La Quiebra
Enviado por robertomanuel • 12 de Septiembre de 2014 • 1.374 Palabras (6 Páginas) • 241 Visitas
Introducción
Administrar y hacer crecer una empresa no es tan sencillo, implica mucho esfuerzo y organización de parte de los socios, fundadores y demás personas que colaboran con ésta día a día. Una de las decisiones más difíciles, y que de hecho suele ser algo muy frecuente, es la de anunciar que la empresa ha llegado a la quiebra y, con base en esto, asumir las consecuencias.
En esta semana analizaremos de qué se trata la quiebra y la suspensión de pagos, el proceso por el que deben pasar la empresa, los socios y otros integrantes para dar por terminada la empresa
Es muy probable que la quiebra sea uno de los episodios más dramáticos que
pueda vivir un comerciante.
La quiebra incluye la importancia de quien la vive para sortear un problema, para prevenirlo o sencillamente para guiar en forma adecuada a la empresa que dependió de él.
En nuestro derecho la quiebra posee una doble connotación jurídica. Por un lado expresa el estado jurídico (sustancialmente) en el que pone un comerciante que fue declarado en quiebra por un juez; por otro lado así se denomina al juicio especial (procesalmente) a que da origen a aquel estado jurídico en que está un comerciante (el fondo), y así también es el juicio que se sigue en su contra (proceso); por lo que es necesario analizar la quiebra desde un punto de vista estrictamente del derecho mercantil, y por otro desde el punto de vista del derecho procesal, para con ello tener un conocimiento global adecuado.
Concepto
En nuestro derecho la quiebra posee una doble connotación jurídica. Por un lado expresa el estado jurídico (sustancialmente) en el que pone un comerciante que fue declarado en quiebra por un juez; por otro lado así se denomina al juicio especial (procesalmente) a que da origen a aquel estado jurídico en que está un comerciante (el fondo), y así también es el juicio que se sigue en su contra (proceso); por lo que es necesario analizar la quiebra desde un punto de vista estrictamente del derecho mercantil, y por otro desde el punto de vista del derecho procesal, para con ello tener un conocimiento global adecuado.
La Ley de Quiebras y Suspensión de Pagos con toda claridad señala que la quiebra no es un estado oficioso “per se” (por si) sino que es un estado jurídico
que únicamente se presenta cuando así lo declara un juez competente en su sentencia.
Es por este motivo, que no es adecuado decir que un comerciante está en quiebra al volverse insolvente. Por más que un comerciante se vuelva moroso e irresponsable hasta el extremo; no se encontrará quebrado si un juez no lo declara así.
Son tres los principios elementales de la quiebra en nuestro derecho:
1. Tiene que existir insolvencia, es decir, tiene que haber deudas que sean
superiores al activo y disponibilidad del deudor.
2. Que el deudor tiene que ser comerciante, ya que de no ser así estaríamos
hablando del concurso civil.
3. Tiene que ser declarado por sentencia judicial.
Las causas de una quiebra se deben a:
• Imprevisión por parte del comerciante
• Exceso de confianza personal del comerciante por parte del comerciante.
• La mala organización y planeación por parte del comerciante.
• Descuido o negligencia del comerciante.
• La falta de conocimiento del comerciante para seleccionar a su personal, y como consecuencia contratar dependientes ineptos.
• Alguna circunstancia que el comerciante, siendo la base del comercio, pudo haber previsto, alejado, disminuido, nulificado, o, en su defecto, pudo tomar la decisión de cerrar su negocio y no quebrarlo.
Presupuesto de la quiebra
Son los requisitos que debe reunir la hipótesis que se analice, sin los cuales la misma no será una quiebra. Para que se cumpla con la hipótesis es obligatorio que todos se presenten y no sólo uno o algunos de ellos; así también es necesario que se agoten, y presenten no únicamente como tentativa o posibilidad.
Hay presupuestos del estado jurídico de quiebra y así también existen algunos requisitos competenciales de procedimiento judicial.
Los presupuestos del estado jurídico de quiebra son los siguientes:
Debe ser un comerciante el sujeto activo de la quiebra.
Dentro del concepto de comerciante se debe entender que abarca a personas físicas o morales.
Se
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