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Proyecto propiedad horizontal


Enviado por   •  14 de Octubre de 2015  •  Apuntes  •  1.338 Palabras (6 Páginas)  •  101 Visitas

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Introducción

Uno de los grandes retos actuales de nuestras ciudades y regiones, es encontrar dinámicas hacia la sustentabilidad en sus procesos de desarrollo y crecimiento, lo cual involucra la equidad y el bienestar social, la calidad de vida de los habitantes urbanos y rurales, el derecho de todos a la ciudad y al campo, y la sostenibilidad ecológica. Esta búsqueda no es solo un reto del Estado y de los gobiernos de turno, sino también un ejercicio, un deber y un derecho permanente de los diferentes sectores de la sociedad.

Sin embargo ha surgido tensiones entre dos partes: la primera, el derecho privado como parte del crecimiento y desarrollo social de los habitantes de las actuales viviendas que circundan los cerros orientales y de nuevas construcciones que legalmente tienen permisos de construcción e incluso de explotación de minas en la zona y el segundo, derecho colectivo de un ambiente sano, la moralidad administrativa, la existencia del equilibrio ecológico, la defensa del patrimonio público, la defensa del patrimonio cultural de la Nación, la seguridad y salubridad públicas, el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente.

Según la jurisprudencia de la Corte Constitucional Colombiana, la función social de la propiedad se traduce en que este derecho debe ceder ante las obligaciones del Estado y de la comunidad en general (Corte Coçnstitucional, sentencia C – 189, 2006); por lo tanto, resulta legítimo que el legislador imponga restricciones a la propiedad, cuando sea en beneficio del interés general, es decir, por razones de salubridad, seguridad, urbanismo, entre otros, sin embargo, estas limitaciones no pueden afectar su núcleo esencial, que está garantizado y se traduce en el nivel mínimo de goce y disposición de un bien que permita a su titular obtener utilidad económica en términos de valor de uso o valor de cambio que justifiquen la presencia de un interés privado en la propiedad. Así, como lo ha reconocido la Corte Constitucional, la vinculación intrínseca de la propiedad privada a la función

social, ha querido subordinar la garantía de la misma a los requerimientos de producción y generación de riqueza (Corte Constitucional, sentencia C – 595 1999).

Tan pronto se empieza a manejar los conceptos de propiedad privada y función social en el contexto Colombiano, surge un interrogante:¿ cuales son los límites de los derechos de la propiedad privada de quienes tienen licencias de construcción en predios que han sido declarados como pertenecientes a una zona de reserva forestal como lo son los cerros orientales de Bogotá ?

En este proyecto de investigación se busca una mirada más clara, sobre la función social de los cerros orientales de manera que se equilibre el derecho entre un ambiente sano y el derecho a la propiedad privada.

En busca de esos límites de derechos la normatividad sobre la propiedad privada y la de los lineamientos en la construcción sobre zona considerada reserva forestal como lo es considerada los cerros orientales de Bogotá podríamos decir por una parte que las construcciones que ya se encuentran en esta zona ya se consideran con derecho adquirido como nos lo indica la Acción Popular No 25000232500020050066203 a quienes obtuvieron licencias de construcción y/o construyeron legalmente en la franja de adecuación y en la “zona de recuperación ambiental”, ubicada dentro de la reserva forestal protectora, antes de la anotación registral de la afectación a la reserva del predio respectivo. De igual manera la corte constitucional también nos da unos parámetros que limitan los derechos privados cuando se trata de zonas consideradas reserva forestal (Corte Constitucional, sentencia C – 189, 2006); y que al existir una reserva forestal como en el caso de los cerros orientales se convierte en un límite al ejercicio del derecho a la propiedad privada, en cuanto a que las áreas que se reservan y declaran para tal fin, no sólo comprenden terrenos de propiedad estatal, sino de propiedad particular. En estos casos, los propietarios de los inmuebles afectados por dicho gravamen, deben allanarse por completo al cumplimiento de las finalidades de estas zonas declaradas y a las actividades permitidas en dichas áreas de acuerdo al tipo de protección ecológica que se pretenda realizar. Así, por ejemplo, al declararse un parque como “santuario de flora” solamente se pueden llevar a cabo actividades de conservación, recuperación, control, investigación y educación.

El método a utilizar es el deductivo partimos de las normas generales de la propiedad privada y los derechos colectivos ambientales a nivel de convenios internacionales inscriptos por Colombia y vamos a lo particular sobre las licencias y autorización ambientales dadas por las entidades ambientales para el caso particular de los cerros orientales.

Este trabajo se divide en estos grandes temas Definición de reserva forestal y propiedad privada según el derecho Colombiano, Licenciamiento y autorizaciones ambientales, Límites de la franja de adecuación.

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