Que Es Una Mina
Enviado por itoman • 5 de Febrero de 2015 • 2.211 Palabras (9 Páginas) • 189 Visitas
Índice
Concepto
Que es una mina
Que es derecho de mina
Características
Elementos Esenciales
Concesiones mineras
Rol de las Instituciones
Formas de extinguir una concesión
Fundamento legal
Ley 109 de 1973
Ley 32 de 1996
Desarrollo Sostenible
Impacto de la minería
Conclusión
infografía
Concepto
La minería es la extracción selectiva de los minerales y otros materiales de la corteza terrestre de los cuales se puede obtener un beneficio económico, así como la actividad económica primaria relacionada con ella.
El Derecho Minero viene a ser, precisamente, el conjunto de normas jurídicas aplicables a la exploración, explotación y beneficio de las sustancias minerales y que regula la actividad de los concesionarios y de la minería en general.
Características de la mina:
•se encuentra en un lugar oculto
•Necesita de exploración/ para pasar luego a la explotación y así mismo a la comercialización.
•Antes de ser descubiertas son cosas, después pasan a ser bienes.
•Son agotables, por ello se extraen de ella productos
•En ella se confunden variados minerales
Elementos esenciales de la mina:
• En nuestra legislación los minerales no son necesariamente del dueño del suelo.
• los minerales de clasifican metálicos y no metálicos./ por lo que no solamente se basa en oro y plata sino en una variedad de minerales
• su legislación y procedimiento son diferentes entre los metalicos y no metálicos
• se da la figura de las concesiones mineras
Concesiones mineras
Es aquella autorización q es otorgada ya sea a una persona natural o jurídica para la exploración o extracción de minerales metálicos o no metálicos para su comercialización.
El estado puede suscribir un contrato con una persona natural como con una persona jurídica.
Actualmente en Panamá se encuentran contratos para los metálicos y no metálicos
140 no metálicos - 18 contratos metálicos
Cuáles son los minerales metálicos: oro, plata, platino.
Minerales no metálicos: arena, piedra Caliza
El Código de Recursos Minerales preceptúa que el contrato de concesión minera se extingue de las siguientes formas:
Renuncia:
Esta forma de terminación del contrato de concesión se da para concesiones de exploración, explotación, transporte y beneficio, pero no podrán renunciar aquellos que sean dados por licitación.
Artículo 283.
Insubsistencia:
La insubsistencia se da cuando la concesión ha sido otorgada a favor de personas que estén expresamente impedidas, como se ha explicado en puntos anteriores, para ejercer derechos de concesionarios.
Artículo 285. Las concesiones mineras otorgadas por el Órgano Ejecutivo o enajenadas por terceros a favor de personas que están expresamente impedidas para retener o ejercer concesiones mineras serán declaradas insubsistentes."
Expiración:
La define el diccionario como acabar o concluir el plazo. El Código de Recursos Minerales es taxativo en cuanto a la finalización del tiempo establecido para ejercer un derecho. Es así que en su artículo 286 señala:
"Artículo 286.
Nulidad:
En relación a las otras formas de terminación, la nulidad no es un acto potestativo del Estado, ni del concesionario, sino obligatorio por parte del Estado.
Corresponde al Órgano Ejecutivo declarar la nulidad de los contratos de concesiones
Cancelación:
Se puede extinguir la concesión minera por la vía de la cancelación minera que puede ser entendida como una rescisión que se da por una declaración, vía administrativa que de forma obligatoria debe realizar el Órgano Ejecutivo, siempre claro está, que no existan motivos de caso fortuito o fuerza mayor.
Caducidad:
Reversión:
Por esta vía, cuando se llega al término normal del contrato de concesión, pasan al Estado las tierras y recursos que allí quedan, pero esto implica que pasan al Estado todas las instalaciones e infraestructuras, de manera que se pueda continuar la actividad.
Desistimiento
Mutuo Consentimiento
Rol de las Instituciones
El Estado: es el responsables de las riquezas mineras que se encuentran en el suelo o subsuelo. / fundamento legal art 257 # 5 de la constitución.
Que pasa en el caso que sea dentro de una propiedad privada. Nuestro código civil sección propiedad
Artículo 339. El dueño de un terreno lo es del suelo y del subsuelo. Puede hacer en él las obras, plantaciones y excavaciones que le convengan, con sujeción a las servidumbres que determine la ley.Respecto de las minas y otras riquezas naturales a que tenga derecho la Nación, se estará a lo que establecen el Código de Minas, el Código Fiscal y el Código Administrativo.
Ministerio de comercio e industria: Esta institución es la responsable de la política minera así como el fomento y control de las actividades mineras.
La dirección nacional de recursos minerales: esta institución es Quien ejerce control y fiscalización sobre los contratos mineros
Fundamento legal
La ley 109 del 8 de octubre 1973.
Art 1. Cualquier persona natural o jurídica organizada y constituida en panamá, podrá solicitar al ministerio de comercio eh industria a través de su dirección general de recursos minerales, la celebración de un contrato para la exploración y explotación de los minerales no metálicos.
Art2 los contratos serán celebrados por la nación representada por el MICI y el peticionario; requerirán para su validez el refrendo del contralor general de la república y la aprobación del órgano ejecutivo. Estos contratos estarán en vigencia a partir de su publicación en gaceta oficial.
Dentro de la ley 32 de 1996
Se adoptaron otras disposiciones referente al procedimiento en la ley 109 de 1973
60 días es el tiempo para presentar las oposiciones en las solicitudes de concesión no metálicas.
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