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Quiebra


Enviado por   •  8 de Abril de 2015  •  Tesis  •  627 Palabras (3 Páginas)  •  197 Visitas

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ARTÍCULO 19, NUMERAL 2.

Están impedidos y prohibidos para ejercer el comercio:

1) Las personas señaladas por disposiciones legales o como consecuencia de sentencia judicial.

2) Los quebrados que no hayan obtenido rehabilitación.

3) Los directores, administradores, gerentes o representantes legales, así como los síndicos de las sociedades declaradas en quiebra culpable o fraudulenta, por el tiempo que dure la condena.

4) Los funcionarios o empleados públicos de entidades oficiales o semioficiales en relación a actividades que tengan vinculación con sus funciones.

ANTECEDENTES.

Haciendo un rápido y sintético repaso por nuestra historia podemos encontrar que en la antigüedad y como orígenes de la quiebra se señalan la penalización que se hacía en contra de las personas que no cumplían sus obligaciones económicas, los que eran castigados como criminales al volverse insolventes, y si la insolvencia provenía por declararse en bancarrota, la misma operaba como una agravante para efecto de la pena a imponer que por lo general involucraba la posesión por parte de los acreedores de los bienes del fallido, así como su posterior liquidación o venta total de los mismos. El fallido se exponía a la pérdida no solo de su libertad ambulatoria, sino a su conversión en esclavo.

Ya para la Edad Media en Italia se podía contar con reglas específicas relativas a la quiebra en ciudades como Génova en sus Estatutos de 1498 entre las cuales aparecían nulidades respecto a los actos ocurridos durante el período sospechoso.

Se imponían severas penas a los culpables de bancarrota y la única manera de que estos podían librase del castigo era la de ceder a disposición de los acreedores todos sus bienes y pertenencias, lo que hizo que se reglamentara mediante Ordenanzas Reales entre 1536 y 1560, la venta d los activos y su posterior distribución entre los acreedores de una manera justa y equitativa.

DEFINICION.

La quiebra se refiere a la situación legal en la que una sociedad comercial o comerciante individual en forma momentánea, temporal o definitiva se encuentra imposibilitado del cumplimiento de las obligaciones contraídas.

CLASES DE QUIEBRA.

Existen tres clases de quiebra.

 Fortuita: la que sobreviene por infortunios del empresario que le impidan satisfacer en todo en partes sus deudas .

 Culpable: la que viene acompañada de determinados hechos por parte del empresario que la ley califica de culposo.

 Fraudulenta: cuando el empresario se alce con todo o parte de sus bienes.

LA FIGURA DE LA QUIEBRA.

Los presupuestos de la declaración de la quiebra son dos:

 Subjetivo: la cualidad de empresario o comerciante.

 Objetivo: el sobreseimientos de los pagos.

Las formas de instar la declaración de quiebra son:

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