
Significa cualidad de punible, es decir aquella conducta a la que se tiene la posibilidad de aplicar una sanción o pena jurídica. La Punibilidad significa la posibilidad de aplicar pena, atendiendo a esto no a cualquier delito se le puede aplicar pena.
11.- ¿QUE SON LAS CIRCUNSTANCIAS DE ATENUANTES?
Aquellas circunstancias accidentales al delito que, por incidir sobre el elemento esencial de la culpabilidad, producen el efecto de disminuir la responsabilidad criminal del sujeto determinando, en consecuencia, un menor quantum de pena.
12.- ¿QUE SON LAS ESCUSAS ABSOLUTORIAS?
Son circunstancias personales que determinan la exclusión de la pena en un comportamiento antijurídico y culpable. La denominación de excusas absolutorias son figuras jurídicas cuya función es dejar sin punición determinados hechos delictivos no obstantes estar presentes en ellos las notas de antijuridicidad tipificada y culpabilidad.
13.- MENCIONE TRES CASOS DE EXCUSAS ABSOLUTORIAS.
1. Estado de necesidad.
2. Ejercicio de un derecho.
3. Excusa por imprudencia
4. Aborto en caso de embarazo y que sea producto de una violación.
14.- ¿QUE SE ENTIENDE POR CONDICIONALIDAD OBJETIVA?
Circunstancias exigidas por la ley penal para la imposición de la pena, no pertenecen al tipo del delito, ni a un elemento de este y no condicionan la antijuridicidad. No tienen nada que ver con la acción delictiva, su presencia se condiciona a la aplicación de la sanción. Es por eso que su eficacia influye en la pena. Estas condiciones obran después de efectuado el delito (consumado o intentado).son establecidas por el legislador para que la pena tenga aplicación.
15.- ¿CUÁL ES LA DEFERENCIA ENTRE PENA Y PUNICIÓN?
La pena es el medio con que cuenta el Estado para reaccionar frente al delito "restricción de derechos del responsable". Se define como una sanción que produce la pérdida o restricción de derechos personales de la comisión de un delito. Por ello, el Derecho que regula los delitos se denomina habitualmente Derecho penal.
Punición: Castigo que se impone por algo: tendrá que pagar una multa como punición.
Diferencia: Se sanciona con la punición ya sea de una multa o sanción o con la pena que es la privación de la libertad y de algunas garantías constitucionales.
16.- ¿CUÁL ES EL ASPECTO NEGATIVO DE LA PUNIBILIDAD?
Falta de condición objetiva de punibilidades que no puede castigarse: tipicidad y excusas absolutorias.
17.- ¿PUEDE HABER PENA SIN DELITO?
No.
18.- CUANDO SE HABLA DEL DELINCUENTE, ¿A QUIÉN SE ESTÁ HACIENDO REFERENCIA?
Al agente o al sujeto activo.
19.- ¿ES LO MISMO DELINCUENTE QUE CRIMINAL?
El delincuente es el sujeto que por cometer un delito está sentenciado (existencia de un proceso judicial que en base a los hechos, argumentos, pruebas y criterio jurídico fue declarado culpable) y criminal es el sujeto que por sus hechos se presume que cometió una conducta tipificada y cuya culpabilidad o responsabilidad será determinada por un proceso judicial.
20.- ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN PROCESADO Y UN REO?
Procesado, es aquella persona que está siendo sometida a un juicio y por tal motivo se le está instruyendo un proceso penal, esto es desde el dictado del auto constitucional hasta las conclusiones y reo se utiliza para definir a las personas que han sido condenadas por un delito.
21.- ¿QUÉ SE ENTIENDE POR CONCURSO DE PERSONAS?
El concurso de delitos se reparte en dos áreas:
...