Procesal Civil
Enviado por ARTABIAL • 22 de Abril de 2014 • 3.089 Palabras (13 Páginas) • 329 Visitas
PERIODO PROBATORIO
Es la fase del proceso en la cual las partes tienen la oportunidad de acreditar su dicho ante el Juez, correspondiéndole al actor hacerlo respecto a los hechos constitutivos de su acción y al demandado en relación con sus defensas y excepciones.
Tipos de Periodos Probatorios
ORDINARIO
Es el periodo normal para ofrecer y desahogar las pruebas.
Civil: Su termino es de 30 días, Art. 282 CPC
Mercantil: Su termino es de 40 días, los primeros 10 días para ofrecer y los restantes 30 para el desahogo, Art. 1383 CCom.
Tipos de Periodos Probatorios
PORROGA
Civil: Art. 282 CPC
*Esta prorroga debe solicitarse antes de que
venza el periodo ordinario señalado.
*El auto que la concede no admite recurso
*El auto que la niega es apelable en ambos efecto
Mercantil: Art. 1207 CCom. Su termino será hasta
por 20 días y debe solicitarse dentro del termino
de ofrecimiento de pruebas.
En el juicio ejecutivo será hasta por 10 días
Art. 1207 CCom.
Tipos de Periodos Probatorios
EXTRAORDINARIO
Cuando se tenga que desahogar una prueba fuera del Estado donde se tramita el juicio.
Arts. 283, 284 y 285 CPC
1) Dentro del territorio mexicano 50 días
2) América del Norte, Central o Antillas 100 días
3) En otra parte 120 días
*Corre independiente del termino ordinario
*Solo para las pruebas señaladas
*Deben cumplirse los siguientes requisitos:
Tipos de Periodos Probatorios
a) Debe solicitarse dentro de los 8 días siguientes a la apertura del termino ordinario y corre desde el día siguiente en que se otorga.
b) Nombre y residencia de los testigos (exhibir el interrogatorio).
c) Que se señalen los archivos donde se encuentren los documentos ofrecidos.
d) Certificado de deposito por multa si no se desahogan las pruebas (Art. 284 CPC)
Tipos de Periodos Probatorios
En materia Mercantil, el periodo extraordinario, para desahogar pruebas fuera del Estado (no mas de 60 días)., fuera del País (no mas de 90 días)., el termino queda al arbitrio del Juez y debe solicitarse dentro de los primeros 10 días que se abra el periodo probatorio.
Art. 1207 en relación con el Art. 1383 CCom.
PRUEBAS EN GENERAL
I.- Principios Reguladores de la Prueba
Estos se encuentran debidamente establecidos en los artículos del 265 al 276 del CPC.
II.- Medios de Prueba, Art. 279 CPC
1) Confesión
2) Documentos Públicos
3) Documentos Privados
4) Dictámenes Periciales
5) Reconocimiento o Inspección Judicial
6) Declaración de testigos
7) Fotografías, copias fotostáticas, registros dactiloscópicos y en general todos aquellos elementos aportados por los descubrimientos de la ciencia
8) Fama Publica
9) Presunciones
10) Todos los demás medios que produzcan convicción en el juzgador
PRUEBAS EN GENERAL
Para el desahogo y valoración de las pruebas, debemos distinguir las siguientes etapas que comprende este proceso. Cada una de estas etapas implica la obligación de realizar algunas conductas procesales a cargo de las partes o del Juez.
PRUEBA CONFESIONAL
Confesión: Es el reconocimiento que hace alguna de las partes sobre los hechos controvertidos.
Art. 290 CPC.
1.- Judicial.- Se lleva a cabo ante el Juez competente al
preparar el juicio*, contestar la demanda o en cualquier otro
acto del procedimiento.
2.- Extrajudicial
CONFESION JUDICIAL
ESPONTANEA: Se formula en la demanda o en la
contestación de la demanda.
PROVOCADA: Cuando alguna de las partes ofrece la
prueba.
EXPRESA: La formulada con palabras al contestar las
posiciones
a) Cuando sin justa causa no comparece
b) Compareciendo se niega a declarar
TACITA O FICTA c) Declarando no responde con un si o no
d) Cuando se dejan de contestar hechos de la
demanda o se contestan con evasivas.
PRUEBA CONFESIONAL
Terminología
*Posiciones: Se le llama así a las preguntas que se formulan para el desahogo de esta prueba con afirmaciones hechas por el articularte.
*Articulante: Persona que formula las posiciones.
*Absolvente: Persona que responde las posiciones.
*Pliego de Posiciones: Documento en donde están contenidas las posiciones que el articulante formula al absolvente.
PRUEBA CONFESIONAL
Ofrecimiento de la prueba
*No esta sujeta a ninguna formalidad; Art. 292
*Al momento de la audiencia si acude el absolvente se pueden formular verbalmente
*Pliego + nuevas verbales al momento de la audiencia
*Personalmente, comparecencia de propia y viva voz
*Se ofrece dentro del termino y puede desahogarse hasta antes de citación a sentencia
PRUEBA CONFESIONAL
Admisión
No existe ningún requisito para su admisión, excepto que sea ofrecida dentro del termino de ley.
Preparación
*Elaborar las posiciones, Art. 296 CPC
*Notificación personal por lo menos 24 horas antes
*Apercibimiento
PRUEBA CONFESIONAL
Desahogo
*Comparecer el día y hora señalados
*El absolvente deberá firmar el pliego antes de proceder al interrogatorio.
*Calificación de las posiciones.
*Las posiciones deben contestarse en forma afirmativa o negativa y posteriormente si es deseo del absolvente agregar lo que considere prudente; Art. 301 CPC.
Formula: Que diga el absolvente si es cierto como lo es…
PRUEBA TESTIMONIAL
Concepto: Es la declaración en un juicio, que hacen las personas ajenas a las partes y las cuales reciben el nombre de testigos, sobre hechos de los que tienen conocimiento directo, por haberlos percibido a través de sus sentidos. Esos hechos tienen relación con los que están controvertidos en el juicio y deben ser probados por las partes.
“Todas las personas que tengan conocimiento de los hechos objeto de litigio, están obligadas a comparecer a declarar”. Art. 343 CPC
PRUEBA TESTIMONIAL
Ofrecimiento
...