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REFORMA DEL ARTÍCULO 27 EN MATERIA ENEGÉTICA


Enviado por   •  30 de Julio de 2013  •  Tesis  •  1.709 Palabras (7 Páginas)  •  424 Visitas

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INTRODUCCIÓN

A pesar de su pésima administración y malos manejos, de las prácticas de corrupción, de su pesado régimen fiscal o de su falta de inversión, Pemex es una de las empresas con más alto índice de rentabilidad, de ahí la incongruencia de su enorme endeudamiento. Las ventas totales de Pemex, a pesar de la declinación en la producción, se han mantenido en plan ascendente: 773,587 millones de pesos en 2004; 928,643 millones de pesos en 2005; 1.062495 billones de pesos en 2006. En 2007, las ventas totales de Pemex registraron 1.134982 billones de pesos.

Pemex tiene unos enormes ingresos producto de sus ventas totales, de tal forma que cualquier empresa del mundo envidiaría esos números y desearía estar en esa clase de bancarrota. Los ingresos de Pemex en 2007 son comparables con los de Exxon-Shell y fueron mayores que los ingresos de las treinta empresas más grandes de México juntas, incluyendo a grandes compañías como Wal-Mart, Cemex, Bimbo, Televisa, Telmex, FEMSA, Vitro.

El gobierno obtiene el 40% de sus ingresos de los impuestos que le aplica a Pemex; pero además el país obtiene cerca de 150 mil empleos bien pagados que se traducen en el bienestar de muchos cientos de miles de personas; y el control del energético representa, para el sector público, un instrumento de desarrollo que se utiliza en muchos casos y regiones. Como recurso estratégico, es decir que juega un papel clave en la marcha económica, los mexicanos lo declararon inalienable.

El papel del petróleo en nuestra economía es bien conocido, pues ¿qué haría el gobierno sin ese 40% de sus ingresos? Ni siquiera gente tan reaccionaria como Augusto Pinochet dudó en conservar una empresa pública de esa naturaleza. Privatizó muchas actividades pero la industria del cobre no, porque con él se mantenía el gasto público. Por ello, aquellos que pretenden impulsar la privatización son tan pueriles, pues plantean diversas formas de privatización del petróleo, pero ni siquiera tienen la imaginación de decir para qué, en beneficio de quién, sustituyendo su papel con qué actividad, con qué inversión.

En cuanto al petróleo, México esta perdiendo terreno frente a la competencia internacional fundamentalmente por causas tecnológicas y operativas. Las reservas del petróleo están disminuyendo y hay reservas privadas para poco más de 9 años de producción. La producción ha caído, se extraen 300 mil barriles diarios menos que hace 3 años. 4 de cada 10 litros de gasolinas que consumimos vienen de otros países, porque PEMEX no cuenta con la capacidad necesaria para refinar el petróleo.

REFORMA DEL ARTÍCULO 27 EN MATERIA ENEGÉTICA

ANTECEDENTES.

EL PORFIRIATO.

El principio del dominio inminente , que implica la propiedad originaria de la nación sobre los recursos del subsuelo, que representa la soberanía de la nación y que justificó la propiedad de los monarcas españoles, a partir de la conquista de América en 1942, se funda en las bulas del papa Alejandro VI de 1943, y posteriormente en el Tratado de Tordesillas entre Portugal y España. Esos documentos confieren la propiedad de las riquezas descubiertas al monarca* y son sus antecedentes jurídicos de los derechos de la nación sobre el petróleo, los hidrocarburos y la petroquímica.

Con la independencia de México, el Estado español transmitió a la nación mexicana todos los derechos soberanos del Rey de España, incluyendo el dominio eminente sobre las riquezas del subsuelo, tal como se asentó en al párrafo 12 del Tratado de córdoba, firmado por Agustín de Iturbide y Juan O’Donojú el 24 de agosto de 1821, en el Tratado de paz entre México y España. El dominio eminente de la nación mexicana sobre los recursos del subsuelo prevaleció hasta el Código de Minas, que entró en vigencia el 22 de noviembre de 1884 donde el artículo 10 de ese código señalaba:

“Son de la exclusiva propiedad del dueño del suelo, quein por lo mismo sin necesidad de denuncio o de adjudicación especial, podrá explotar y aprovechar:…IV. Las sales que existan en la superficie, las aguas puras y saladas, superficies o subterráneas, el petróleo y los manantiales gaseosos o de aguas termales y medicinales…”

Porfirio Díaz derogó, el 4 de julio de 1982, el Cógigo de Minas de 1884 por una nueva legislación minera, el ratículo 4° de este ordenamiento dispuso:

“El dueño del subsuelo explotará libremente, sin necesidad de concesión especial en ningún caso, las substancias minerales siguientes:: los combustibles minerales, los aceites y aguas minerales… la producción minera legalmente adquirida, y la que ne lo sucesivo se adquiera con arreglo a esta ley será irrevocable y perpetua.

Es decir, el gobierno de Díaz renunció a favor de particulares de los derechos inalienables e imprescriptibles de la nación mexicana. El 24 de diciembre de 1901, el gobierno de Porfirio Díaz expide la primera Ley del Petróleo que faculta al Ejecutivo a otorgar la concesión, a las compañías que se establezcan en México, los baldíos y terrenos que como los lechos de los ríos tiene reservados la nación. La ley concede derechos a los perforadores, al grado que permite la expropiación a favor de ellos de terrenos con posibilidades petrolíferas. Además se exime del pago de impuestos de importación al equipo que introduzcan

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