QUIENES NO ESTAN OBLIGADOS A DECLARAR
Enviado por danelisperez • 13 de Septiembre de 2013 • 1.580 Palabras (7 Páginas) • 333 Visitas
¿QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR?
1. Las personas naturales y sucesiones ilíquidas que cumplan con los siguientes requisitos:
- No ser responsables del impuesto a las ventas del régimen común.
- Haber obtenido durante el año 2012 ingresos brutos inferiores a $ 36.469.000 (1.400 UVT).
- Tener patrimonio bruto que no exceda a 31 de diciembre de 2012 $ 117.221.000 (4.500 UVT).
- No haber realizado durante el año gravable 2012 consumos con tarjeta de crédito superiores a $ 72.937.000 (2.800 UVT).
- No haber realizado durante el año gravable 2012 compras o consumos superiores a $ 72.937.000 (2.800 UVT).
- No haber realizado durante el año gravable 2012 consignaciones, depósitos o inversiones financieras, por un valor total acumulado, superiores a $ 117.221.000 (4.500 UVT).
2. Personas naturales que sean asalariadas y cumplan con los siguientes requisitos:
- Que los ingresos brutos hayan provenido por lo menos en un 80% de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria.
- Tener un patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2012 que no exceda $ 117.221.000 (4.500 UVT).
- No ser responsables del impuesto sobre las ventas del régimen común.
- No haber obtenido ingresos totales durante 2012 superiores a $ 106.098.000 (4.073 UVT).
- No haber realizado consumos con tarjeta de crédito durante 2012 superiores a $ 72.937.000 (2.800 UVT).
- No haber realizado compras o consumos durante 2012 superiores a $ 72.937.000 (2.800 UVT).
- No haber realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras por un valor acumulado durante 2012 superior a $ 117.221.000 (4.500 UVT).
3. Personas naturales o jurídicas extranjeras, sin residencia o domicilio en el país, cuando la totalidad de sus ingresos hubieren estado sometidos y se les hubieren practicado retención en la fuente por pagos al exterior a título del impuesto de renta.
4. Empresas de transporte aéreo o marítimo sin domicilio en el país, siempre y cuando se les hubiere practicado la retención en la fuente por concepto de impuesto sobre la renta, salvo si dichas empresas no se encuentran sometidas a retención en la fuente en virtud de tratados internacionales sobre doble tributación, en cuyo caso aplica una retención en la fuente del 3%.
5. Los trabajadores independientes cuyos ingresos brutos se originen en honorarios, comisiones o servicios, por lo menos en un 80%, y sobre los mismos se hubiere practicado retención en la fuente y cumplan con los siguientes requisitos:
- No ser responsables del IVA del régimen común.
- Totalidad de ingresos debidamente facturados.
- Tener un patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2012 que no exceda $ 117.221.000 (4.500 UVT).
- No haber obtenido ingresos totales superiores durante 2012 a $ 85.962.000 (3.300 UVT).
- No haber realizado consumos con tarjeta de crédito durante 2012 superiores a $ 72.937.000 (2.800 UVT).
- No haber realizado compras o consumos durante 2012 superiores a $ 72.937.000 (2.800 UVT).
- No haber realizado consignaciones, depósitos o inversiones financieras por un valor acumulado durante 2012 superior a $ 117.221.000 (4.500 UVT).
PERSONAS NATURALES NO OBLIGADAS A DECLARAR RENTA: Persona natural es un concepto estrictamente jurídico, el cual se refiere a la persona como ser humano y como sujeto de derecho o de relaciones jurídicas, en este caso sujeto o no de una obligación tributaria.
Compilación de procedimiento tributario
Obligación de declarar
Por regla general toda Persona natural o Persona jurídica como Colombiano y Contribuyente que es, está en la obligación de pagar impuestos y por consiguiente de declarar, así lo establece la Constitución política en su artículo 95 numeral 9, cuando afirma que toda persona está obligada a “Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad”.
Quienes no están obligados a declarar para el periodo gravable 2012 (Que se declara en el 2013)
Para efectos de determinar la obligación de declarar de las personas naturales, estas se dividen en tres grupos: Contribuyentes de menores ingresos, Asalariados y Trabajadores independientes.
No están obligados a declarar:
1. Personas naturales que no sean responsables del Impuesto a las ventas, que en el respectivo periodo gravable (2012) haya obtenido ingresos brutos inferiores a 1.400 Uvt ($36,469,000) y un patrimonio bruto que no exceda de 4.500 ($117,221,000) Uvt en el último día del periodo gravable (Artículo 592 del estatuto tributario).
2. Los asalariados cuyos ingresos brutos provengan por lo menos de un 80% pagos originados en una relación laboral reglamentaria (Contrato de trabajo según los términos del Código sustantivo del trabajo), y que además cumpla
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