Principios del derecho probatorio
Enviado por 0303030802 • 10 de Febrero de 2021 • Informe • 1.500 Palabras (6 Páginas) • 66 Visitas
Principios del derecho probatorio
Isabel Campos.
El derecho es una ciencia o actividad la cual maneja infinidad de situaciones en la vida de los particulares en gran cantidad o diversidad de ámbitos, en ese sentido, necesita de una serie de directrices o lineamientos que permitan la correcta aplicación de las leyes y sus correspondientes procedimientos; así como lograr un perfecto orden o estructura que facilite la firmeza o inalterabilidad del derecho ante estas situaciones o sino ante los cambios que es sometido a través de la misma evolución. De esta forma, cada una de las áreas o ramas en que ha avanzado las ciencias jurídicas deben seguir ciertos principios, lineamientos o aspectos generales.
Para lograr establecer la importancia y principios del derecho probatorio, primeramente se debe definir esta ciencia, según Varela, E (2016: párr. 12) “Es una rama del derecho que regula todo lo referente a la búsqueda de los medios que conlleven a la verdad de aquellos, hechos que sean circunstanciales en el procedimiento instrumental legal, pues todo hecho deja algún rastro”. A su vez, Martínez, Y. (2002:1) establece que: “El derecho probatorio por ser la columna vertebral del sistema jurídico adjetivo, tiene gran relevancia a lo que a materia probatoria se refiere, ya que sin prueba no hay alegatos, ni pretensión que valga”. De ambos enunciados se puede extraer la idea o concepción de que el tema central de esta materia es la prueba, su actividad y efectos en el proceso. Además, su característica principal es que posee un alcance universal, ya que en cualquier litigio o proceso judicial es necesario y obligatorio usar el derecho probatorio para validar argumentos o hechos que puedan beneficiar y perjudicar a las partes o sujetos procesales.
Así mismo, al prestar atención a esa característica de universalidad aunado con la idea de que esta rama jurídica debe poseer y cumplir con una serie de elementos, da como resultado que surjan una serie de ideas, enunciados o mejor dicho, estrictamente principios de uso genérico, los cuales no son cambiados con el pasar del tiempo debido a que su propia creación y existencia moldean, estructura y dan soporte al “derecho probatorio” y todos los aspectos que el mismo abarca (La prueba, medios de prueba, carga y valoración de la prueba, hechos que pueden ser probados, alcance de la capacidad probatoria, la libertad de la prueba, defensa del debido proceso, aplicación y protección de la tutela judicial efectiva, entre otros), encontramos la idea expuesta según por Viera, A. (2002:35). El cual declara que: “Como su nombre lo indica son principios generales aplicables en materia probatoria, aplicables a todos los procesos, sean estos civil, laboral, penal, administrativo.
Ahora bien, al concurrir esta capacidad y necesidad de existir e interactuar tantos lineamientos en gran cantidad de naturalezas, esto genera que haya una serie de conocimientos determinados como los más importantes o resaltables, dichos elementos por lo general son siempre los mismos, con pequeños cambios, agregados, recapitulaciones u omisiones según el autor o la doctrina. Específicamente Viera, A. (2002) coloca en primer lugar, el principio de la “Necesidad de la prueba y la prohibición de aplicar el conocimiento privado del juez sobre los hechos” el cual determina que todo hecho o argumento declarado debe ser apoyado y acompañado con sus debidas pruebas, es decir, el hecho por sí solo es mera especulación, y dicho apoyo no puede ser llenado por el juez o sus ideas privadas, además se relaciona con la imparcialidad obligatoria del juez. Seguidamente, se tiene el principio de “Carga de la prueba y la autorresponsabilidad de las partes por su inactividad”, el cual consagra que las partes poseen la carga probatoria y disposición de probar los hechos de forma libre, siempre y cuando sean pertinentes, a su vez están preparadas para asumir las consecuencias su inactividad u errores.
En tercer lugar, tenemos el principio de la “Unidad de la prueba” el cual ofrece el método analítico y la apreciación en conjunto de las pruebas, esta se realiza después del estudio individualizado de cada medio o elemento probatorio. Luego se tiene el concepto de la “Contradicción de la prueba” conocida como la facultad que tienen las partes de conocer y oponerse a las pruebas que interpone su contraparte, de esta forma, al proceso no pueden ingresar pruebas a escondidas o espalda de la contraparte. A continuación, se tiene el principio de “Comunidad o adquisición de la prueba”, estableciendo que las pruebas una vez aportadas al juez y al proceso, ya no pertenecen a las partes y no pueden beneficiarlas de forma exclusiva. En otras palabras, dentro de esta comunidad todas las pruebas son iguales y pueden perjudicar o beneficiar en igualdad de condiciones. En sexto lugar, se encuentra el aspecto de la “Eficacia jurídica y legal de la prueba” que implica que la prueba es el medio idóneo para la afirmación y comprobación de los hechos admitidos.
...